Bribonadas
En forma insólita y en franco desafío a lo dispuesto por la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia, el director de Desarrollo Urbano del MIVI, el Arquitecto Víctor Mizrachi, el 15 de noviembre de 2000, estando la construcción del edificio el Millenium suspendida temporalmente, por orden de la Corte Suprema de Justicia, hasta tanto se dilucide la demanda interpuesta ante dicha Sala, ha emitido Resuelto N° 379, publicado en la Gaceta Oficial N° 24,186 del 23 de noviembre de 2000, por el que se cambia a RM3 la zonificación de las dos fincas donde se erige el edificio Millenium, no obstante la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia haber ordenado la suspensión temporal del cambio de zona de RM3 y retrotraerlo a R2A: "por lo tanto, de proseguir las labores de construcción del proyecto en construcción, el mismo deberá someterse a las condiciones establecidas para el código de zona R2A, hasta tanto la Sala determine la legalidad o ilegalidad del citado permiso de construcción". (fallo del 24 de octubre del 2000).
El Director de Desarrollo Urbano del MIVI, para proteger un interés particular en perjuicio del interés general, después de estar suspendida la construcción por veinte y tantos días y a pesar de conocer la existencia de la demanda interpuesta por los vecinos del área ante la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo, decide conceder la codificación de RM3 a las fincas en donde se erige el edificio El Millenium, a fin de tratar de convalidar la ilegalidad evidenciada.
Pero aquí no cesa la aparente bribonada realizada por las autoridades nacionales y municipales, encargadas del desarrollo urbano del Distrito Capital de Panamá. La Oficina de Obras y Construcciones Municipales del Municipio de Panamá, por su parte, cuyo Director fue señalado por la Corte como infractor del ordenamiento legal existente y haber cometido desacato a orden impartida por el Pleno de la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia y sobre quien además existe una denuncia criminal en la Procuraduría General de la Nación, cobijado quién sabe bajo el manto de qué alta autoridad, ha expedido un nuevo permiso de construcción en beneficio del Millenium y se ha reiniciado la construcción con el argumento de que el permiso de construcción suspendido temporalmente por la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia, fue el de la tercera etapa y el recién expedido, que autoriza el reinicio de la obra, -expedido conforme al reciente Resuelto de Desarrollo Urbano del MVI que cambia el código de zona a RM3- es totalmente diferente.
Esta burda triquiñuela es una burla a toda la ciudadanía pues se pretende desconocer la ley y lo grave es que sean las autoridades las promotoras de toda esta bufonada. Subyace en este sórdido procedimiento denunciado, un evidente matiz trasgresor de la calidad, moralidad, transparencia y eficacia que a la luz de las leyes vigentes, incluida la novísima Ley 38 del 2000, orgánica de la Procuraduría de la Administración, deben caracterizar los actos de la administración pública.
Llama la atención que la Dirección de Desarrollo Urbano, el 6 de noviembre de 2000, realizó una encuesta entre los residentes del área, que en el fondo no tenía otro propósito que cambiarle el uso del suelo al Millenium, y a pesar de que las manifestaciones expresadas fueron opuestas al cambio de zona y de las advertencias formuladas de que la consulta retrospectiva de los hechos que se hacía constituía una burla a la Corte Suprema de Justicia, en cuyas manos está el caso, no les importó el resultado negativo que arrojó la encuesta ni las advertencias formuladas y se prosiguió con el propósito que en el fondo entrañaba la encuesta: tratar de convalidad la ilegalidad del Millenium mediante el cambio extemporáneo del uso de suelo de las fincas en que éste se erige. Produce hilaridad que Desarrollo Urbano del MIVI atendiendo, según ellos, el "Plan de Desarrollo Urbano de las ¡reas metropolitanas del Pacífico y del Atlántico", sólo cambien el código de uso de suelo de las dos fincas del Millenium, permaneciendo el resto tal cual como están. Insólita forma de planificar tiene Desarrollo Urbano.
