Convención contra el terrorismo
En la primera sesión plenaria del 3 de junio del año en curso, dentro del Trigésimo Segundo Período Ordinario de Sesiones, la Organización de Estados Americanos aprobó la Convención Interamericana contra el Terrorismo.
Tan trascendental resolución merece especial comentario, en vista de la realidad y asechanza del fenómeno terrorista que, al no respetar fronteras ni soberanías, se ha convertido en cruel fenómeno esencialmente transnacional, cuyo expansionismo se puede apreciar al analizar las noticias que diariamente entregan los medios de comunicación colectiva.
Hacen mal quienes pretenden menospreciar a este flagelo del tiempo contemporáneo. Los que así proceden están impulsados por protervos intereses o son ciudadanos que aún creen que subsiste el Muro de Berlín y que se trata simplemente de un asunto de política internacional, como en los más gélidos años de la Guerra Fría.
Esos perversos o despistados, en ocasiones, influyen en la opinión pública y crean una perjudicial corriente que lleva a debilitar las defensas de la sociedad, cuando lo sensato es tomar las debidas precauciones frente al riesgo, aún más si éste entraña características y efectos devastadores.
No puede haber evidencia más objetiva y estremecedora que lo acontecido en los Estados Unidos, el 11 de septiembre del 2001.
Si se llegó a esos extremos de barbarie, qué puede esperarse, a no ser muerte y destrucción, por parte de aquellos que se nutren de odio y otras prácticas de increíble primitivismo. En esa siniestra latitud de la violencia demencial, ¿cómo olvidar tampoco, entre otras muestras de lesa humanidad en el continente americano, a lo que acontece cotidianamente en la vapuleada República de Colombia o lo sucedido en Argentina, cuando se destruyó los edificios de la Embajada de Israel y de la Asociación Mutual Israelita, cuyos resultados fueron centenares de muertos, miles de heridos y otras nefastas consecuencias?
Reafirmando sus principios y disposiciones, reconociendo que la referida y colosal amenaza vulnera los valores democráticos, la paz y la seguridad internacionales, convencida que el Derecho Internacional constituye el marco apropiado para fortalecer la cooperación hemisférica en la prevención, combate y eliminación del terrorismo, la OEA adoptó la mencionada Convención enmarcada en los más nobles propósitos, en razón de que se orienta hacia la salvaguardia de la vida y de otros substanciales preceptos de la civilización.
El compromiso de cada Estado integrante del alto organismo va a un amplio régimen normativo y de supervisión para los bancos, entidades financieras y otras instituciones consideradas particularmente susceptibles de ser utilizadas para financiar actividades terroristas e identificar, incluso en áreas transfronterizas, registros, transacciones y clientes sospechosos.
En el lavado de dinero, los mafiosos y los violentos tienen sus principales fuentes de financiamiento, de allí la necesidad de cortar esos turbios conductos. Por cierto que se garantiza el movimiento legítimo de capitales.
A fin de detectar blanqueo de dinero sucio, que financia actividades terroristas, cada país establecerá y mantendrá una unidad de inteligencia financiera que sirva como centro nacional para la recopilación, el análisis y la difusión de información relevante que será intercambiada en los niveles nacional e internacional, de conformidad con las condiciones prescritas en el Derecho interno.
Obviamente, el eficaz recurso de la extradición será uno de los mecanismos que ayude eficientemente a la protección de los pueblos para enfrentar la plaga terrorista y aquella que genera el narcotráfico, unidas frecuentemente debido a sus comunes y malignos propósitos, cuales los casos de los narcoterroristas colombianos que se fortalecen económicamente con la cocaína y la heroína y el de la red Al Qaeda (opio), extendida a decenas de países.
Solamente con la recíproca colaboración internacional, sustentada en serios compromisos como los que conlleva la Convención Interamericana contra el Terrorismo, se podrá vencer a los graves factores adversos, como el terrorismo y el narcotráfico, que atentan a la propia supervivencia de la especie humana.
Tan trascendental resolución merece especial comentario, en vista de la realidad y asechanza del fenómeno terrorista que, al no respetar fronteras ni soberanías, se ha convertido en cruel fenómeno esencialmente transnacional, cuyo expansionismo se puede apreciar al analizar las noticias que diariamente entregan los medios de comunicación colectiva.
Hacen mal quienes pretenden menospreciar a este flagelo del tiempo contemporáneo. Los que así proceden están impulsados por protervos intereses o son ciudadanos que aún creen que subsiste el Muro de Berlín y que se trata simplemente de un asunto de política internacional, como en los más gélidos años de la Guerra Fría.
Esos perversos o despistados, en ocasiones, influyen en la opinión pública y crean una perjudicial corriente que lleva a debilitar las defensas de la sociedad, cuando lo sensato es tomar las debidas precauciones frente al riesgo, aún más si éste entraña características y efectos devastadores.
No puede haber evidencia más objetiva y estremecedora que lo acontecido en los Estados Unidos, el 11 de septiembre del 2001.
Si se llegó a esos extremos de barbarie, qué puede esperarse, a no ser muerte y destrucción, por parte de aquellos que se nutren de odio y otras prácticas de increíble primitivismo. En esa siniestra latitud de la violencia demencial, ¿cómo olvidar tampoco, entre otras muestras de lesa humanidad en el continente americano, a lo que acontece cotidianamente en la vapuleada República de Colombia o lo sucedido en Argentina, cuando se destruyó los edificios de la Embajada de Israel y de la Asociación Mutual Israelita, cuyos resultados fueron centenares de muertos, miles de heridos y otras nefastas consecuencias?
Reafirmando sus principios y disposiciones, reconociendo que la referida y colosal amenaza vulnera los valores democráticos, la paz y la seguridad internacionales, convencida que el Derecho Internacional constituye el marco apropiado para fortalecer la cooperación hemisférica en la prevención, combate y eliminación del terrorismo, la OEA adoptó la mencionada Convención enmarcada en los más nobles propósitos, en razón de que se orienta hacia la salvaguardia de la vida y de otros substanciales preceptos de la civilización.
El compromiso de cada Estado integrante del alto organismo va a un amplio régimen normativo y de supervisión para los bancos, entidades financieras y otras instituciones consideradas particularmente susceptibles de ser utilizadas para financiar actividades terroristas e identificar, incluso en áreas transfronterizas, registros, transacciones y clientes sospechosos.
En el lavado de dinero, los mafiosos y los violentos tienen sus principales fuentes de financiamiento, de allí la necesidad de cortar esos turbios conductos. Por cierto que se garantiza el movimiento legítimo de capitales.
A fin de detectar blanqueo de dinero sucio, que financia actividades terroristas, cada país establecerá y mantendrá una unidad de inteligencia financiera que sirva como centro nacional para la recopilación, el análisis y la difusión de información relevante que será intercambiada en los niveles nacional e internacional, de conformidad con las condiciones prescritas en el Derecho interno.
Obviamente, el eficaz recurso de la extradición será uno de los mecanismos que ayude eficientemente a la protección de los pueblos para enfrentar la plaga terrorista y aquella que genera el narcotráfico, unidas frecuentemente debido a sus comunes y malignos propósitos, cuales los casos de los narcoterroristas colombianos que se fortalecen económicamente con la cocaína y la heroína y el de la red Al Qaeda (opio), extendida a decenas de países.
Solamente con la recíproca colaboración internacional, sustentada en serios compromisos como los que conlleva la Convención Interamericana contra el Terrorismo, se podrá vencer a los graves factores adversos, como el terrorismo y el narcotráfico, que atentan a la propia supervivencia de la especie humana.