default

Aspectos de política arancelaria y competencia en la reforma económica


Las reformas económicas que se han realizado en la presente década, no sólo en nuestro país sino en el ámbito mundial, enfatizan en el mecanismo del mercado como el más eficaz asignador de los recursos económicos. En el plan general económico denominado Políticas Públicas para el Desarrollo Integral, Desarrollo Social con Eficiencia Económica, publicado en 1994 por el Ministerio de Planificación y Política Económica (MIPPE), está señalado el papel asignado al Estado respecto a la profundización de la economía de mercado, específicamente, se hace referencia en el punto concerniente a la Política Microeconómica, donde textualmente contemplaba un "conjunto de acciones concretas según el principio general de hacer la economía competitiva, con instrumentos de política claramente establecidos, entre los cuales se destacan: eliminar barreras, liberar precios, promover la competencia y regular los monopolios y oligopolios. La eliminación de la regulación de precios estará coordinada con la reducción arancelaria y el establecimiento de controles efectivos sobre los monopolios y oligopolios, lo cual requiere legislación especializada" (MIPPE, 1994).
De igual forma, en el mismo documento, se trazan los lineamientos generales de la política de Comercio Exterior: se formalizará el ingreso al GATT y se pondrán en vigencia los compromisos adquiridos que incluyan, entre otros, la reducción arancelaria, la adopción de un arancel máximo, la eliminación de barreras no arancelarias y la aplicación de otras normas de no discriminación en el comercio de bienes y servicios.
Sobre la base de la reforma, la economía panameña se ha venido modernizando a los nuevos tiempos y tendencias mundiales de la globalización de mercados, independientemente del discurso demagógico. Un sistema de protección como el que las economías latinoamericanas desarrollaron con un objetivo claro y conciso, proteger las industrias nacientes en el marco teórico neoclásico, no se desarrolló convincentemente, no hubo simetría en la industrialización y la eficiencia, el sistema se transformó en un privilegio para un grupo de empresas industriales, basados en la utilización de incentivos fiscales, subsidios, altos precios y elevada protección.
En el conjunto de políticas para el cambio estructural, las cuales estaban "encaminadas a consolidar los avances logrados en el perfeccionamiento de una economía de libre mercado en Panamá" (MIPPE 1994), se menciona que el principal elemento dentro de la política de comercio exterior será el establecimiento de un arancel ad valorem uniforme y bajo para todas las importaciones, exceptuando algunos productos como los amparados por los Decretos de Gabinete N¼ 25 de 1995 y N1 20 de 1996, los insumos agropecuarios y algunos productos agropecuarios sensitivos. En conjunto a esta política están los lineamientos que se especifican como: libre establecimiento de los precios, sin intervención estatal o colusión entre agentes privados, dentro de un ambiente de libertad de entrada o salida para los agentes económicos involucrados y con un marco legal que vele por el mantenimiento de estos principios (MIPPE, 1994).
Para estos propósitos se promulgaron dos importantes leyes relacionadas con las normas internacionales de comercio y perfeccionamiento de la competencia. La Ley 29 de 1996 cuenta con cuatro cuerpos de disposiciones dirigidas a las normas encaminadas a prevenir prácticas monopolísticas: normas de protección al consumidor; normas destinadas a prevenir la competencia desleal y normas procesales y organismos especializados. La Ley 23 del 15 de julio de 1997, por la cual se aprueba el acuerdo de Marrakech, constitutivo de la OMC, el protocolo de adhesión de Panamá a dicho acuerdo junto con anexos y lista de compromisos, nos incorpora al sistema mundial de comercio. En esta ley está contemplada toda la normativa referente al comercio, en las cuales la política arancelaria constituye uno de los principales instrumentos. Por consiguiente en la Ley 23 normativa de OMC, como en la Ley 29 de 1996, normativa de la competencia, están contempladas medidas de protección temporal a las industrias que se encuentren amenazadas por importaciones masivas, dumping y otros, como las medidas de salvaguardia, y los derechos antidumping, que son reglas para todo signatario de la OMC.
Actualmente, Panamá cuenta con los mecanismos adecuados para hacerle frente a la competencia mundial por los mercados. La política arancelaria que la mayoría de los países pactaron en la Organización Mundial de Comercio (OMC), es uno de los principales mecanismos del libre comercio, ha permitido inclusive que algunos países de Latinoamérica negocien arancel cero en algunos productos dejando a los agentes económicos la posibilidad de utilizar los mercados como instrumento para el beneficio de sus eficiencias productivas y competitivas.
Los beneficios de la reforma económica han sido asimilados por los agentes económicos, específicamente, los consumidores quienes se adaptan rápidamente a los cambios mundiales y definitivamente han demostrado eficiencia en sus decisiones intertemporales de consumo, maximizando su bienestar. De igual forma un gran número de empresarios e industriales nacionales han optado y visualizado en el comercio mundial su crecimiento y desarrollo, EXPOCOMER 1999 pudo dar fe de esta situación.

101 años de Panamá América

 
101 años Panamá América