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Del Tratado de Neutralidad y sus entendimientos, reservas, condiciones y enmiendas


Según los entendimientos, reservas, condiciones y enmiendas que los senadores estadounidenses le agregaron al Tratado de Neutralidad, y fueron aceptados por el general Omar Torrijos H., en su condición de Jefe de Gobierno de la República de Panamá, en 1977; pero que no fueron sometidos en requerimiento plebiscitario a la voluntad del pueblo panameño, "los Estados Unidos de América tendrán el derecho de actuar contra cualquier agresión y amenaza dirigida contra el Canal o contra el tránsito pacífico de naves por el Canal".
La cita es parte de lo que se añadió al artículo IV del Tratado de Neutralidad, y, como para que no hubiese duda, se hizo constar, en el mismo documento, que "los Estados Unidos de América tendrán, independientemente, el derecho de tomar fuerza militar en la República de Panamá" en las circunstancias señaladas. De todo lo cual se infiere que las circunstancias de "agresiones o amenaza contra el Canal", serán determinadas,según la muy particular apreciación del gobierno del país norteño.
Lo más insólito es que, de acuerdo siempre con los referidos entendimientos, reservas, condiciones y enmiendas, el uso de fuerzas militares en Panamá por los Estados Unidos, "no significa ni se interpretará como un derecho de intervención". (A este enunciado se aferran engañosamente los defensores del Tratado de Neutralidad entre nosotros, amén del principio internacional de no intervención, al cual los Estados Unidos le hace caso cuando les conviene o interesa). Entonces, ¿QUE ES INTERVENCION?
Oiga, supóngase que una persona conviene con otra en que esta tiene el derecho de quitarle la vida. Viene este individuo y mata al primero con predemitación y alevosía. El asesino aduce que, al tenor del convenio, su acción no significa asesinato ni debe interpretarse como tal. Se acerca entonces un gran conocedor de las leyes humanas y divinas, y pontifica: "No tenía derecho a quitarle la vida; porque, por encima del convenio, existe la ley de Dios; no matarás". Pero, nadie le hace caso... Dejo al lector el ejercicio mental de hacer el paralelismo entre este caso hipotético y las injerencias del Tratado de Neutralidad.
A propósito, es un error pensar que porque el presidente Bush no invocó el Tratado de Neutralidad en la invasión del 20 de diciembre de 1989, los Estados Unidos no están convencidos de que dicho tratado les da el derecho de usar fuerzas militares en Panamá. Después de todo, el propósito manifiesto en esa invasión fue el aprehender a Noriega y llevarlo a juicio por narcotráfico; no por amenaza o agresión contra el Canal. Independientemente de las invasiones realizadas de hecho por los Estados Unidos, sería llamarse a engaño creer que los estadounidenses se empeñaron por gusto en introducirle al Tratado "entendimientos, reservas, condiciones y enmiendas" de tan prepotente juez. Recuerden, los que siguen durmiendo de ese lado, que el senador Charles H. Perry le consultó al Asesor Legal del Departamento de Estado, el 7 de octubre de 1977, por escrito, si los Estados Unidos "tendrían todavía derecho a intervenir militarmente (en Panamá)", si un nuevo gobierno panameño denunciara el Tratado de Neutralidad después del año 2000. Recuerden que la respuesta (por escrito, también) fue un rotundo sí, con énfasis en que "cualquier intento de parte del gobierno de Panamá, de terminar el Tratado de Neutralidad unilateralmente, no tendría efecto legal, y los Estados Unidos continuarían en posición de ejercer sus derechos amparados en el Tratado". (Julio E. Linares, Tratado Concerniente a la Neutralidad Permanente y al Funcionamiento del Canal, 2ª. Edición, Panamá, 1995, págs. 257 y 258).
Cada vez estoy más convencido de que, más temprano que tarde, debe nuestro gobierno iniciar gestiones para, mediante una negociación justa con los Estados Unidos, lograr quitarnos de encima esa espada de Damocles. Es un tratado que suscita graves controversias; no nos permite denunciarlo; no está sujeto a arbitraje; no admite mediación si en ello no consiente una de las dos partes, y es a perpetuidad.

101 años de Panamá América

 
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