Constitución y participación
Cada vez más ciudadanos se interesan y expresan su opinión sobre la necesidad de una nueva Constitución. Sin embargo, existe una actitud dominadora y peligrosa de aquellos que, insistentemente, se niegan a la necesaria armonización entre la realidad jurídica normativa y la siempre cambiante realidad política. El recelo con el que se manifiestan estas corrientes -particularmente de parte de los ‘fugitivos de la Constituyente’- es bastante revelador de su interés e inclinación por mantener a la población bajo el yugo del pseudoconstitucionalismo, en cuyas aguas ellos navegan cuales señores feudales y los ciudadanos tenemos el rol de náufragos permanentes.
La rígidez de la constitución impuesta de 1972, sirve de punto de apoyo a quienes rechazan el cambio constitucional vía Constituyente, y sólo aceptan el mecanismo establecido (por ellos mismos) en la constitución que legitimó a la dictadura y cuyas reformas (1978,1983,1994), recibieron el imprimatur de los verdaderos factores reales de poder. Por ello les resulta fácil hablar de “violación de la constitución” si la modificación no se hace como ellos dicen, puesto que se estaría actuando “al margen del procedimiento de reforma”.
Claro que poco importa (desde la perspectiva de los fugitivos) que la constitución impuesta de 1972 haya visto sus reformas producirse o bien “al margen del procedimiento” o con el procedimiento al margen. Lo que cuenta para ellos es preservar el status quo o el cambio para que nada cambie y ser siempre ellos (los fugitivos), los Delfos modernos.
La necesidad de desarrollar un proceso constituyente con participación ciudadana de todos los sectores, es cada día más evidente. No podemos, ni tenemos por qué aceptar que se nos secuestre nuestro derecho al cambio y, mucho menos de poder desarrollar las bases constitucionales necesarias para contar con los instrumentos constitucionales que nos permitan no sólo tener una nueva Constitución, sino también el sentimiento constitucional que “dé cumplida cuenta, no sólo de la realidad normativa, sino también de la realidad política que las normas deben regular y que, a través de mutaciones y de otros fenómenos afines, sobrepasa ampliamente las previsiones y fronteras de la estricta legalidad.”
Nuevamente se hace necesario recordar e insistir aquí, en el hecho que, históricamente, “la Constitución se configura ante todo, como un sistema de garantías del ciudadano frente al poder. De ahí su carácter de ley suprema que obliga por igual a gobernantes y gobernados’. De ahí entonces que al pueblo, titular de la soberanía (‘El poder público emana del peublo’) le corresponda también la totalidad del poder constituyente, que es el que tiene la responsabilidad de hacer, de establecer la Constitución.
Los fugitivos de la Constituyente en su huída hacia delante para evitar la participación del titular del poder y para conservar el gobierno elitista de las cúpulas, quieren hacernos olvidar nuevamente que, hoy menos que nunca, pueden seguir pretendiendo que la soberanía del pueblo puede ser sometida a discusión, que un reordenamiento constitucional, un cambio institucional como obra humana no puede ser concebido como una construcción perfecta, definitiva o acabada.
De ahí que las alusiones que hacen cuando preguntan diabólicamente: ¿con qué ángeles se hará la Constituyente?, deben ser refutados de plano, recordándoles algo que ellos saben perfectamente (¡y mejor que muchos!), pero que no les da la gana de reconocer: la irrenunciabilidad de la soberanía del pueblo y la urgente necesidad del cambio vía la transformación de la norma fundamental impuesta.
Desde la época de Siéyes, las sociedades en distintos momentos y por circunstancias diversas, dado el desarrollo desigual y combinado de su evolución social, económica y política, han ejercido el derecho de cambiar su Constitución. La revisión total de la Constitución es necesaria y debe realizarse, sólo que -sin negar el poder de reforma- tiene que hacerse con la participación del verdadero soberano, al cual no se le puede sustraer del ejercicio real de su soberanía. La insistencia a estas alturas de querer sólo reformar la constitución impuesta no busca otra cosa que la desvirtuación del principio de la voluntad popular, al pretender convertir a los (legisladores) representantes de la nación soberana en auténticos y reales soberanos de la nación, para de esa manera permitir a las cúpulas continuar ocupando -sólo ellos- las posiciones de privilegio, al tiempo que mantinen al pueblo permanentemente apartado de los quehaceres del Estado.
