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Derecho de acera


Es tal la falta de aceras que llega a parecernos que su ausencia es normal y hasta legal. Pues no. Cada dueño de lote o edificio debiera ser obligado a proveer y mantener libre la sección de acera frente a su propiedad, guardando uniformidad y las medidas reglamentarias, sin solución de continuidad, sin interrupciones por maleza o un cerro de arena o piedras o un vehículo estacionado sobre su espacio.

De ninguna manera el peatón debe verse forzado a echarse a la calle o a exponerse a recibir un golpe de un objeto caído desde lo alto de un edificio en construcción. Se debe respetar al ciudadano el derecho de acera, igual que a los conductores de vehículos el de tránsito por las vías públicas.

Es cuestión de que las autoridades municipales y locales hagan cumplir las normas, citando a los propietarios de heredades y conminándolos a cumplir y respetar el derecho de acera que corresponde a todos los ciudadanos. Y, obviamente, en aquellos casos de lotes baldíos, sin dueño particular, corresponde a las autoridades públicas, locales, municipales o nacionales, construirlas y conservarlas.

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