Actualización de la Carrera Administrativa
Hace dos días se presentó un anteproyecto para modificar la Ley de Carrera Administrativa. Los redactores del proyecto proponen eliminar los artículos 174 al 179 de la ley vigente que le dan sustento legal a la existencia de las asociaciones de servidores públicos y a la propia FENASEP, proceden luego a cometer el error conceptual de remitir estos temas al Código de Trabajo. Bastará que un tribunal falle que el servicio público no puede ser regido por el Derecho Laboral para que se queden sin hacha, calabaza ni miel. Los autores confunden el servicio público con una relación laboral.
El servicio público no es una relación entre capital y trabajo, es una relación de servicio donde no existe la finalidad de lucro, ni la plusvalía, ni muchas otras características propias de la relación entre las fuerzas productivas. Por lo tanto, aunque tengan áreas de similitud, las normas que regulan las condiciones de la prestación de dicho servicio no pueden ser del ámbito del Derecho Laboral y por su particularidad las ha regulado siempre el Derecho Administrativo. Mientras en el sector privado las decisiones de contratación y despido se toman en base a criterios racionales de idoneidad, eficiencia y rentabilidad, en el sector público, por razones conocidas y sufridas por muchos años, se requiere de un sistema que garantice la no intromisión de la política partidista en las decisiones de reclutamiento, selección, promoción y destitución del personal permanente al servicio del Estado.
Otro tema de gran preocupación es que, se elimina el proceso y el Tribunal de Arbitraje establecidos en los artículos 182 al 194 de la Ley vigente, esto es un retroceso incomprensible y una invitación a la huelga en el sector público.
El Anteproyecto no toca sin embargo temas como la actualización del Cronograma de Incorporación, ya que el que está en la ley se refiere a fechas de los años 94 y 95, que nunca se cumplieron; tampoco se refiere la actualización de la fecha de inicio del servicio para incorporarse por el Procedimiento Especial de Ingreso, ya que diez años de retraso implica que hay funcionarios hoy, que tienen tanta o más antigüedad que aquellos que en el año 94 se hubieran beneficiado del sistema especial, y por último, no aborda la asimilación de la Junta de Apelaciones y Conciliación al Organo Judicial o, la conversión de la Junta en un organismo de funcionamiento permanente con personal rentado, con título en Derecho y a tiempo completo, ya que la cantidad de casos que realmente debe tramitar excede la capacidad de los miembros ad hoc que prevé el sistema actualmente.
Se requiere de una nueva propuesta que mantenga al sistema de Recursos Humanos del Estado dentro del Derecho Administrativo y que proponga las reformas que lo hagan funcionar mejor. Lo más importante es que se conserven los controles para mantener a los recursos humanos de carrera, fuera de los caprichos y vaivenes de la política partidista.
La entrada del Paso Norte en la escena podría absorber una parte importante del tránsito por el Canal panameño.
Esa posibilidad arroja dudas sobre la viabilidad financiera de la construcción de un tercer juego de esclusas, proyecto que involucra la inversión de miles de millones de dólares. Se trata de un tema que los "expertos" de la Autoridad del Canal no pueden seguir soslayando y que el pueblo panameño, que habrá de decidir el asunto en un referendo, tiene derecho también a conocer en detalle.
rm3000@cwpanama.net
El servicio público no es una relación entre capital y trabajo, es una relación de servicio donde no existe la finalidad de lucro, ni la plusvalía, ni muchas otras características propias de la relación entre las fuerzas productivas. Por lo tanto, aunque tengan áreas de similitud, las normas que regulan las condiciones de la prestación de dicho servicio no pueden ser del ámbito del Derecho Laboral y por su particularidad las ha regulado siempre el Derecho Administrativo. Mientras en el sector privado las decisiones de contratación y despido se toman en base a criterios racionales de idoneidad, eficiencia y rentabilidad, en el sector público, por razones conocidas y sufridas por muchos años, se requiere de un sistema que garantice la no intromisión de la política partidista en las decisiones de reclutamiento, selección, promoción y destitución del personal permanente al servicio del Estado.
Otro tema de gran preocupación es que, se elimina el proceso y el Tribunal de Arbitraje establecidos en los artículos 182 al 194 de la Ley vigente, esto es un retroceso incomprensible y una invitación a la huelga en el sector público.
El Anteproyecto no toca sin embargo temas como la actualización del Cronograma de Incorporación, ya que el que está en la ley se refiere a fechas de los años 94 y 95, que nunca se cumplieron; tampoco se refiere la actualización de la fecha de inicio del servicio para incorporarse por el Procedimiento Especial de Ingreso, ya que diez años de retraso implica que hay funcionarios hoy, que tienen tanta o más antigüedad que aquellos que en el año 94 se hubieran beneficiado del sistema especial, y por último, no aborda la asimilación de la Junta de Apelaciones y Conciliación al Organo Judicial o, la conversión de la Junta en un organismo de funcionamiento permanente con personal rentado, con título en Derecho y a tiempo completo, ya que la cantidad de casos que realmente debe tramitar excede la capacidad de los miembros ad hoc que prevé el sistema actualmente.
Se requiere de una nueva propuesta que mantenga al sistema de Recursos Humanos del Estado dentro del Derecho Administrativo y que proponga las reformas que lo hagan funcionar mejor. Lo más importante es que se conserven los controles para mantener a los recursos humanos de carrera, fuera de los caprichos y vaivenes de la política partidista.
La entrada del Paso Norte en la escena podría absorber una parte importante del tránsito por el Canal panameño.
Esa posibilidad arroja dudas sobre la viabilidad financiera de la construcción de un tercer juego de esclusas, proyecto que involucra la inversión de miles de millones de dólares. Se trata de un tema que los "expertos" de la Autoridad del Canal no pueden seguir soslayando y que el pueblo panameño, que habrá de decidir el asunto en un referendo, tiene derecho también a conocer en detalle.
rm3000@cwpanama.net