Además de ser inconstitucional, sería un “desacierto” nacionalizar deportistas para que Panamá pueda llegar a la etapa final del Mundial de Fútbol de 2014, advirtió el abogado Julio Berríos.
Indicó que la Constitución Nacional establece claramente, en el Artículo 10, los casos en los que se puede solicitar la nacionalidad panameña por naturalización y los requisitos para este proceso.
La Carta Magna estipula que se requiere que la persona tenga por lo menos cinco años consecutivos de residencia en la República o, en otro caso, el mínimo de tres años e hijos nacidos en territorio nacional.
Como abogado especialista en temas internacionales, Berríos expresó que el anuncio que hizo el presidente de la República, Ricardo Martinelli, lo único que persigue es “ganar gracia” con la población que todavía está emocionada con la recién concluida Copa Mundial de Fútbol.
Agregó que hay que tener cuidado si se quiere nacionalizar personas que no tengan ningún lazo con Panamá o que los una con la nación panameña.
“ Antes de hacer este tipo de planteamientos, el Presidente de la República o sus asesores debieron revisar y estudiar los requisitos que se exigen para la naturalización de ciudadanos extranjeros”, manifestó.