E l constitucionalista Humberto Ricord insistió en que el artículo 9 del Tratado de Libre Comercio (TLC) y el 319 del paquete de reformas a la Constitución, apuntan a la privatización del Canal de Panamá.
Incluso sostiene que le da mucha independencia a la Autoridad del Canal de Panamá (ACP), para decidir el futuro de la vía interoceánica sin las consultas con los demás sectores.
Explicó que es el inciso tercero del artículo 319 que establece facultades para la ACP que violan normas de la Constitución Nacional que rige actualmente, pero que es reformada y de lograrlo será legal.
Mientras que en el TLC se plantea una apertura comercial para la obra de ampliación del Canal, proyecto que debe ser licitado, pero que permite a la empresa que ejecute la obra a participar de la vía.
La norma que rige constitucionalmente señala que por medio del Ejecutivo y llamando a referéndum se puede aprobar todo lo concerniente a temas del Canal, pero las reformas lo modifican y faculta exclusivamente a la ACP para decidir sobre la presentación de un proyecto que decida entre las alternativas de construir un nuevo Canal a nivel o el tercer juego de esclusas.
"Quieren que el grupito que maneja la Autoridad del Canal sea el que decida absolutamente todo lo relativo al Canal, porque he visto que a la aprobación que se dio se elimina lo del nuevo Canal, pero deja lo del tercer juego de esclusas", sostuvo Ricord.
Dijo que la reforma deja en la expectativa que hará la ACP con esa facultad, pues en su aprobación obtiene el derecho privativo de la presentación de un proyecto de construcción del Canal, desconociendo que será el resultado final de la realización de la obra.
"Eso es nefasto para el país, porque la entidad que es el Canal no tienen rendición de cuentas, lo que pareciera que está alejada de la administración del Estado, además de adelantar la ampliación de las entradas del Canal y la profundidad de los lagos que es inconstitucional porque no ha existido un referéndum", concluyó.