Actúe antes de que sea tarde, Sra. Presidenta
Estaba haciendo compra de comestibles en un super de la localidad cuando una de las personas que se encontraba frente a la nevera de las carnes expresó: -"Los salarios ya ni para dan." Seguidamente agregó, -"y eso que dicen que en Panamá no existe inflación, por razón del dólar. Una de dos: o no concurren a los supermercados o simplemente se trata de un engaño más".
Con la eliminación de la Oficina de Regulación de Precios, cuya derogatoria parece ser inconstitucional, los inescrupulosos comerciantes, fundamentados en una inexistente ley de "libre oferta y demanda", han incrementado los precios de todos los productos, castigando de esa forma las condiciones de vida de muchos panameños.
Ahora que se debate la propuesta de los obreros de un aumento de sueldo a quinientos dólares al mes, que resulta un despropósito, no porque no se lo merezcan sino por las repercusiones que ocasionará en toda la economía, es el momento de que el Gobierno Nacional contemple la posibilidad de crear nuevamente la Oficina de Regulación de Precios que pudiera ayudar a reducir el costo de la canasta básica familiar.
Esta situación crea un profundo y permanente resentimiento del pueblo contra el gobierno, habida cuenta de que los consumidores se encuentran en un total estado de indefensión.
Hace algún tiempo, cuando se contempló la posibilidad de eliminar la Oficina de Regulación de Precios, escribí un artículo -el 15 de abril de 1993-, que intitulamos "No dejen libres a las fieras" y en él expresamos lo siguiente: "En días pasados leímos declaraciones atribuidas al Presidente de la Cámara de Comercio que acusa de inoperante a la Oficina de Regulación de Precios y recomendó su eliminación para que funcione la política de libre comercio" "Quizás estemos de acuerdo en el hecho de que la labor desempeñada por la O.R.P., a través de los años, no ha llenado las expectativas. Sin querer justificar su pobre desempeño, también es cierto que ella no ha recibido el respaldo necesario del gobierno central. Pero porque la cerradura de la jaula no funcione en forma efectiva, no vamos a liberar a las fieras."
"La experiencia ha denotado que a pesar de la existencia de la O.R.P. se dan constantes violaciones a los precios establecidos, pero ¿qué será de nosotros si desaparece? Estamos de acuerdo que el precio de venta de los artículos debe estar determinado por el costo de producción más una utilidad razonable, pero ello no es precisamente lo que acontece. Recientemente hemos visto que a pesar que el gobierno ha bajado los aranceles a un gran número de productos, esto no se ha visto reflejado en una disminución del costo para el consumidor. El lucro excesivo es lo que predomina en la fijación del precio de los productos por cuenta de los intermediarios. Es evidente que los comerciantes no se han sabido manejar ni observado las reglas de juego del libre mercado que bajo ningún punto de vista significa la obtención de un desmesurado lucro."
Pero como en Panamá se hacen las cosas para complacer intereses mezquinos en perjuicio de los intereses mayoritarios y sin sujeción a las leyes ni a los preceptos constitucionales, se abolió la Oficina de Regulación de Precios, porque era el querer de los neoliberales del patio, para la obtención de pingues ganancias. La Constitución Nacional le indica expresamente al Gobierno Nacional su ineludible obligación de regular, mediante organismos especiales, las tarifas, los servicios y los precios de los artículos de cualquier naturaleza, en especial los de primera necesidad".
Dice así el artículo 279 de la Constitución Nacional: "El Estado intervendrá en toda clase de empresas, dentro de la reglamentación que establezca la Ley, para hacer efectiva la justicia social a que se refiere la presente Constitución y en especial, para los siguientes fines: 1° Regular por medio de organismos especiales las tarifas, los servicios y los precios de los artículos de cualquier naturaleza y especialmente los de primera necesidad. 2° Exigir la debida eficacia en los servicios y la adecuada calidad de los artículos mencionados en el aparte anterior y 3° Coordinar los servicios y la producción de artículos. La ley definirá los artículos de primera necesidad".
Más claro no puede ser este artículo constitucional. La Constitución Nacional por ninguna parte dice que estos productos estarán sujetos a la libre oferta y demanda, como se ha establecido en la actualidad. Mientras este artículo de nuestra Constitución no sea derogado, es de obligatorio cumplimiento para el actual gobierno.
Si el Gobierno Nacional desea realmente mejorar su imagen y aumentar su conformidad entre el pueblo, aquí tiene una magnífica oportunidad. Más que subir los salarios lo que debe regularse es la desenfrenada alza del costo de la vida. Hay que ponerle freno a los inescrupulosos comerciantes que lucran con los productos de primera necesidad a expensas del pueblo. ¡Actúe, Sra. Presidenta, antes de que sea demasiado tarde!
