¿Construcción vs. Urbanismo?
Durante el primer gobierno del Dr. Arnulfo Arias, el tema urbanístico fue una de sus grandes preocupaciones. Contrató al reconocido urbanista austriaco Karl Brunner, quien diseñó un plan para el desarrollo de la ciudad de Panamá e hizo una serie de propuestas, alguna de las cuales se concretaron en iniciativas legislativas. De allí surge la Ley 78 de 1941, la cual se ha hecho famosa 63 años después de su adopción, a consecuencia de una sentencia de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia.
Dicha ley fue la primera norma que, con un criterio técnico, pretendió reglar y ordenar el caos urbano. Décadas después, cuando el Instituto de Vivienda y Urbanismo pasó a convertirse en el Ministerio de Vivienda, la Ley que concretó dicho cambio, sólo puso en manos de la nueva entidad la facultad de reglamentar la materia, pero no estableció el marco legal bajo cuyos límites se debería dar dicha reglamentación. Ese vacío legal motivó a la Corte emitir su fallo, en cuanto a la preeminencia de la Ley 78 de 1941 sobre los decretos reglamentarios emitidos por el Ejecutivo, ya que un reglamento no puede estar por encima de una ley.
Pero, más allá de la discusión sobre los méritos del fallo de la Corte, lo cierto es que el mismo tuvo como consecuencia la presentación de un proyecto de ley a la Asamblea, lo que abrió la oportunidad para un debate sobre la crisis urbana en dicha instancia de representación popular. Dicho proyecto se limitaba a derogar la "molestia" que, para el gremio constructor, significa la Ley 78 y revivir el status quo vigente antes del fallo. Un status quo que ha permitido, por acción u omisión, el crecimiento desordenado de la ciudad, con todas las consecuencias negativas que ello ha significado para la calidad de vida de sus residentes.
En el Primer Debate, participé de la discusión y propuse un artículo nuevo, que obligase al Ejecutivo a preparar un proyecto de ley que regulase integralmente el tema del desarrollo urbano, poniendo un término fatal para su presentación al Legislativo. Aunque la iniciativa fue bien vista por los miembros de la Comisión, al final se aprobó un texto que lo único que hacía era comisionar al MIVI para que, en un plazo de seis meses, volviera a reglamentar la materia, nuevamente sin tener un marco legal que le orientara sobre cómo hacerlo.
Ya en el segundo debate, junto con el Legislador Jacobo Salas, asumimos la defensa de lo que bien podría catalogarse como parte importante del legado panameñista, como lo es esa preocupación por el entorno urbano. Afortunadamente, nuestro planteamiento de que era conveniente y hasta necesario que el problema urbano se discutiera a nivel de una ley y no a través de un simple reglamento, fue aceptado por la mayoría de los parlamentarios y se incorporó nuestra propuesta al Proyecto de Ley. Así mismo, se aprobó otra propuesta, presentada por sectores ciudadanos, que nos pareció también oportuna y apropiada. Y fue aprobada con el voto unánime de los legisladores en el Pleno del gobierno saliente y del entrante. Ese artículo transitorio es, aparentemente, razón suficiente para que el Ministro de Vivienda, la titular entrante y la CAPAC soliciten a la Presidenta el veto de la Ley.
Lo que esa norma señala es apenas lógico. Pretender que el interés de los constructores se contrapone necesariamente al de los planificadores urbanos y de los ciudadanos es una soberana insensatez. Si se dice que las futuras construcciones deben ajustarse al Plan Metropolitano de Desarrollo Urbano y que deben seguir ciertos criterios básicos, no es razón suficiente para que se diga que, con tal redacción, se impide la actividad de la construcción y se entorpece el crecimiento económico del país.
Presidenta Moscoso: como su copartidario y como panameñista, le pido que, como uno de los últimos actos de su Gobierno, le rinda nuevamente homenaje al Dr. Arnulfo Arias, con la sanción de una Ley que reivindica las preocupaciones patrióticas y de estadista que ya en 1941 tenía el Líder de nuestro partido.
Vetar la Ley, precisamente por los artículos que le dan la razón y rinden homenaje a la visión de futuro del Dr. Arias, no sería otra cosa más que echarle sal a la herida que constituye la derogatoria de la Ley 78 de 1941. Con la sanción de la Ley se salva el legado panameñista y se ayuda al país.
22-08-04: Cuba amenaza con romper relaciones si la presidenta panameña, Mireya Moscoso, indulta a los cuatro anticastristas condenados en Panamá.
23-08-04: Panamá, en respuesta a las amenazas de Cuba, retira el lunes a su embajador en Cuba, Abraham Bárcenas.
24-08-04: Panamá exige al gobierno de Cuba el retiro del embajador cubano en el país centroamericano, Carlos Zamora.
