Nación

Tribunal confirma condena a periodistas por caso de injuria

La publicación, en 2001, era sobre la construcción de una ruta que supuestamente beneficiaba a Spadafora. El tribunal consideró que la sentencia dictada en primera instancia fue “prudente y adecuada”.


Oliver Toribio (oliver.toribio@epasa.com) / PANAMA AMERICA

Proceso por calumnia e injuria

12
  • fueron los meses de condena para los dos periodistas por el delito de injuria.
20
  • mil dólares fue la sentencia que confirmó el Primer Tribunal Superior de Justicia.
5
  • mil dólares también deberán pagar las partes demandadas, por el costo del proceso.

El Primer Tribunal de Justicia confirmó la sentencia que dictó el Juzgado Duodécimo Civil de condenar a Editora Panamá América S.A. (Epasa) y a los periodistas Marcel Adolfo Chéry Ramos y Gustavo Adolfo Aparicio Oliva al pago de 20 mil dólares a favor del exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia Winston Spadafora, en un proceso de injuria.

La decisión del tribunal, del pasado 5 de septiembre, se sustentó en que el monto de la indemnización que fijó el juzgado civil en primera instancia “era acertado, debido al daño, la injuria al honor, reputación e imagen del demandante”.

La denuncia que presentó Spadafora surgió luego de que en 2001, a través de Panamá América, los dos periodistas revelaran que se utilizó maquinaria pagada por el Estado, a través del desaparecido Fondo de Inversión Social (FIS), para mejorar una carretera que iba a una finca de Spadafora, ubicada en La Arenosa.

El fallo que firmaron los magistrados Carlos Raúl Trujillo Jaén, Eva Cal y Miguel Espino detalla que el monto de la condena es “prudente y adecuado para indemnizar al agraviado, considerando la situación económica de los autores del delito y las circunstancias de la víctima, quien para la época del agravio -como se ha alegado- ejercía el cargo de ministro de Gobierno y Justicia; y a pesar de la publicación fue designado posteriormente a otro cargo de tal importancia o más en el Estado, como es magistrado de la Corte Suprema de Justicia”.

Atentado.
Ante esta decisión, Octavio Amat, abogado del Grupo Epasa, aseguró que el fallo constituye una agresión contra el libre ejercicio de la libertad de prensa.

“Es castigada la divulgación de la verdad por parte de un medio que tiene, por definición, la obligación de poner la información en conocimiento del público”, enfatizó.

Por su parte, el director general asociado del Grupo Epasa, Santiago Fascetto, expresó que el fallo constituye otro antecedente preocupante contra la libertad de prensa en Panamá y que lo que se busca es inhibir a otros periodistas a investigar, como lo hicieron en ese momento los periodistas de Panamá América, Marcel Chéry y Gustavo Aparicio.

“Esto desalienta a los medios, cuya principal función es revelar e informar sobre asuntos de interés público, además de enviar una pésima señal al país”, sentenció.

Para el periodista Gustavo Aparicio, la ratificación de este fallo es totalmente incongruente y sin sentido. “Estas son las contradicciones de nuestro sistema de justicia; por un lado me absuelven en una denuncia penal y ahora se ratifica la demanda civil en nuestra contra”, detalló.

El fallo emitido por el Primer Tribunal Superior aún no se le notificó formalmente a los apoderados del Grupo Epasa. Una vez que esa notificación se haga, el Grupo Epasa tiene la alternativa de apelar el fallo y llevarlo hasta la Corte Suprema de Justicia.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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