Con la eliminación de la Oficina de Regulación de Precios, cuya derogatoria parece ser inconstitucional, los inescrupulosos comerciantes, fundamentados en una inexistente ley de "libre oferta y demanda", han incrementado los precios de todos los productos, castigando de esa forma las condiciones de vida de muchos panameños.
Ahora que se debate la propuesta de los obreros de un aumento de sueldo a quinientos dólares al mes, que resulta un despropósito, no porque no se lo merezcan sino por las repercusiones que ocasionará en toda la economía, es el momento de que el Gobierno Nacional contemple la posibilidad de crear nuevamente la Oficina de Regulación de Precios que pudiera ayudar a reducir el costo de la canasta básica familiar.
Esta situación crea un profundo y permanente resentimiento del pueblo contra el gobierno, habida cuenta de que los consumidores se encuentran en un total estado de indefensión.
Hace algún tiempo, cuando se contempló la posibilidad de eliminar la Oficina de Regulación de Precios, escribí un artículo -el 15 de abril de 1993-, que intitulamos "No dejen libres a las fieras" y en él expresamos lo siguiente: "En días pasados leímos declaraciones atribuidas al Presidente de la Cámara de Comercio que acusa de inoperante a la Oficina de Regulación de Precios y recomendó su eliminación para que funcione la política de libre comercio" "Quizás estemos de acuerdo en el hecho de que la labor desempeñada por la O.R.P., a través de los años, no ha llenado las expectativas. Sin querer justificar su pobre desempeño, también es cierto que ella no ha recibido el respaldo necesario del gobierno central. Pero porque la cerradura de la jaula no funcione en forma efectiva, no vamos a liberar a las fieras."
"La experiencia ha denotado que a pesar de la existencia de la O.R.P. se dan constantes violaciones a los precios establecidos, pero ¿qué será de nosotros si desaparece? Estamos de acuerdo que el precio de venta de los artículos debe estar determinado por el costo de producción más una utilidad razonable, pero ello no es precisamente lo que acontece. Recientemente hemos visto que a pesar que el gobierno ha bajado los aranceles a un gran número de productos, esto no se ha visto reflejado en una disminución del costo para el consumidor. El lucro excesivo es lo que predomina en la fijación del precio de los productos por cuenta de los intermediarios. Es evidente que los comerciantes no se han sabido manejar ni observado las reglas de juego del libre mercado que bajo ningún punto de vista significa la obtención de un desmesurado lucro."
Pero como en Panamá se hacen las cosas para complacer intereses mezquinos en perjuicio de los intereses mayoritarios y sin sujeción a las leyes ni a los preceptos constitucionales, se abolió la Oficina de Regulación de Precios, porque era el querer de los neoliberales del patio, para la obtención de pingues ganancias. La Constitución Nacional le indica expresamente al Gobierno Nacional su ineludible obligación de regular, mediante organismos especiales, las tarifas, los servicios y los precios de los artículos de cualquier naturaleza, en especial los de primera necesidad".
Dice así el artículo 279 de la Constitución Nacional: "El Estado intervendrá en toda clase de empresas, dentro de la reglamentación que establezca la Ley, para hacer efectiva la justicia social a que se refiere la presente Constitución y en especial, para los siguientes fines: 1° Regular por medio de organismos especiales las tarifas, los servicios y los precios de los artículos de cualquier naturaleza y especialmente los de primera necesidad. 2° Exigir la debida eficacia en los servicios y la adecuada calidad de los artículos mencionados en el aparte anterior y 3° Coordinar los servicios y la producción de artículos. La ley definirá los artículos de primera necesidad".
Más claro no puede ser este artículo constitucional. La Constitución Nacional por ninguna parte dice que estos productos estarán sujetos a la libre oferta y demanda, como se ha establecido en la actualidad. Mientras este artículo de nuestra Constitución no sea derogado, es de obligatorio cumplimiento para el actual gobierno.
Si el Gobierno Nacional desea realmente mejorar su imagen y aumentar su conformidad entre el pueblo, aquí tiene una magnífica oportunidad. Más que subir los salarios lo que debe regularse es la desenfrenada alza del costo de la vida. Hay que ponerle freno a los inescrupulosos comerciantes que lucran con los productos de primera necesidad a expensas del pueblo. ¡Actúe, Sra. Presidenta, antes de que sea demasiado tarde!