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Continúan abusando de nuestra paciencia


Vuelven a la carga los políticos con sus andanzas. Los patrones de turno de la Asamblea Legislativa (algunos tiene el cinismo de llamarla "Parlamento"; otros, con manifiesta ignorancia histórica, la llaman "Asamblea Nacional") persisten en su politiquería barata, disfrazada de las mal llamadas "reformas". No satisfechos con la bofetada que nos dieron con las últimas "reformas electorales" y haciendo gala de su habitual desfachatez, amén de caso omiso a las múltiples críticas que recibieron de todos los sectores en esa ocasión, inclusive del Tribunal Electoral, vuelven a la carga para supuestamente "corregir" algunos errores de la última reforma. En realidad lo que se proponen hacer es satisfacer las exigencias demagógicas de un sector feminista, por un lado y, por el otro, ganar un par de puntos con la Iglesia Católica. Ambas acciones de claro tinte oportunista/electorero. Sería interesante ver si tendrán el valor personal de responder a las múltiples críticas responsables que se les hacen a las anteriores reformas y con amor de país y respeto a sus electores, decidan corregir los verdaderos errores que cometieron, tales como la eliminación de la obligatoriedad de las elecciones primarias y otros más; pero, estoy seguro que de ese susto no me muero.
Los actuales legisladores no han demostrado ni valentía política, ni amor de Patria, ni conciencia de estadista para producir verdaderos cambios y soluciones a los múltiples problemas sociales y políticos que nos aquejan. Además tienen demasiados "compromisos" con el actual gobierno y grupos de presión como el caso CEMIS, y las últimas "reformas" claramente lo han demostrado, los cuales les resta independencia de criterio, fuerza moral y, por ende, libertad de acción. Son esclavos de sus intereses personales. Continúan abusando de nuestra paciencia y nosotros, patéticamente, continuamos permitiéndoselo.
222 Tengo serias dudas sobre si existen verdaderas razones para la necesidad de cambios a la Constitución.
No satisfechos con las dos últimas "reformas" y la anunciada próxima "enmienda" (mejor dicho "parche"), han anunciado calladamente la elaboración de un proyecto de reformas constitucionales. ¿Qué les parece? ¿No conmueve, tanta preocupación ciudadana?. Como no conozco el proyecto (¿alguien lo conoce?), no puedo opinar; reservo mis comentarios para cuando llegue la ocasión. Lo que sí quiero es adelantar un par de reflexiones sobre el tema. No estoy seguro si los panameños necesitamos una nueva o reformada Constitución. Tengo serias dudas sobre si existen verdaderas razones para la necesidad de cambios a la Constitución. Históricamente, los panameños, hemos demostrado poco respeto por la ley. Observen solamente cómo manejamos; algunos estudiosos alegan que el comportamiento vehicular es un reflejo del comportamiento social de los pueblos. Lo cual me hace pensar que más que cambiar nuestras leyes los que debemos cambiar somos nosotros.
El cambio tiene que ser interno, en cada uno de nosotros. Una nueva ley o una nueva o reformada Constitución no nos va cambiar cual varita mágica. Debo admitir, sin embargo, que personas cuyo juicio aprecio, me han presentados buenos argumentos para cambios a nuestro régimen constitucional. Por ejemplo, me han presentado buenos motivos para cambios en el procedimiento de selección y nombramiento de los magistrados a la Corte Suprema.
Esperaré a la apertura del debate para evaluar y tomar mi decisión personal. De lo que sí no tengo duda alguna es que los panameños no podemos dejar que los actuales políticos manejen el tema con su usual desfachatez y desprecio hacia nosotros. Cualquier cambio a nuestro régimen constitucional es demasiado serio y crítico para dejárselo sólo a los políticos y sus asesores. Y tampoco debemos aceptar la figura de los mal llamados "Diálogos Nacionales".
Los gremios profesionales pertinentes y la sociedad civil en pleno deben estar vigilantes, sumamente atentos. Se acerca un proceso electoral, el gobierno actual controla todos los órganos del Estado y tiene fuertes influencias en el Tribunal Electoral. ¡Que no nos metan un madrugonazo más con el cuento de que el país necesita cambios a su Carta Magna. ¡Ojo pueblo, no permitas un engaño más! ¡Basta ya!
(titojaen@orbi.net)
Para tal efecto, han declarado que no pueden seguir con el negocio en Puerto Armuelles porque sus costos no son competitivos y ofrecen como alternativa para que la producción se mantenga que el Sindicato se convierta en un productor independiente.
Hasta donde tengo conocimiento, el Sindicato no se opone a la idea de crear una cooperativa, pero su dirigencia conoce muy bien el negocio, conoce de las experiencias anteriores y sabe que un contrato con la empresa tendría que incluir como mínimo (a) un compromiso de compra mínima; (b) una fórmula que garantice precios remunerativos; (c) una fórmula que los haga partícipes de las ganancias en los mercados donde se venda la fruta; (d) un mecanismo que permita que las pérdidas en caso de desastres naturales puedan ser compartidas, y (e) un mecanismo de clasificación de la fruta totalmente imparcial.
Es el que tiene lugar con base en presunciones legales.
  • Son hijos de los cónyuges los nacidos después de 180 días después de la celebración del matrimonio o desde la reunión de los cónyuges separados de cuerpos y los nacidos dentro de los 300 días siguientes a la disolución del matrimonio o la separación de cuerpos.

  • El director provincial o el director general del Registro Civil están obligados a inscribir la paternidad del padre presunto en estos casos, a excepción del delito de violación en el que se requiere solicitud de la madre ofendida para que proceda la inscripción.


El hijo o hija que no haya sido reconocido por su padre tiene derecho a exigir judicialmente el reconocimiento de la paternidad. Esta la puede hacer el hijo o hija sólo cuando es mayor de edad, o si se trata de menor de edad o discapacitado, su representación la llevará su representante legal, el Ministerio Público o la Defensoría del Menor.
Establece que la madre de un niño o niña no reconocido puede declarar bajo juramento el nombre del padre ante la auxiliar del hospital o centro de salud o ante la Dirección Provincial del Registro Civil del Tribunal Electoral. Este nuevo punto que se pretende adicionar al Código de la Familia establece los trámites necesarios para hacer la inscripción o reconocimiento administrativo del niño o niña.

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