El Tribunal Electoral (TE) de Panamá tiene pendiente emitir sentencia condenatoria o absolutoria contra tres ciudadanos que fungieron como Jurados de Mesa, en la escuela República Arabe de Egipto, durante las elecciones del 2 de mayo de 1999.
La audiencia penal electoral contra Luz María Fernández de Camargo, Yamiley del Carmen Walachoski Walker y Orlando Enrique Bolaños Chores, por la supuesta comisión del delito de "dolo negligencia grave en el cumplimiento del deber", fue efectuada bajo la ponencia del magistrado Erasmo Pinilla, en las instalaciones de la Comisión Nacional de Reformas Electorales, señala un informe oficial.
El documento indica que los acusados se declararon inocentes y al ser indagados dijeron que habían hecho entrega de las actas originales en el Colegio Francisco Beckmann, del corregimiento de Alcalde Díaz, lugar donde fueron atendidos por miembros de la Junta de Escrutinio.
El Código Electoral tipifica esta conducta en el artículo 335, numeral 2, que establece que "se sancionará con pena de prisión de ocho meses a cuatro años y suspensión de los derechos ciudadanos e inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por dos a cinco años", a los funcionarios electorales que incurran en este delito, puntualiza el informe.
Agrega que los abogados defensores indicaron que las pruebas recabadas por la Fiscalía no arrojan suficientes elementos que determinen la culpabilidad de los encausados, por lo que solicitaron al magistrado sustanciador tomar en cuenta las pruebas aportadas para la absolución de los procesados.
El magistrado Pinilla, al concluir la audiencia, "enfatizó que hará sus recomendaciones al pleno y que al momento de decidir se tomarán en consideración las pruebas presentadas por el abogado de la defensa", concluye diciendo el documento.
Recientemente cuatro ciudadanos panameños fueron condenados a seis meses de prisión por el delito de "falso testimonio" en una indagatoria sobre doble residencia.
Se trata de Magin Bonilla Bonilla, José Alcides Pérez, Claribel Hernández e Isabel Segundo Valencia Pérez, por el delito de falso testimonio, a quienes los magistrados del TE resolvieron sancionar con la pena de prisión de seis meses, "por haber infringido el artículo 337, numeral 2 del Código Electoral", pero tienen derecho a interponer recurso de reconsideración.