Un recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 43 de la Ley 24 del 30 de junio de 1999, que exonera del cobro de impuestos municipales a las empresas de telecomunicaciones y eléctricas establecidas en el país, interpuso ayer el tesorero municipal, Ventura Vega, ante la secretaria general de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
"Actualmente hay alrededor de 100 mil balboas que está dejando de percibir el Municipio de Panamá, con relación a la empresa de telecomunicaciones, faltando por gravar a las empresas eléctricas", manifestó Vega.
Explicó que el régimen impositivo del Municipio de Panamá ya tiene las rentas establecidas dentro de su gestión, por lo que no significa que se vayan a hacer rentas nuevas para gravar esas empresas.
"La Ley 106 es clara en cuanto a las tasas que se han de gravar y las rentas que están en el régimen positivo se regulan por esta legislación", sostuvo Vega.
Agregó que se ha querido hacer ver que los municipios van a vivir ahora de las empresas de telecomunicaciones y eléctricas.
"No es así, el régimen positivo está, y lo que queremos es que estas empresas que usufructan el bienestar de ciertos recursos del municipio, le regresen lo que les pertenece, que son los impuestos de casetas que hay en las veredas municipales, ventas al por menor y de letreros, que están en las rentas", señaló Vega.
Añadió que el recurso interpuesto está apegado a la Constitución Nacional, que en sus artículos 242 y 243, habla que los impuestos municipales deben recibirlo los municipios, en tanto que el 245, se refiere a que el Estado no puede hacer excepciones de tasas, derechos e impuestos municipales.
"Queremos agradecer el respaldo que recibimos el pasado sábado de todos los tesoreros del país, para que presentáramos este recurso y también nos acompañan presidentes provinciales de siete provincias del país", puntualizó Vega.
Subrayó que ellos, como regentes de provincia ven afectadas las arcas de las tesorerías municipales cuyos recursos son para el bienestar de las comunidades del país.