Para los ‘fugitivos de la Constituyente’ y sus serafines y querubines, como ya no pueden defender el absolutismo de “El; Estado soy yo”, quiere imponernos “El Estado somos nosotros”, o sea...ellos. Confunden -a propósito- la competencia de la competencia con el poder constituyente que, como poder soberano es previo e independiente del ordenamiento existente y nos permitirá salir de la órbita de las cúpulas y los caciques y sus penachos de privilegios.
La rígidez de la constitución impuesta de 1972, sirve de punto de apoyo a quienes rechazan el cambio constitucional vía Constituyente, y sólo aceptan el mecanismo establecido (por ellos mismos) en la constitución que legitimó a la dictadura y cuyas reformas (1978,1983,1994), recibieron el imprimatur de los verdaderos factores reales de poder. Por ello les resulta fácil hablar de “violación de la constitución” si la modificación no se hace como ellos dicen, puesto que se estaría actuando “al margen del procedimiento de reforma”.
Claro que poco importa (desde la perspectiva de los fugitivos) que la constitución impuesta de 1972 haya visto sus reformas producirse o bien “al margen del procedimiento” o con el procedimiento al margen. Lo que cuenta para ellos es preservar el status quo o el cambio para que nada cambie y ser siempre ellos (los fugitivos), los Delfos modernos.
La necesidad de desarrollar un proceso constituyente con participación ciudadana de todos los sectores, es cada día más evidente. No podemos, ni tenemos por qué aceptar que se nos secuestre nuestro derecho al cambio y, mucho menos de poder desarrollar las bases constitucionales necesarias para contar con los instrumentos constitucionales que nos permitan no sólo tener una nueva Constitución, sino también el sentimiento constitucional que “dé cumplida cuenta, no sólo de la realidad normativa, sino también de la realidad política que las normas deben regular y que, a través de mutaciones y de otros fenómenos afines, sobrepasa ampliamente las previsiones y fronteras de la estricta legalidad.”
Nuevamente se hace necesario recordar e insistir aquí, en el hecho que, históricamente, “la Constitución se configura ante todo, como un sistema de garantías del ciudadano frente al poder. De ahí su carácter de ley suprema que obliga por igual a gobernantes y gobernados’. De ahí entonces que al pueblo, titular de la soberanía (‘El poder público emana del peublo’) le corresponda también la totalidad del poder constituyente, que es el que tiene la responsabilidad de hacer, de establecer la Constitución.
Los fugitivos de la Constituyente en su huída hacia delante para evitar la participación del titular del poder y para conservar el gobierno elitista de las cúpulas, quieren hacernos olvidar nuevamente que, hoy menos que nunca, pueden seguir pretendiendo que la soberanía del pueblo puede ser sometida a discusión, que un reordenamiento constitucional, un cambio institucional como obra humana no puede ser concebido como una construcción perfecta, definitiva o acabada.
De ahí que las alusiones que hacen cuando preguntan diabólicamente: ¿con qué ángeles se hará la Constituyente?, deben ser refutados de plano, recordándoles algo que ellos saben perfectamente (¡y mejor que muchos!), pero que no les da la gana de reconocer: la irrenunciabilidad de la soberanía del pueblo y la urgente necesidad del cambio vía la transformación de la norma fundamental impuesta.
Desde la época de Siéyes, las sociedades en distintos momentos y por circunstancias diversas, dado el desarrollo desigual y combinado de su evolución social, económica y política, han ejercido el derecho de cambiar su Constitución. La revisión total de la Constitución es necesaria y debe realizarse, sólo que -sin negar el poder de reforma- tiene que hacerse con la participación del verdadero soberano, al cual no se le puede sustraer del ejercicio real de su soberanía. La insistencia a estas alturas de querer sólo reformar la constitución impuesta no busca otra cosa que la desvirtuación del principio de la voluntad popular, al pretender convertir a los (legisladores) representantes de la nación soberana en auténticos y reales soberanos de la nación, para de esa manera permitir a las cúpulas continuar ocupando -sólo ellos- las posiciones de privilegio, al tiempo que mantinen al pueblo permanentemente apartado de los quehaceres del Estado.
Para los ‘fugitivos de la Constituyente’ y sus serafines y querubines, como ya no pueden defender el absolutismo de “El; Estado soy yo”, quiere imponernos “El Estado somos nosotros”, o sea...ellos. Confunden -a propósito- la competencia de la competencia con el poder constituyente que, como poder soberano es previo e independiente del ordenamiento existente y nos permitirá salir de la órbita de las cúpulas y los caciques y sus penachos de privilegios.