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Defectos del Proyecto 40 que intenta derogar la Ley 28


El 21 de diciembre de 1999, dirigentes de Organizaciones de Padres de Familia de todo el país, reunidos en las Oficinas de la Asociación de Padres de Familia del glorioso Instituto Nacional, luego del análisis de El Proyecto de Ley No. 40 presentado por la Ministra de Educación, Doctora Doris de Mata, a la Asamblea Legislativa, en donde se crea la Dirección Nacional de Recursos Humanos y las Comisiones Regionales de Selección de Personal Docente y se dictan otras disposiciones, intentando en esta forma la derogatoria de la Ley 28 de 1997, concluimos en que el mismo presenta los defectos, inconsistencias y debilidades siguientes:
1. Representa a todas luces un retroceso, al proponerse llevar la administración de la educación panameña al estado de situación que se encontraba antes del año 1997, cuando la gestión del Ministerio era caracterizada como centralista y verticalista.
2. El espíritu del proyecto es de naturaleza descentralizadora y reconcentradora del poder, al volver a la integración y vigencia de la Junta de Personal y dejar la toma de decisiones en el despacho superior del Ministerio de Educación, con el cual se le arrebata a las regiones y comunidades la capacidad de participar en el proceso de reclutamiento y selección de los educadores de sus escuelas y en tareas que benefician los aprendizajes de sus hijos.
3. Elimina las Juntas Educativas Escolares, una instancia de participación integrada por el director, padres de familia, docentes y estudiantes, que tiene un papel importante que cumplir en el desarrollo de las escuelas del país.
4. Con la creación de las Comisiones Consultivas Regionales de Educación, se reduce el papel de las actuales Juntas Educativas Regionales a una mera función consultiva, sin responsabilidades en las políticas y decisiones importantes para la buena marcha de la educación en la región.
5. Igualmente, se crean Comisiones Regionales de Selección de Personal en tres regiones escolares, generando una instancia burocrática más, con mayores dificultades para los docentes que realizan sus procesos de reclutamiento y solicitudes de traslados. Tampoco se ha demostrado mediante estudios serios, las razones que llevan a tomar unas regiones y no otras, como sede de estas Comisiones Regionales.
6. Se atenta contra la elección democrática de los miembros de las Juntas Educativas Regionales y Escolares, por sus propios gremios y asociaciones, al pretenderse dejar sin efectos los nombramientos de los representantes de los docentes, padres y madres de familia, líderes de la comunidad y hasta estudiantes. Así mismo, se crean privilegios, pues representantes de algunos sectores se mantendrán en sus cargos, mientras que otros serán dejados cesantes. La Constitución Política de la República de Panamá establece que no habrá fueros o privilegios (Título III Cap I Art. 19).
7. Es violatorio de la Ley, por cuanto la Ley 34 establece que las Direcciones Nacionales que se creen en el futuro, lo mismo que sus objetivos y los requisitos de sus directores, se establecerán mediante decreto. Sin embargo, el proyecto en referencia, pretende elevar a la categoría de Ley una norma que la propia Ley Orgánica establece la forma de promulgarla (Ver parágrafo del Art. 17-A) que dice "La creación de futuras direcciones nacionales se hará mediante decreto, al igual que los objetivos y funciones de las direcciones...")
8. El proyecto en su conjunto, es contrario al espíritu de la Ley Orgánica que establece que "El sistema educativo se desarrollará sobre la base de la descentralización, como estrategia administrativa y proceso de ampliación y modificación de las formas de participación de los diversos agentes en los distintos niveles de gestión del sistema...". Art 9-A.
9. Se propone dejar sin efecto el nombramiento de los actuales Directores Regionales de Educación, que fueron seleccionados mediante concursos, basados en los méritos y antecedentes profesionales, por un período fijo, que finaliza en el año 2003. Esta materia nada tiene que ver con el objetivo de este proyecto y genera una acción de fuerza para destituir a funcionarios que lograron sus cargos de conformidad con la Ley.
10. Envía un mensaje negativo a la comunidad nacional al desconocer el papel que juegan los padres de familia, los docentes y líderes de la comunidad en el desarrollo de la educación en los niveles nacionales, regionales, local e institucional. La participación de los padres de familia. Se ve severamente e injustificadamente lesionada con esta pretensión, desconociendo el derecho que legítimamente les asiste en velar por la educación de sus hijos y propiciar las condiciones, al lado de otros agentes, para lograr aprendizaje de calidad.

101 años de Panamá América

 
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