"Cero corrupción"
La mayor parte de los delitos contra la Administración Pública, básicamente los peculados, la pena de ellos, si realmente deseamos combatir la corrupción, deben oscilar entre un mínimo de 15 años y un máximo de 20. Advertimos que el máximo de pena no puede, por razones constitucionales, exceder a la de 20 años.
Las normas existentes no contemplan los montos de penas que hemos señalado. El delito más gravoso, el de peculado por encima de los B/. 500,000.00, tiene pena máxima de hasta 15 años de prisión, según el primer párrafo del Art. 322 del Código Penal, luego de las reformas que introdujo el Art. 4 de la Ley 39 de 2001. La normativa expresa que cuando se trate de peculados cuya cuantía exceda a los B/. 10,000.00 no habrá lugar a la fianza de excarcelación y tampoco a ningún beneficio de medida cautelar tal y como lo dispone el numeral 3 del Art. 2173 del Código Judicial.
Sin embargo, delitos que se perpetran, a diario, dentro de la Administración Pública como el de exacción, concusión, incumplimiento de deberes propios al cargo, abuso de autoridad, etc., tienen penas ridículas y la sociedad entera ve con malos ojos que nadie se haya preocupado por incrementar las sanciones para estos delitos, por lo que el pueblo mismo condena la impunidad que se registra en los tribunales.
Algunos de esos delitos admiten la figura de la excarcelación o que los autores de ellos se vean favorecidos con medidas cautelares distintas a la detención preventiva como la casa por cárcel, la prohibición de abandonar el territorio nacional, tratamiento intrahospitalario, etc.
Las declaraciones protocolares, la aprobación de convenios internacionales que ha hecho la Panamá, sobre todo en el actual Gobierno que se ha caracterizado por los grandes casos y escándalos de corrupción (recordemos lo del CEMIS, el HP-1430, casa de Punta Mala, finos relojes regalados por la Presidenta, Cumbre de presidentes, préstamo a los transportistas -gran parte del mismo no la han recibido éstos-, los "durodólares", "afudólares", etc.), y siendo que los mismos traducen, en principio, el supuesto anhelo de combatir la corrupción a todo nivel, no pasan de ser meros instrumentos del desiderátum propio de los gobiernos que, ante el temor de caer ellos mismos, los propios gobernantes y altos personeros de los gobiernos, en las manos de las autoridades judiciales e investigativas del Ministerio Público, no han legislado seriamente sobre la necesidad inminente de que los delitos contra la Administración Pública sean penados, severa y ejemplarmente, de manera que quienes, desde la cúpula del gobierno, se ven tentados a cometer o perpetrar delitos, reciban condenas que aconsejen a todos los funcionarios la no perpetración o comisión de estos delitos. Esto es, la prevención general de la ley penal.
El problema radica en el hecho de que quienes cometen o perpetran peculados han recibido en nuestro ordenamiento jurídico y judicial el tratamiento riguroso con que deben ser tratados quienes desbancan los dineros del erario público en detrimento de las grandes mayorías sociales. De allí que no deja de tener razón el dirigente del El Chorrillo, Héctor Ávila, quien ha venido señalando que los delincuentes de saco y corbata, con sus acciones delictivas, le causan mucho más daño a la nación que los muchachos que trasgreden la ley penal ejecutando otros tipos o clases de delitos. En un delito de hurto, por ejemplo, siempre hay una víctima y un victimario. Todo queda en esa relación de carácter bilateral. Obviamente que la sociedad sufre cada vez que en su seno se produce una acción delictiva y ello encuentra su explicación en el hecho de que el delito es un fenómeno social no deseado pero que refleja la descomposición de los valores de una sociedad.
Pero, desde la perspectiva criminal, un análisis profundo de ella, pone de manifiesto que el rédito social tras la comisión de delitos contra la Administración Pública no refleja otra cosa que el empobrecimiento de los pueblos; el truncar toda eventual posibilidad de generar empleos; el freno a la posibilidad de que el dinero circule; que se vean frustradas o no realizadas obras sociales; la inoperancia de todo el engranaje gubernamental, etc. En estos casos, no se trata de la existencia de una víctima en particular, sino de cientos de miles y hasta de millones de personas que quedan siendo las víctimas. Todo delito que produzca o tenga por consecuencia que el erario público, las finanzas del Estado, se vean diezmadas no hace más que poner de relieve que la Administración Pública es manejada por algunos delincuentes, maleantes de saco y corbata, y en consecuencia, precisa advertir, que nuestra sociedad ni pueblo alguno del mundo merece que sean delincuentes los que manejen el aparato estatal y que la suerte de la sociedad en general esté en manos de traficantes de pode, quienes terminan disfrutando de los dineros mal habidos, merced a la impunidad rampante.
El pueblo tienen el derecho absoluto, a que los ladrones de la nación le respondan ante el altar de la justicia y que paguen con penas ejemplares por los delitos que han perpetrado.
El país empieza a exigir que los que abandonan el poder rindan cuentas claras a la nación. No pueden salir y dejar en el pueblo la idea de que nunca pasó nada. Exigimos justicia y "mano dura" para los delincuentes que han mermado las arcas del Estado y dilapidado los dineros del pueblo. Proponemos el endurecimiento de las penas, el incremento de ellas, para los delitos que se perpetran en contra de la Administración Pública.
