La ley No. 72 de 27 de septiembre de 2011, que implementó el uso de los equipos fiscales, también estableció que el gobierno otorgaría a las empresas, un crédito fiscal equivalente al 50% del valor de los equipos.
Sin embargo, ante las protestas de micro y pequeños empresarios, el gobierno decidió reconocer un crédito fiscal, por el monto equivalente al 100% del valor total de cada nuevo equipo fiscal comprado e instalado, hasta un máximo de B/. 850.00, a las personas naturales y jurídicas cuyas ventas anuales no excedan de 36 mil balboas, de acuerdo con su declaración de impuesto sobre la renta.
Estos créditos fiscales podrán ser utilizados para el pago de tributos administrados por la Dirección General Ingresos, con excepción del ITBMS. El derecho al crédito fiscal, al igual que el propio crédito fiscal, podrá ser cedido a otros contribuyentes.