Corte termina corralito financiero
El 1 de diciembre pasado, el hoy ex ministro de Economía de Argentina, Domingo Cavallo, anunció que, para evitar la fuga de capitales de los bancos ante la imposibilidad de restituir la confianza del sistema financiero, comenzarían a regir a partir del día 3 ciertas medidas, incluyendo una limitación de retiros de cuentas bancarias hasta 250 dólares por persona cada semana por banco, indistintamente de lo pactado con el banco al momento de establecer la cuenta. Luego de la salida de Cavallo, estas restricciones permanecieron vigentes, inclusive validadas a través de leyes aprobadas en diciembre y decretos reglamentarios promulgados tan recientemente como el 21 de enero.
Sin embargo, en un proceso promovido por un depositante en contra del Banco de Galicia y Buenos Aires, S.A. por el no pago al vencimiento de su plazo fijo, la Corte echó para atrás esta restricción. Aunque reconoció la existencia de la crisis económica que enfrenta el país e indicó que "acontecimientos extraordinarios habilitan remedios extraordinarios", dejó claro que dichos remedios están sujetos a revisión constitucional. Al cotejar esta restricción con el derecho a la propiedad privada de la Constitución de 1994 (y citando inclusive el artículo 21 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José), consideró que no se trataba de una "simple limitación a la propiedad sino que, agregada al resto de las medidas adoptadas, coadyuva a su privación y aniquilamiento." El gobierno advierte que el fallo podría causar, a partir de este lunes con el retiro masivo de depósitos, la quiebra del sistema financiero.
Algunos consideran que se trata de una nueva crisis institucional más, en esta ocasión enfrentándose el Organo Judicial y el Organo Ejecutivo, que continuaría empujando al país entero por el despeñadero. Mas sin embargo, las mentes más serenas reconocen que el Organo Judicial tiene un papel que jugar, inclusive en tiempos de crisis, precisamente para preservar el orden constitucional. Si prevalecen estos últimos, ahora le correspondería al Organo Ejecutivo revisar las medidas de emergencia para adoptar unas que respeten los derechos individuales y contribuyan constructivamente a la solución de los problemas coyunturales de Argentina.
Sin embargo, en un proceso promovido por un depositante en contra del Banco de Galicia y Buenos Aires, S.A. por el no pago al vencimiento de su plazo fijo, la Corte echó para atrás esta restricción. Aunque reconoció la existencia de la crisis económica que enfrenta el país e indicó que "acontecimientos extraordinarios habilitan remedios extraordinarios", dejó claro que dichos remedios están sujetos a revisión constitucional. Al cotejar esta restricción con el derecho a la propiedad privada de la Constitución de 1994 (y citando inclusive el artículo 21 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José), consideró que no se trataba de una "simple limitación a la propiedad sino que, agregada al resto de las medidas adoptadas, coadyuva a su privación y aniquilamiento." El gobierno advierte que el fallo podría causar, a partir de este lunes con el retiro masivo de depósitos, la quiebra del sistema financiero.
Algunos consideran que se trata de una nueva crisis institucional más, en esta ocasión enfrentándose el Organo Judicial y el Organo Ejecutivo, que continuaría empujando al país entero por el despeñadero. Mas sin embargo, las mentes más serenas reconocen que el Organo Judicial tiene un papel que jugar, inclusive en tiempos de crisis, precisamente para preservar el orden constitucional. Si prevalecen estos últimos, ahora le correspondería al Organo Ejecutivo revisar las medidas de emergencia para adoptar unas que respeten los derechos individuales y contribuyan constructivamente a la solución de los problemas coyunturales de Argentina.