Atando cabos
La edad de jubilación de los educadores. Desde antes de llegar al poder, la presidenta Mireya Moscoso manifestó sus intenciones de someter a un estudio serio la posibilidad de establecer una edad más justa, para la jubilación de los educadores panameños. En ese camino el Ministerio de Educación ha empezado a dar los primeros pasos. Dadas las circunstancias y a solo unos días de iniciada la nueva administración, despierta sospechas que un legislador oposicionista se saque de las mangas un proyecto de ley sobre el particular.
Cabe preguntar si el dicho proyecto de ley se ajusta al artículo 298 de la Constitución, donde se establece que las jubilaciones a los servidores públicos han de fundamentarse en estudios actuariales y proporciones presupuestarias razonables. Y ha de tenerse en cuenta que es en el ámbito institucional del "rgano Ejecutivo donde se enmarcan las estadísticas y los cálculos matemáticos concernientes a la jubilación de los empleados estatales, y donde se inicia la elaboración del presupuesto general del Estado.
Todo hace indicar que el proyecto de ley presentado por el legislador Carlos Smith es improcedente, por decir lo menos.
LOS TRATADOS
Después de veintidós años de haberse firmado los tratados Torrijos-Carter, todavía no se han dado por enterados, algunos distinguidos compatriotas, de que se trata de dos instrumentos: Tratado del Canal de Panamá y Tratado Concerniente a la Neutralidad y al Funcionamiento del Canal de Panamá; por lo que es impropio decir "El Tratado Torrijos- Carter " en vez de "Los Tratados Torrijos-Carter".
Conviene tener claro, asimismo, que el Tratado de Neutralidad está en efecto desde el primero de octubre de 1979, y no es cuestión de que empezará a regir da partir del primero de enero del año 2000. Ha de saberse, también y contrario a lo que se piensa en ciertos círculos, que el Tratado de Neutralidad no tiene fecha de expiración y es, por tanto, a perpetuidad; que la dicha neutralidad no protege a la República de Panamá, sino al Canal actual de esclusas y a cualquier otra vía acuática internacional que se construya en territorio panameño; que, al declararse permanente , la neutralidad es aplicable no solo en tiempo de guerra sino, también, en tiempo de paz.
LA INVASION
Se ha dicho que los Estados Unidos nunca sacaron a relucir el Tratado de Neutralidad como fundamento de derecho para invadirnos el 20 de diciembre de 1989. Entérese el lector del siguiente despacho de prensa publicado en El País, Madrid, España, el sábado 23 de diciembre de 1989, bajo el título "Triple veto en la ONU de una resolución que "deploraba" la intervención":
"El embajador de EE.UU. ( ante la ONU), Thomas Pickering, dijo antes de la votación que su país ejercería el derecho de veto, porque considera que ejerció en Panamá el legítimo derecho de defensa propia y que la intervención se produjo en cumplimiento de los acuerdos del Canal". ( Ver Lotería No. 199, octubre-noviembre 1994, pág. 444.)
¿ASPINWALL?
Por enésima vez: Colón ha sido el nombre oficial de la segunda ciudad en importancia de la República, desde su fundación hasta la fecha. Nunca se llamó oficialmente de otro modo.
A propósito: ¿Cuál es esa "isla" de Manzanillo sobre la cual, por mandato de la ley, ha de establecerse ( ¿cuándo?) el Puerto Libre de Colón?
No, señores. El asiento de la ciudad de Colón dejó de ser isla desde el momento en que, hace muchísimos años, quedaron unidos la ciudad y su asiento a tierra firme. ( Colón, 16 de septiembre de 1999).
Cabe preguntar si el dicho proyecto de ley se ajusta al artículo 298 de la Constitución, donde se establece que las jubilaciones a los servidores públicos han de fundamentarse en estudios actuariales y proporciones presupuestarias razonables. Y ha de tenerse en cuenta que es en el ámbito institucional del "rgano Ejecutivo donde se enmarcan las estadísticas y los cálculos matemáticos concernientes a la jubilación de los empleados estatales, y donde se inicia la elaboración del presupuesto general del Estado.
Todo hace indicar que el proyecto de ley presentado por el legislador Carlos Smith es improcedente, por decir lo menos.
LOS TRATADOS
Después de veintidós años de haberse firmado los tratados Torrijos-Carter, todavía no se han dado por enterados, algunos distinguidos compatriotas, de que se trata de dos instrumentos: Tratado del Canal de Panamá y Tratado Concerniente a la Neutralidad y al Funcionamiento del Canal de Panamá; por lo que es impropio decir "El Tratado Torrijos- Carter " en vez de "Los Tratados Torrijos-Carter".
Conviene tener claro, asimismo, que el Tratado de Neutralidad está en efecto desde el primero de octubre de 1979, y no es cuestión de que empezará a regir da partir del primero de enero del año 2000. Ha de saberse, también y contrario a lo que se piensa en ciertos círculos, que el Tratado de Neutralidad no tiene fecha de expiración y es, por tanto, a perpetuidad; que la dicha neutralidad no protege a la República de Panamá, sino al Canal actual de esclusas y a cualquier otra vía acuática internacional que se construya en territorio panameño; que, al declararse permanente , la neutralidad es aplicable no solo en tiempo de guerra sino, también, en tiempo de paz.
LA INVASION
Se ha dicho que los Estados Unidos nunca sacaron a relucir el Tratado de Neutralidad como fundamento de derecho para invadirnos el 20 de diciembre de 1989. Entérese el lector del siguiente despacho de prensa publicado en El País, Madrid, España, el sábado 23 de diciembre de 1989, bajo el título "Triple veto en la ONU de una resolución que "deploraba" la intervención":
"El embajador de EE.UU. ( ante la ONU), Thomas Pickering, dijo antes de la votación que su país ejercería el derecho de veto, porque considera que ejerció en Panamá el legítimo derecho de defensa propia y que la intervención se produjo en cumplimiento de los acuerdos del Canal". ( Ver Lotería No. 199, octubre-noviembre 1994, pág. 444.)
¿ASPINWALL?
Por enésima vez: Colón ha sido el nombre oficial de la segunda ciudad en importancia de la República, desde su fundación hasta la fecha. Nunca se llamó oficialmente de otro modo.
A propósito: ¿Cuál es esa "isla" de Manzanillo sobre la cual, por mandato de la ley, ha de establecerse ( ¿cuándo?) el Puerto Libre de Colón?
No, señores. El asiento de la ciudad de Colón dejó de ser isla desde el momento en que, hace muchísimos años, quedaron unidos la ciudad y su asiento a tierra firme. ( Colón, 16 de septiembre de 1999).