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AOP reserva moral


La Asociación Odontológica Panameña (AOP), gremio que acoge a la mayoría de los odontólogos del país, en semanas pasadas, a través de su Tribunal de Honor (TH), se ha convertido en la reserva moral de la agrupación llamada Comisión Médica Negociadora Nacional (COMENENAL), la que operativamente en las últimas dos décadas se ha desempeñado como una federación de gremios médicos de hecho, mas no de derecho, porque no existe legalmente al no tener personería jurídica, ni funcionar orgánicamente.
Digo que se ha convertido la AOP en reserva moral por su Tribunal de Honor, ante recurso de arbitraje interpuesto por mí, para que se dilucidara si lo actuado por mí es lo correcto o lo reclamado por los directivos de la llamada COMENENAL era lo correcto, desde la óptica de nuestro código de ética, a raíz de denuncias de esos directivos por supuestas irregularidades en el desempeño de mis funciones de Director de la Región de Salud de San Miguelito, Las Cumbres y Chilibre.
Para conocimiento general, los dirigentes actuales de los gremios médicos, incluidos los dirigentes de la AOP, han reclamado que los ministros de Salud me relevaran del cargo y revirtieran una serie de medidas administrativas adoptadas por mí. Como posiciones antagónicas no pueden tener vigencia éticas ambas, recurrí al TH de mi gremio para que dilucidara el conflicto. Felizmente el Tribunal falla dentro de lo reconocido como ético por nuestro código de ética, por lo cual presento citas textuales del fallo, con algunos comentarios:
El TH ubica la razón de fondo del conflicto, entre los dirigentes médicos y mi persona, en el incumplimiento de horarios por parte de un número no pequeño de profesionales. Textualmente enuncia el TH que "Ante la realidad del incumplimiento de horarios"... reconocen que "...si el Dr. Jorge Gamboa puede ser cuestionado por su exceso de celo..." se evidencia "...que esas medidas han respondido a una situación de incumplimiento de las responsabilidades contractuales de algunos funcionarios de salud..." En ese mismo orden de ideas, el TH de la AOP llama la atención categóricamente a los dirigentes de los gremios médicos al decir textualmente que "...COMENENAL sostiene como principio que el apoyo gremial no debe ser utilizado para cobijar actuaciones de incumplimiento de deberes, frente a la atención en salud. Pero este principio debe ir sustentado con actuaciones y no mantenerse en un enunciado estéril, que no resiste el más mínimo enfrentamiento con la evidencia de un porcentaje de la población inconforme, por una atención médica deficiente en el punto de vista de incumplimiento de los horarios". Lo correcto no es hablar, sino actuar, dice el Tribunal de Honor. Como en la Región de San Miguelito instauramos un sistema de verificar entradas y salidas de los profesionales que no marcan tarjeta, para poder calificarlos y hacerlos acreedores a incentivos en un programa de meritocracia, se generó fricción con algunos de estos funcionarios, acostumbrados a que no se les supervisara sus entradas y sus salidas. Ante esto, el Tribunal de Honor sentencia enérgicamente: "No vemos ningún elemento válido, desde el punto de vista ético, para oponerse a la instauración de medidas por parte de las autoridades de salud, para lograr un mejor control en el cumplimiento del horario por parte de los funcionarios contratados." Dice el Tribunal de Honor que cree en instaurar controles efectivos para demostrar que "la mayoría" sí cumple y detectar a los que no cumplen para aplicarles correctivos. Otra sentencia severa es que, "es un hecho notorio que una gran parte de la comunidad en general percibe la atención de los profesionales de la medicina y odontología en las instituciones de salud, como deficiente en cuanto a su atención puntual y eficiente. No tiene lógica ni defensa alguna cometer el irrespeto a la población que tiene que madrugar para lograr algún cupo de atención médica, el que el profesional no se presente puntualmente a prestar un servicio para el cual ha sido contratado, y por el cual se le paga". También señalan que la gestión de COMENENAL "ha sido poca o nula" para revertir esta percepción generalizada "la que constituye el Talón de Aquiles de la autoridad moral" de los gremios. El Tribunal de Honor de la AOP reconoce que "el Dr. Gamboa está obligado moral y legalmente a hacer cumplir las disposiciones existentes, y desarrollar las iniciativas" que resuelvan los problemas. Refuerza esto al enunciar que "no solo le asiste la competencia, sino que se convierte en su obligación primaria" lograr la mejor atención posible. Como conclusión el Tribunal de Honor me recomiendan buscar más consenso y sentencian que "creemos que las motivaciones del Dr. Gamboa en el ejercicio de sus funciones han sido loables desde el punto de vista ético". El calificativo de loables describe el intríngulis de mis móviles. También hacen un llamado profético para que la AOP, "a través de su Consejo Ejecutivo Nacional, lleve a la acción los enunciados de este pronunciamiento frente a la situación de incumplimientos en los horarios de atención y que gestione ante COMENENAL una postura vertical en este respecto".
Públicamente encomio la actuación del Tribunal de Honor de la AOP, específicamente a sus miembros doctores Lucinda Urrutia de Díaz, Juan R. Morales III, Octavio Medina y Eduardo Cabaleiro, que con entereza virtuosa han puesto el dedo en la llaga, porque las sentencias por ellos signadas, aunque en un inicio en algunos dirigentes no hayan caído de la mejor manera, son un acicate para corregir nuestras actuaciones de cara a nosotros mismos, como profesionales, y de cara a la comunidad, como entes sociales.
Con la fuerza moral que me da este fallo seguiré buscando la corrección de nuestros actos como profesional, agremiado, servidor público y principalmente como ciudadano, porque la Asociación Odontológica Panameña, por acción de su Tribunal de Honor es una reserva moral para este país, el que necesita, como decía Bolívar, "Moral y luces".

101 años de Panamá América

 
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