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Consultas populares


El anuncio de que el Tribunal Electoral reglamentará las consultas populares que le solicite el Órgano Ejecutivo sobre temas de su competencia, resulta confuso para el común de los lectores. Por la forma en que aparece la noticia, se infiere que el Ejecutivo enviará al Tribunal Electoral las consultas que por iniciativa popular se le hayan hecho a dicho órgano del Estado.

A propósito, dese hace algún tiempo hemos venido acariciando la idea de que sería conveniente integrar un equipo de personas con la necesaria idoneidad, tanto moral como profesionalmente, para que confeccione y reciba borradores de propuestas de leyes y trabaje en su elaboración si las consideran convenientes; y hacerlas públicas; eso sería muy enriquecedor.

El autor de esta columna tiene cuatro proyectos, a saber: Uno, el de una reforma constitucional para eliminar el numeral 4 del artículo 153 que es una inmoralidad; establecer en el Código Penal que los días multa deben ser aplicados, únicamente, para casos de simples infracciones: otro, para que, aunque contra viento y marea, lograr algún día que a los funcionarios que estén en la obligación de hacer declaraciones juradas de sus bienes ante Notario Público dentro de los diez días siguientes al de la toma de posesión del cargo, se les considere el nombramiento como insubsistente y si no lo hacen igualmente al cesar en el cargo, imponerles una multa severa y abrirles una investigación.

Y en cuanto a las fugas de cárceles, imponerle a cada uno de los implicados, cualquiera que haya sido su colaboración, el pago del resto de la pena que le faltaba por cumplir al evadido, y una pena adicional. Y si son más de uno los que se fugan, que la pena de los implicados se aplique a base del evadido al cual le faltara mayor tiempo por cumplir.

101 años de Panamá América

 
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