25-08-04: Cuba reitera que romperá las relaciones con ese país si indulta a cuatro anticastristas.
26-08-04: El gobierno de Panamá anuncia el indulto que otorgó el 25 de agosto de 2004 a los cuatro anticastristas.
Dicha ley fue la primera norma que, con un criterio técnico, pretendió reglar y ordenar el caos urbano. Décadas después, cuando el Instituto de Vivienda y Urbanismo pasó a convertirse en el Ministerio de Vivienda, la Ley que concretó dicho cambio, sólo puso en manos de la nueva entidad la facultad de reglamentar la materia, pero no estableció el marco legal bajo cuyos límites se debería dar dicha reglamentación. Ese vacío legal motivó a la Corte emitir su fallo, en cuanto a la preeminencia de la Ley 78 de 1941 sobre los decretos reglamentarios emitidos por el Ejecutivo, ya que un reglamento no puede estar por encima de una ley.
Pero, más allá de la discusión sobre los méritos del fallo de la Corte, lo cierto es que el mismo tuvo como consecuencia la presentación de un proyecto de ley a la Asamblea, lo que abrió la oportunidad para un debate sobre la crisis urbana en dicha instancia de representación popular. Dicho proyecto se limitaba a derogar la "molestia" que, para el gremio constructor, significa la Ley 78 y revivir el status quo vigente antes del fallo. Un status quo que ha permitido, por acción u omisión, el crecimiento desordenado de la ciudad, con todas las consecuencias negativas que ello ha significado para la calidad de vida de sus residentes.
En el Primer Debate, participé de la discusión y propuse un artículo nuevo, que obligase al Ejecutivo a preparar un proyecto de ley que regulase integralmente el tema del desarrollo urbano, poniendo un término fatal para su presentación al Legislativo. Aunque la iniciativa fue bien vista por los miembros de la Comisión, al final se aprobó un texto que lo único que hacía era comisionar al MIVI para que, en un plazo de seis meses, volviera a reglamentar la materia, nuevamente sin tener un marco legal que le orientara sobre cómo hacerlo.
Ya en el segundo debate, junto con el Legislador Jacobo Salas, asumimos la defensa de lo que bien podría catalogarse como parte importante del legado panameñista, como lo es esa preocupación por el entorno urbano. Afortunadamente, nuestro planteamiento de que era conveniente y hasta necesario que el problema urbano se discutiera a nivel de una ley y no a través de un simple reglamento, fue aceptado por la mayoría de los parlamentarios y se incorporó nuestra propuesta al Proyecto de Ley. Así mismo, se aprobó otra propuesta, presentada por sectores ciudadanos, que nos pareció también oportuna y apropiada. Y fue aprobada con el voto unánime de los legisladores en el Pleno del gobierno saliente y del entrante. Ese artículo transitorio es, aparentemente, razón suficiente para que el Ministro de Vivienda, la titular entrante y la CAPAC soliciten a la Presidenta el veto de la Ley.
Lo que esa norma señala es apenas lógico. Pretender que el interés de los constructores se contrapone necesariamente al de los planificadores urbanos y de los ciudadanos es una soberana insensatez. Si se dice que las futuras construcciones deben ajustarse al Plan Metropolitano de Desarrollo Urbano y que deben seguir ciertos criterios básicos, no es razón suficiente para que se diga que, con tal redacción, se impide la actividad de la construcción y se entorpece el crecimiento económico del país.
Presidenta Moscoso: como su copartidario y como panameñista, le pido que, como uno de los últimos actos de su Gobierno, le rinda nuevamente homenaje al Dr. Arnulfo Arias, con la sanción de una Ley que reivindica las preocupaciones patrióticas y de estadista que ya en 1941 tenía el Líder de nuestro partido.
Vetar la Ley, precisamente por los artículos que le dan la razón y rinden homenaje a la visión de futuro del Dr. Arias, no sería otra cosa más que echarle sal a la herida que constituye la derogatoria de la Ley 78 de 1941. Con la sanción de la Ley se salva el legado panameñista y se ayuda al país.
22-08-04: Cuba amenaza con romper relaciones si la presidenta panameña, Mireya Moscoso, indulta a los cuatro anticastristas condenados en Panamá.
23-08-04: Panamá, en respuesta a las amenazas de Cuba, retira el lunes a su embajador en Cuba, Abraham Bárcenas.
24-08-04: Panamá exige al gobierno de Cuba el retiro del embajador cubano en el país centroamericano, Carlos Zamora.
25-08-04: Cuba reitera que romperá las relaciones con ese país si indulta a cuatro anticastristas.
26-08-04: El gobierno de Panamá anuncia el indulto que otorgó el 25 de agosto de 2004 a los cuatro anticastristas.