¡Basta de tanta demagogia como es la de querer purgar la criminalidad de Estado en nuestros menores y estratos sociales humildes vendiendo el falso paradigma de que el pueblo es el gran culpable de sus propios males! ¡A la cárcel los delincuentes de Estado!
Las normas existentes no contemplan los montos de penas que hemos señalado. El delito más gravoso, el de peculado por encima de los B/. 500,000.00, tiene pena máxima de hasta 15 años de prisión, según el primer párrafo del Art. 322 del Código Penal, luego de las reformas que introdujo el Art. 4 de la Ley 39 de 2001. La normativa expresa que cuando se trate de peculados cuya cuantía exceda a los B/. 10,000.00 no habrá lugar a la fianza de excarcelación y tampoco a ningún beneficio de medida cautelar tal y como lo dispone el numeral 3 del Art. 2173 del Código Judicial.
Sin embargo, delitos que se perpetran, a diario, dentro de la Administración Pública como el de exacción, concusión, incumplimiento de deberes propios al cargo, abuso de autoridad, etc., tienen penas ridículas y la sociedad entera ve con malos ojos que nadie se haya preocupado por incrementar las sanciones para estos delitos, por lo que el pueblo mismo condena la impunidad que se registra en los tribunales.
Algunos de esos delitos admiten la figura de la excarcelación o que los autores de ellos se vean favorecidos con medidas cautelares distintas a la detención preventiva como la casa por cárcel, la prohibición de abandonar el territorio nacional, tratamiento intrahospitalario, etc.
Las declaraciones protocolares, la aprobación de convenios internacionales que ha hecho la Panamá, sobre todo en el actual Gobierno que se ha caracterizado por los grandes casos y escándalos de corrupción (recordemos lo del CEMIS, el HP-1430, casa de Punta Mala, finos relojes regalados por la Presidenta, Cumbre de presidentes, préstamo a los transportistas -gran parte del mismo no la han recibido éstos-, los "durodólares", "afudólares", etc.), y siendo que los mismos traducen, en principio, el supuesto anhelo de combatir la corrupción a todo nivel, no pasan de ser meros instrumentos del desiderátum propio de los gobiernos que, ante el temor de caer ellos mismos, los propios gobernantes y altos personeros de los gobiernos, en las manos de las autoridades judiciales e investigativas del Ministerio Público, no han legislado seriamente sobre la necesidad inminente de que los delitos contra la Administración Pública sean penados, severa y ejemplarmente, de manera que quienes, desde la cúpula del gobierno, se ven tentados a cometer o perpetrar delitos, reciban condenas que aconsejen a todos los funcionarios la no perpetración o comisión de estos delitos. Esto es, la prevención general de la ley penal.
El problema radica en el hecho de que quienes cometen o perpetran peculados han recibido en nuestro ordenamiento jurídico y judicial el tratamiento riguroso con que deben ser tratados quienes desbancan los dineros del erario público en detrimento de las grandes mayorías sociales. De allí que no deja de tener razón el dirigente del El Chorrillo, Héctor Ávila, quien ha venido señalando que los delincuentes de saco y corbata, con sus acciones delictivas, le causan mucho más daño a la nación que los muchachos que trasgreden la ley penal ejecutando otros tipos o clases de delitos. En un delito de hurto, por ejemplo, siempre hay una víctima y un victimario. Todo queda en esa relación de carácter bilateral. Obviamente que la sociedad sufre cada vez que en su seno se produce una acción delictiva y ello encuentra su explicación en el hecho de que el delito es un fenómeno social no deseado pero que refleja la descomposición de los valores de una sociedad.
Pero, desde la perspectiva criminal, un análisis profundo de ella, pone de manifiesto que el rédito social tras la comisión de delitos contra la Administración Pública no refleja otra cosa que el empobrecimiento de los pueblos; el truncar toda eventual posibilidad de generar empleos; el freno a la posibilidad de que el dinero circule; que se vean frustradas o no realizadas obras sociales; la inoperancia de todo el engranaje gubernamental, etc. En estos casos, no se trata de la existencia de una víctima en particular, sino de cientos de miles y hasta de millones de personas que quedan siendo las víctimas. Todo delito que produzca o tenga por consecuencia que el erario público, las finanzas del Estado, se vean diezmadas no hace más que poner de relieve que la Administración Pública es manejada por algunos delincuentes, maleantes de saco y corbata, y en consecuencia, precisa advertir, que nuestra sociedad ni pueblo alguno del mundo merece que sean delincuentes los que manejen el aparato estatal y que la suerte de la sociedad en general esté en manos de traficantes de pode, quienes terminan disfrutando de los dineros mal habidos, merced a la impunidad rampante.
El pueblo tienen el derecho absoluto, a que los ladrones de la nación le respondan ante el altar de la justicia y que paguen con penas ejemplares por los delitos que han perpetrado.
El país empieza a exigir que los que abandonan el poder rindan cuentas claras a la nación. No pueden salir y dejar en el pueblo la idea de que nunca pasó nada. Exigimos justicia y "mano dura" para los delincuentes que han mermado las arcas del Estado y dilapidado los dineros del pueblo. Proponemos el endurecimiento de las penas, el incremento de ellas, para los delitos que se perpetran en contra de la Administración Pública.
¡Basta de tanta demagogia como es la de querer purgar la criminalidad de Estado en nuestros menores y estratos sociales humildes vendiendo el falso paradigma de que el pueblo es el gran culpable de sus propios males! ¡A la cárcel los delincuentes de Estado!