Cobro a morosos del Seguro Social
En 1999 se reformó la Ley Orgánica de la CSS para obligarla a publicar cada seis meses la lista de los patronos morosos con la institución. Además, se tipificó el delito de retención indebida, que consiste en retener cuotas obrero-patronales sin remitirlas a la CSS y permite al Ministerio Público, a las autoridades judiciales y a cualquier particular que se sienta afectado presentar las acciones legales correspondientes, sin que el Seguro Social tenga que interceder.
Según cifras de la CSS desde entonces la morosidad del sector privado ha disminuido de 41 millones a 34 millones de balboas. Atribuimos esa disminución, principalmente, a la publicación de la lista de morosos, que ha provocado una limpieza de la cartera de cuentas por cobrar donde aparecían personas fallecidas y sociedades quebradas e inoperantes. En vista de que todavía no se ha arrestado a una sola persona por el delito de retención indebida, dudamos que esta amenaza haya tenido mayor influencia sobre la disminución en la morosidad. Esa mejoría tampoco obedece al trabajo de los juzgados ejecutores de la CSS, los cuales a pesar de la jurisdicción coactiva es muy poco lo que efectivamente cobran.
Pero el principal problema sigue siendo la incapacidad de la institución de cobrar sus cuentas. Dicha incapacidad no es producto de que carecen de las herramientas legales, ya que goza de una legislación sumamente celosa de sus intereses. Obedece principalmente a factores políticos; es impopular cobrar, especialmente en tiempos difíciles. Además, es producto del poco apoyo de parte de la administración que reciben las gestiones de cobro. La actual administración ha dado indicios de un cambio de actitud, pero también se requiere de recursos físicos y humanos debidamente entrenados e inmunes a las presiones y tentaciones externas e internas. En tiempos buenos y malos, habrá morosidad; durante los buenos, los esfuerzos de cobro serán más fáciles; durante los malos, deben redoblarse porque de otra forma explotarán, especialmente si perciben que el acreedor no promoverá las acciones legales para el cobro correspondiente.
Según cifras de la CSS desde entonces la morosidad del sector privado ha disminuido de 41 millones a 34 millones de balboas. Atribuimos esa disminución, principalmente, a la publicación de la lista de morosos, que ha provocado una limpieza de la cartera de cuentas por cobrar donde aparecían personas fallecidas y sociedades quebradas e inoperantes. En vista de que todavía no se ha arrestado a una sola persona por el delito de retención indebida, dudamos que esta amenaza haya tenido mayor influencia sobre la disminución en la morosidad. Esa mejoría tampoco obedece al trabajo de los juzgados ejecutores de la CSS, los cuales a pesar de la jurisdicción coactiva es muy poco lo que efectivamente cobran.
Pero el principal problema sigue siendo la incapacidad de la institución de cobrar sus cuentas. Dicha incapacidad no es producto de que carecen de las herramientas legales, ya que goza de una legislación sumamente celosa de sus intereses. Obedece principalmente a factores políticos; es impopular cobrar, especialmente en tiempos difíciles. Además, es producto del poco apoyo de parte de la administración que reciben las gestiones de cobro. La actual administración ha dado indicios de un cambio de actitud, pero también se requiere de recursos físicos y humanos debidamente entrenados e inmunes a las presiones y tentaciones externas e internas. En tiempos buenos y malos, habrá morosidad; durante los buenos, los esfuerzos de cobro serán más fáciles; durante los malos, deben redoblarse porque de otra forma explotarán, especialmente si perciben que el acreedor no promoverá las acciones legales para el cobro correspondiente.