El proyecto de Ley No. 510, que modifica el artículo 46 del Código de Trabajo sobre los días de descanso obligatorio fue probado en primer debate por la Comisión de Trabajo de la Asamblea Nacional.
El 1 de mayo es la única fecha que ha sido excluida del proyecto en en atención a grupos sindicales del país.
La discución en segundo debate hará referencia solamente a los días 9 de enero, 5 y 28 de noviembre.
De aprobarse el proyecto ley, cuando éstas fechas coincidan con días martes o miércoles, se disfrutará del descanso el día lunes anterior a ellas y cuando coincidan con un día jueves o viernes, el descanso obligatorio se disfrutará el día lunes siguiente.