Acerca de la ley de salud sexual y reproductiva
Como ciudadana interesada en el devenir de mi país, madre de familia, mujer y profesional, quiero expresar mi opinión con respecto al anteproyecto de la Ley 442, del cual he estado escuchando por un largo período. Me preocupan algunas consideraciones que se han vertido entre el puja y repuja entre diversos grupos e instancias. Unos a favor y otros en contra. No obstante, el anteproyecto, como su palabra lo dice, no termina de satisfacer las necesidades propias de un país desacostumbrado al diálogo y la discusión serena de los temas de interés. ¿Es que en Panamá no pueden escuchar todos los puntos de vistas, hacer del análisis de los temas un constructivo ejercicio de valores cívicos? ¿Que ya con ser cívicos y éticos comienzan a ser morales?
Luego de leer los extractos del anteproyecto que he podido encontrar, considero que, en todo su buen espíritu, no debe dejarse a la interpretación ligera que pueda tergiversase, y por ende, desvirtuar su contenido, ya que es de gran trascendencia para la población y el país en general. Panamá, no puede quedarse al margen de los tiempos, de los avances y el desarrollo evolutivo del pensamiento y acción, de hecho que sea necesaria una legislación cónsona con los organismos internacionales que estudian los fenómenos sociales, sus causas y efectos, los avances en materia científica que son imprescindibles para mitigar, tratar y, sobre todo, prevenir condiciones perfectamente tratables y controlables desde el punto de vista médico, y de salud pública en equidad.
Considero que toda ley que ha de ser aprobada debe mantener las premisas de bienestar y beneficio común, debe precisar su instrumentación jurídica para evitar la ambigüedad en su interpretación y resaltar su carácter social y ético. Sabemos que al referirse al derecho de todos, esto se circunscribe al derecho de todo ciudadano, mayor de edad, en uso y razón de sus facultades; no es posible olvidar que este derecho incluye a quienes por razón de ser menores de edad son sujetos de la responsabilidad de sus padres, que la enseñanza de alguna asignatura en materia de sexualidad está condicionada a un contenido normado, evaluado y supervisado por las instancias pertinentes, sean Ministerio de Educación, de Desarrollo Social, y de Salud; que sus objetivos como cualquier otra asignatura sean lograr el conocimiento, comprensión, aplicación, análisis, síntesis y evaluación de su contenido.
Entender que ninguna ley puede reemplazar el papel fundamental que cumple la familia en la orientación y formación de sus integrantes, igualmente, que toda ley debe estar inspirada en valores universales, de derecho fundamentales para atender las necesidades humanas de forma integral en su cuerpo, mente y espíritu.