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Cuestión de ética y moral


Hoy, el constitucionalismo moderno del mundo occidental establece la separación entre el Estado y la religión (cualquiera que ésta sea), el Estado de Derecho y el imperio de la Ley, la igualdad ante la ley de todos los ciudadanos de un país como principio general y salvo raras excepciones; la no discriminación por motivos de raza, religión, ideas políticas, sexo, educación; el derecho y la libertad de expresión (prensa y propaganda) y de obtener información, conocimiento y cultura por parte de cualquier ciudadano; etc., principios éstos que resultaron de la Revolución Francesa, en 1789, con sus ideas de laicismo y secularismo en el manejo del Estado por parte de los gobiernos; de la Francia de los reyes absolutos y despóticos, de pensadores, enciclopedistas y partidarios de la Ilustración, entre ellos, Diderot, Montesquieu, Voltaire, Rousseau, cuyos pensamientos se difundieron luego bajo otros nombres e ideologías como el liberalismo, el neoliberalismo y el capitalismo.
Lo raro es que en Panamá, desde hace varios años, ocurre una clara parcialización, apoyo, financiamiento, ayuda con fondos y bienes del Estado (del cual formamos parte todos los panameños y extranjeros de cualquier religión y partido político) a una religión e iglesia, específicamente, la Iglesia católica-romana, liderada por el Papa en el Vaticano, Roma. Cito, como ejemplo, hechos comprobados y a la vista y oído de todos:
1) La televisora estatal, Canal 11 o Radio y Televisión Educativa, administrada por el Ministerio de Educación, sólo permite espacios religiosos de la Iglesia católica, a pesar de que hay muchas iglesias protestantes y evangélicas, entre otras, que cuentan con personería jurídica y cumplen con las normas constitucionales y legales existentes. Sin embargo, cuando éstas, en forma ordenada, solicitan espacios en dicho canal, los directivos y administrativos reiteradamente se los niegan, aduciendo que no tienen disponibles, aunque sí los haya y los costos de producción corran a cuenta de los interesados y no del Estado.
2) En muchas instituciones del Estado, así como en oficinas y despacho públicos financiados con los impuestos de todos, y en los cuales trabajan panameños que conforme a la ley deben servir a los usuarios nacionales y extranjeros residentes, aparecen "imágenes o estatuas de vírgenes, santos y santas católicos", aduciendo los directores de dichas oficinas públicas que es porque tal director o directora es muy religioso-a o muy católico-a (Pruebas: ir al primer alto del Registro Público de Panamá, en el vestíbulo hay una imagen de una virgen católica; en la Regional de Panamá Centro del Ministerio de Educación, avenida Cuba, en el despacho donde se inscriben los educadores para los seminarios, hay un gran afiche de una virgen o santa católica en la pared; hace unos años, no me consta ahora, en la estafeta de correos de Zona 7 había detrás de las ventanillas una estatua de regular tamaño de una virgen católica; hace unos años también, en el Ministerio de Trabajo, cuando quedaba en la avenida Balboa, dentro de uno de los despachos, había una gran estatua de una virgen católica). Seguramente existen otros lugares que son despachos del Gobierno Central y que no son propiamente capillas, parroquias o pequeñas iglesias católicas, sino simple y llanamente oficinas del Estado. No obstante, aunque la Constitución dice claramente que no habrá fueros ni privilegios por motivo o razón de "religión", algunos funcionarios no toman en cuenta dicha norma constitucional o no existe para ellos, a pesar de que hay gente que se las recuerde y cite públicamente o en privado. Además, históricamente, la Iglesia católica es la única que goza y disfruta de privilegios como donaciones de tierras e inmuebles de propiedad del Estado, más que cualquier otra denominación religiosa debidamente legalizada en Panamá, porque dicen que es la religión mayoritaria de los panameños.
Teóricamente y desde el punto de vista constitucional y legal, las autoridades y la debida aplicación de las leyes nacionales son para el bien común de toda la sociedad panameña, sin distinciones o discriminaciones por motivos políticos, religiosos, raciales, de riqueza o pobreza, de grado educativo y de género.
El editorialista que publicó en este diario, el pasado 5 de febrero, la nota "Cuestión de ética y moral", es consciente de la realidad de los hechos arriba enunciados.
El Reverendo Manuel Ruiz, como cualquier otro pastor o líder de congregación, iglesia o credo religioso, tiene los derechos y libertades constitucionales, que teóricamente deben poseer todos los panameños, y la decisión personal de participar activamente y directamente en la competencia política en la cual estamos inmersos los panameños hoy día; es una decisión personal y es algo entre esta persona y Dios, quien es el que llama, guía, dirige y establece a sus siervos en tal o cual posición, cargo o liderazgo cristiano y/o religioso.
Sé que en la administración pública panameña desde hace mucho tiempo han existido funcionarios claramente identificados con tal o cual religión, incluso algunos egresados o graduados de seminarios católicos para sacerdotes y religiosos católicos, decidieron dedicarse a alguna profesión, ocupación, cargo público de libre elección o nombramiento, y no por ello renunciaron a su religión o iglesia.
La separación entre el Estado y la Iglesia es un principio sano, porque la Iglesia, como cualquier religión, tiene sus objetivos, métodos, fines, planes, propósito y programas propios y característicos de su naturaleza y razón de ser, así como el Estado también tiene los suyos, propios de su naturaleza.
Pero lo anterior, y ligado a las ideas de la Revolución Francesa con el laicismo y secularismo, no significa que a los funcionarios se les prohíba pertenecer y participar en su vida privada con la preferencia religiosa que sea de su agrado y decisión personal, como miembros activos de alguna iglesia cristiana o religión, pero se sabe que constitucional y legalmente cuando actúan como servidores públicos del Estado, deben hacerlo para todos los panameños por igual, sin diferencia o tratamiento discriminatorio de ninguna clase, sólo haciendo lo que la Ley y la Constitución les ordena.
Lo censurable y no ético, en mi opinión, sería que estando en posesión de algún cargo público, el funcionario le diga a los usuarios que les puede o no puede atender dependiendo de cuál es su iglesia o confesión religiosa o a cuál partido político pertenecen, si son de tal o cual raza o etnia; si se es rico o pobre, etc. Esto sí sería inconstitucional, ilegal; iría contra la moral y la ética elemental, muy reprobable y censurable para cualquier hombre o mujer de simple sentido común y de inteligencia normal.

101 años de Panamá América

 
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