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Comercio electrónico


Semanas atrás, el Ministro de Comercio e Industrias, y el ex presidente de la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá, realizaron una conferencia de prensa para anunciar la presentación ante la comisión respectiva de la Asamblea Legislativa, del anteproyecto de ley referente al comercio electrónico, firmas electrónicas y entidades de certificación, el cual busca regular la firma digital y la prestación de servicios de certificación de estas firmas, para su uso en catos o contratos celebrados por medio de documentos electrónicos a través de medios electrónicos de comunicación, como podría ser el Internet.
Este acertado anteproyecto de ley, que busca modernizar la comercialización de bienes y servicios, a causa de la desaparición de las barreras comerciales, de la costosa y cambiante tecnología, cobra más importancia por el hecho de optimizar los recursos de las empresas. Sin embargo, una futura ley de comercio electrónico y su reglamentación pueden fácilmente constituirse en un obstáculo porque más que un impulso al comercio electrónico, está en la medida en que le impongamos requisitos inalcanzables. Sin llegar a un "laissez faire", sigamos el ejemplo de los Estados Unidos, donde cientos de miles de empresas, pequeñas y grandes, hacen comercio electrónico, corriendo riesgos, sí, pero inexorablemente.
El atraso panameño en este campo es ya monumental. Hace 30 años la empresa norteamericana AT&T tendió la primera línea troncal de telecomunicaciones para Arpanet y hace 10 años tuvo lugar el lanzamiento de la world wide web, a la que se calculan ya más de 15 millones de comercios registrados y más de 1,500 millones de páginas web disponibles para consulta. Es muy cierto que Panamá atraviesa una crisis económica, pero no podemos agregar a estos problemas un regazo de proporciones históricas con respecto al mundo desarrollado.
Desafortunadamente, el anteproyecto de ley sobre comercio electrónico con la buena intención de crear condiciones de integridad, confiabilidad y seguridad para los mensajes electrónicos que conlleven operaciones y transacciones comerciales, legitiman un único mecanismo tecnológico, excesivamente complejo, basado en entidades de certificación y firmas digitales, sin considerar el costo ni los obstáculos para su realización en panamá, ni el efecto disuasivo que un requisito de difícil cumplimiento tiene para una actividad comercial nueva, tal como se ha suscitado en Colombia con una pujante ley en 1999. El anteproyecto de ley no crea estímulos para el comercio en panamá, no ordena apoyo estatal para su desarrollo, ni incentivo alguno para quienes lo ejerzan. No resuelve sus aspectos tributarios, arancelarios, ni cambiarios. No dispone mejoras para la infraestructura nacional requerida para practicarlo. No precisa las responsabilidades que asumen los actores del comercio electrónico, en especial, los comerciantes y las entidades financieras.
En Panamá existen aún algunos obstáculos legales de acceso a Internet y de carácter cultural que representan retos a superar en esta iniciativa. Entre esto obstáculos tenemos la protección legal de las compras con tarjetas de crédito, el manejo de la seguridad y definir la responsabilidad ante el cliente en caso de una transacción incompleta. Sin embargo, prácticamente, todo empresario sabe que a pesar de estos obstáculos iniciales, la tendencia hacia la modernización es ineludible.
Sólo esperamos que los legisladores de la República, al momento de la discusión del mencionado anteproyecto de ley sobre comercio electrónico, se asesoren lo más técnicamente y jurídicamente posible, con la finalidad que Panamá posea una legislación sobre esta materia acorde con las legislaciones de los países avanzados.

101 años de Panamá América

 
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