El principio constitucional sobre la responsabilidad social que deben tener todas
las empresas privadas con los partidos políticos podría haber sido violentado, luego de que TVN y Telemetro no emitieran una propaganda de CD.
El Código Electoral, en su cláusula 197, señala que todos los candidatos tienen el derecho a contratar anuncios políticos pagados bajo los principios de no discriminación, e igualdad de oportunidades y condiciones.
La información solicitada sobre los anuncios políticos pagados, deben publicarse en un término no mayor de tres días y durante el periodo de elecciones.