El ministro de Gobierno y Justicia, Winston Spadafora, presentará hoy ante el pleno de la Asamblea Legislativa el proyecto de ley por la cual se deroga la recién creada Sala Quinta de Garantías Constitucionales.
Este proyecto se constituyó en el primero aprobado por el Gabinete que tomó posesión el pasado 1 de septiembre.
Sin embargo, el legislador y presidente de la Comisión de Gobierno y Justicia de la Asamblea Legislativa, Rubén Arosemena, informó que este proyecto de ley será discutido y presentado ante el pleno con "la calma que lo amerite", para evitar apresuramientos y errores antipopulares.
Mientras tanto, el expresidente del Partido Demócrata Cristiano (PDC), Ricardo Arias Calderón, afirmó que según la Constitución Nacional, los magistrados designados de la Sala Quinta podrán ser destituidos por la propia Asamblea Legislativa, órgano encargado de ratificar su designación.
El también exvicepresidente de la República explicó que en el artículo 208 de la Constitución se establece que los magistrados de la Corte Suprema de Justicia no pueden ser depuestos, suspendidos o trasladados, siempre y cuando se mantengan en el ejercicio de sus funciones, salvo en los casos en los que la propia ley estime lo contrario.
Consideró que es "absurdo" que si el Organo Legislativo aprueba la derogación de esta instancia, los magistrados que la componen "queden al garete" sin funciones y ostentando un salario de B/. 10,000.00 mensuales.
Arias Calderón, quien preside la Internacional Demócrata Cristiana, reiteró que no cabe duda de que al ser la propia Cámara Legislativa la que aprueba la designación de los máximos miembros de la Corte Suprema y de sus distintas salas, pueda ser este órgano el que revoque y derogue su ejecución y la de sus miembros.
Precisó que, según la lógica de la Constitución, el poder de los órganos estatales nace en primera instancia del pueblo, por lo que la Asamblea Legislativa será el más representativo de los tres, pues emana directamente de la sociedad civil.
Especificó que el segundo poder popular lo ejerce el Organo Ejecutivo y en última instancia y menos directa el Judicial, el cual no es representativo de la voluntad soberana de la sociedad y que en esa secuencia se mantienen los títulos de la propia Constitución.
Detalló Arias Calderón, que en los primeros artículos del Título VIII de la Carta Magna se contienen las normas que rigen la administración de la justicia y en la que se determina el número de los magistrados que compondrán las salas, por lo que al no existir una no es preciso pagar los B/.10,000.00 por funcionario que no mantenga su cartera en el ejercicio de sus funciones.