Esperamos que la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia se caracterice y no permita semejante burla a su majestad institucional. El Resuelto del MIVI, tal cual como afirma la firma forense Morgan y Morgan en escrito dirigido a la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia, no es más que "la reiterada concatenación de las actuaciones antijurídicas, emitidas por funcionarios que, antes que velar por el interés colectivo o social y sobre todo por el respeto a la integridad del ordenamiento jurídico aplicable, se obnubilan por intereses particulares que muchas veces, como en este caso, sencillamente son contrarios a las leyes y normativa aplicable en lo urbanístico." Esto pone a prueba la entereza moral de la actual administración pública que tantas veces se ha llenado la boca con fórmulas retóricas y con condenas más o menos generales contra la corrupción, pero nunca produce instituciones más honestas. El Millenium es un efecto de la ilegalidad como operan los funcionarios públicos.
El Director de Desarrollo Urbano del MIVI, para proteger un interés particular en perjuicio del interés general, después de estar suspendida la construcción por veinte y tantos días y a pesar de conocer la existencia de la demanda interpuesta por los vecinos del área ante la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo, decide conceder la codificación de RM3 a las fincas en donde se erige el edificio El Millenium, a fin de tratar de convalidar la ilegalidad evidenciada.
Pero aquí no cesa la aparente bribonada realizada por las autoridades nacionales y municipales, encargadas del desarrollo urbano del Distrito Capital de Panamá. La Oficina de Obras y Construcciones Municipales del Municipio de Panamá, por su parte, cuyo Director fue señalado por la Corte como infractor del ordenamiento legal existente y haber cometido desacato a orden impartida por el Pleno de la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia y sobre quien además existe una denuncia criminal en la Procuraduría General de la Nación, cobijado quién sabe bajo el manto de qué alta autoridad, ha expedido un nuevo permiso de construcción en beneficio del Millenium y se ha reiniciado la construcción con el argumento de que el permiso de construcción suspendido temporalmente por la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia, fue el de la tercera etapa y el recién expedido, que autoriza el reinicio de la obra, -expedido conforme al reciente Resuelto de Desarrollo Urbano del MVI que cambia el código de zona a RM3- es totalmente diferente.
Esta burda triquiñuela es una burla a toda la ciudadanía pues se pretende desconocer la ley y lo grave es que sean las autoridades las promotoras de toda esta bufonada. Subyace en este sórdido procedimiento denunciado, un evidente matiz trasgresor de la calidad, moralidad, transparencia y eficacia que a la luz de las leyes vigentes, incluida la novísima Ley 38 del 2000, orgánica de la Procuraduría de la Administración, deben caracterizar los actos de la administración pública.
Llama la atención que la Dirección de Desarrollo Urbano, el 6 de noviembre de 2000, realizó una encuesta entre los residentes del área, que en el fondo no tenía otro propósito que cambiarle el uso del suelo al Millenium, y a pesar de que las manifestaciones expresadas fueron opuestas al cambio de zona y de las advertencias formuladas de que la consulta retrospectiva de los hechos que se hacía constituía una burla a la Corte Suprema de Justicia, en cuyas manos está el caso, no les importó el resultado negativo que arrojó la encuesta ni las advertencias formuladas y se prosiguió con el propósito que en el fondo entrañaba la encuesta: tratar de convalidad la ilegalidad del Millenium mediante el cambio extemporáneo del uso de suelo de las fincas en que éste se erige. Produce hilaridad que Desarrollo Urbano del MIVI atendiendo, según ellos, el "Plan de Desarrollo Urbano de las ¡reas metropolitanas del Pacífico y del Atlántico", sólo cambien el código de uso de suelo de las dos fincas del Millenium, permaneciendo el resto tal cual como están. Insólita forma de planificar tiene Desarrollo Urbano.
Esperamos que la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia se caracterice y no permita semejante burla a su majestad institucional. El Resuelto del MIVI, tal cual como afirma la firma forense Morgan y Morgan en escrito dirigido a la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia, no es más que "la reiterada concatenación de las actuaciones antijurídicas, emitidas por funcionarios que, antes que velar por el interés colectivo o social y sobre todo por el respeto a la integridad del ordenamiento jurídico aplicable, se obnubilan por intereses particulares que muchas veces, como en este caso, sencillamente son contrarios a las leyes y normativa aplicable en lo urbanístico." Esto pone a prueba la entereza moral de la actual administración pública que tantas veces se ha llenado la boca con fórmulas retóricas y con condenas más o menos generales contra la corrupción, pero nunca produce instituciones más honestas. El Millenium es un efecto de la ilegalidad como operan los funcionarios públicos.