¿Demasiados poderes para la DGI?
Se discute y comenta sobre las facultades adicionales que se le otorgan a la Dirección General de Ingresos (DGI) para poder fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes. Les garantizo que muy pocos saldrán a defender estas medidas, ya que estoy seguro que no comparten el "slogan" que dice: "Un contribuyente que se sienta fiscalizado tributa mejor". Quiero resaltar la palabra "sienta", porque este elemento es necesario para poder fomentar el cumplimiento voluntario por parte de todos lo que deben declarar y ejercer su derecho de pagar el menor impuesto sobre la renta posible. Ojo, esto no significa evasión, que en nuestro medio no es un delito, pero sí una falta.
Se ha externado que las medidas punitivas resultantes de situaciones violatorias al Código Fiscal debieran ser incluidas en el Código Penal y de competencia del Órgano Judicial. No sé si los que piensan así han evaluado el impacto que esto tendría, ya que, según algunos abogados, tipificarlo como delito abriría una puerta para que Panamá, a través de los tratados internacionales suscritos en materia penal, quedara expuesta a intercambiar información relevante al tema tributario, que ahora no lo está, pues no ha suscrito ningún tratado sobre el intercambio de información financiera. Según algunos entendidos, esto afectaría enormemente la forma en que internacionalmente se utiliza a Panamá para hacer negocios.
Una medida como solución permanente para este tema sería la implementación del Código Tributario, proyecto que se inició hace muchos años y que existe un borrador que puede servir de base para la elaboración de un documento final. Se habla también de la creación de Tribunales Tributarios fuera del ámbito del Órgano Judicial, además de una entidad que le otorgue autonomía e independencia a la DGI. Dicho todo esto, el Estado puede elaborar una agenda que logre que estas aspiraciones se conviertan en realidad y nos acerquemos más a la equidad tributaria que se pretende.
Volviendo ahora a la realidad práctica, se requiere introducir en las reformas que se debaten, disposiciones que vayan a tono con los poderes adicionales que se le otorgan a la DGI. Siendo un férreo creyente de la educación y capacidad técnica, sugiero que se modifiquen los actuales requisitos para ocupar los cargos de director general, subdirector general y administradores provinciales.
Para ocupar esos cargos, el funcionario deberá haber obtenido y mantener vigente la idoneidad profesional para ejercer como Contador Público Autorizado (CPA) o como abogado, y haber inscrito su título universitario en las instancias señaladas por la ley. El nivel educativo sería complementado con requisitos de experiencia obtenida mediante el ejercicio de la profesión respectiva durante siete años para unos y cinco para los administradores, con mínimos de edad, y definitivamente que sea panameño de nacimiento para curarnos en salud de que no nos vayan a nombrar a uno de los asesores terroristas que deambulan por los predios. No pretendamos que estos requisitos mínimos van a ser la panacea, pero contribuirían a proyectar un aspecto de profesionalismo en la DGI. Espero no tener que retractarme de esta sugerencia, ya que los requisitos en sí no son garantía de nada y para muestra, esos ciertos magistrados de la Corte Suprema de Justicia que ocupan indignamente su cargo.
El otro elemento que se requiere, está orientado a garantizar la calidad de la información que presentan los contribuyentes al fisco, complementada por un trabajo profesional que realiza el CPA que firma la declaración de rentas. Esto se puede lograr estableciendo un marco de referencia de normas de información financiera y de guías de auditoría para que los contribuyentes, los profesionales y el fisco sigan las mismas reglas del juego.
(jorge@obediente.net)
La propuesta formulada y propagandizada por el gobierno de Martín es similar a la del gobierno de Mireya: una reforma tributaria "invisible", con el propósito de que olvidemos las realidades de las desigualdades imperantes y de los privilegios rampantes y, entonces, cuando la reforma se haga visible... viene el golpe.
Y volverán a haber muchos que desaparecerán, no como los desaparecidos por la dictadura, pero sí como contribuyentes unos y como gente, otros. Entre olvidadizos y olvidadores, este será un país que seguirá sin buenos frutos. Un país de privilegios y privilegiados, pero sin ciudadanos.
Se ha externado que las medidas punitivas resultantes de situaciones violatorias al Código Fiscal debieran ser incluidas en el Código Penal y de competencia del Órgano Judicial. No sé si los que piensan así han evaluado el impacto que esto tendría, ya que, según algunos abogados, tipificarlo como delito abriría una puerta para que Panamá, a través de los tratados internacionales suscritos en materia penal, quedara expuesta a intercambiar información relevante al tema tributario, que ahora no lo está, pues no ha suscrito ningún tratado sobre el intercambio de información financiera. Según algunos entendidos, esto afectaría enormemente la forma en que internacionalmente se utiliza a Panamá para hacer negocios.
Una medida como solución permanente para este tema sería la implementación del Código Tributario, proyecto que se inició hace muchos años y que existe un borrador que puede servir de base para la elaboración de un documento final. Se habla también de la creación de Tribunales Tributarios fuera del ámbito del Órgano Judicial, además de una entidad que le otorgue autonomía e independencia a la DGI. Dicho todo esto, el Estado puede elaborar una agenda que logre que estas aspiraciones se conviertan en realidad y nos acerquemos más a la equidad tributaria que se pretende.
Volviendo ahora a la realidad práctica, se requiere introducir en las reformas que se debaten, disposiciones que vayan a tono con los poderes adicionales que se le otorgan a la DGI. Siendo un férreo creyente de la educación y capacidad técnica, sugiero que se modifiquen los actuales requisitos para ocupar los cargos de director general, subdirector general y administradores provinciales.
Para ocupar esos cargos, el funcionario deberá haber obtenido y mantener vigente la idoneidad profesional para ejercer como Contador Público Autorizado (CPA) o como abogado, y haber inscrito su título universitario en las instancias señaladas por la ley. El nivel educativo sería complementado con requisitos de experiencia obtenida mediante el ejercicio de la profesión respectiva durante siete años para unos y cinco para los administradores, con mínimos de edad, y definitivamente que sea panameño de nacimiento para curarnos en salud de que no nos vayan a nombrar a uno de los asesores terroristas que deambulan por los predios. No pretendamos que estos requisitos mínimos van a ser la panacea, pero contribuirían a proyectar un aspecto de profesionalismo en la DGI. Espero no tener que retractarme de esta sugerencia, ya que los requisitos en sí no son garantía de nada y para muestra, esos ciertos magistrados de la Corte Suprema de Justicia que ocupan indignamente su cargo.
El otro elemento que se requiere, está orientado a garantizar la calidad de la información que presentan los contribuyentes al fisco, complementada por un trabajo profesional que realiza el CPA que firma la declaración de rentas. Esto se puede lograr estableciendo un marco de referencia de normas de información financiera y de guías de auditoría para que los contribuyentes, los profesionales y el fisco sigan las mismas reglas del juego.
(jorge@obediente.net)
La propuesta formulada y propagandizada por el gobierno de Martín es similar a la del gobierno de Mireya: una reforma tributaria "invisible", con el propósito de que olvidemos las realidades de las desigualdades imperantes y de los privilegios rampantes y, entonces, cuando la reforma se haga visible... viene el golpe.
Y volverán a haber muchos que desaparecerán, no como los desaparecidos por la dictadura, pero sí como contribuyentes unos y como gente, otros. Entre olvidadizos y olvidadores, este será un país que seguirá sin buenos frutos. Un país de privilegios y privilegiados, pero sin ciudadanos.