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Derecho penal y política pública


DICEN QUE UNO solo puede criticar, verdaderamente, lo que uno mismo es. Este es en mi opinión un sentido superior de la crítica. Criticar algo es conocerlo a fondo, establecer sus linderos, e ir más allá. O por lo menos intentarlo. Fracasar en el intento es como colocarse de puente, o peldaño, para que otros logren el tránsito deseado. Una crítica apropiada siempre se construye desde adentro.
Criticar no significa aquí rechazar simple y llanamente, oficio favorito de los que dicen que hacen política cuando se la pasan criticando a sus adversarios, que, por supuesto, no son como ellos, a pesar de que en el fondo se parecen mucho.
Para los abogados, los que obtuvieron una licenciatura en Derecho, el derecho es la ley y, por eso, para cambiar el derecho hay que cambiar la ley. Esa es la regla general. Así, si no hay cambios en las normas, para el abogado promedio, no hay cambios en el derecho. Pero, en la realidad, el derecho ha ido evolucionando lentamente, porque se han modificado las prácticas, las valoraciones, los comportamientos y las percepciones.
Hago esta reflexión en el contexto de la fase inicial de la reforma penal, porque he visto y he sido parte de cómo los abogados nos pasamos mucho tiempo debatiendo sobre la ley, sobre el texto de la ley, y muy poco sobre la gente que necesita conocer la ley y comportarse de acuerdo a lo que la ley establece, y sobre los recursos que se requieren para que la ley cobre vida en la sociedad. Y cuando digo gente no me refiero solo a los particulares. Incluyo también a las autoridades, porque el hecho de que sean autoridades no significa que automáticamente conocen la ley y saben qué es lo que significa su texto.
Mucho me ha tocado ver a autoridades que no entienden la ley que están llamadas a aplicar y, en vez de buscar mejorar la comprensión de los textos para reorientar su actuación, se embarcan en propuestas de reformas que buscan ajustar la ley a sus necesidades más inmediatas como funcionarios. Digámoslo sin ambages: la ley le pertenece a los ciudadanos, no a los funcionarios, y toda ley que busque beneficiar a los funcionarios en tanto funcionarios es, de por sí, una ley perversa.
Reconociendo los errores y limitaciones que puedan contener, pienso que los anteproyectos de Código Penal y Procesal Penal son una respuesta probable a un proyecto de modernización de la justicia, y no ignoro que puede haber otras respuestas posibles. Por eso la comisión legislativa correspondiente ya ha establecido una agenda para la consulta ciudadana. La elaboración de estos documentos fue solo un primer paso inicial, un primer tramo de una larga carrera, de un proceso que debe atravesar por muchas etapas.
Indiscutiblemente, los marcos normativos son importantes y su discusión no puede ser reemplazada o soslayada. Pero pienso que muchas veces nos falta en la discusión el enfoque más global de lo que significa un cambio en el derecho. Para lograr este enfoque hay que pasar de la discusión sobre la ley, al diálogo sobre la política pública.
El derecho requiere de espacios construidos socialmente y eso solo se puede hacer mediante una intervención pública planificada, que opere mediante recursos previamente asignados por agencias estatales, y apele a los valores ciudadanos y altere las percepciones sociales (tanto las de los individuos como las de los medios). Hay una palabra sencilla para apoyar esa intervención y otra, que es una falacia, para cerrar el espacio. La palabra sencilla es educación, la falacia tiene por nombre capacitación.
Cuando se proceda a la implementación de la reforma penal podemos tomar la gran vía de la educación, o podemos tomar el atajo de la capacitación. El atajo es en realidad un extravío, porque la capacitación es una hacer que no necesita de un nuevo espíritu orientador.
La vía de la educación supone que hay que formar juristas, me atrevería a decir una nueva clase de abogados penalistas. Que hay que fomentar una nueva mentalidad en el derecho, en cómo se practica el derecho, cómo se ejerce la autoridad. Hay que saber, por ejemplo, para qué cosas el derecho ofrece una respuesta. Y hay que aprender que el derecho no tiene una respuesta para todo.
Cuando hablamos del derecho penal, invocamos una herramienta que tiene un uso todavía más selectivo que el derecho en general. Son muy pocos los malestares sociales que pueden realmente resolverse mediante el derecho penal, e irónicamente no son pocos los que podría generar su abuso.
Un uso adecuado del derecho penal implica que el Estado ha diversificado sus respuestas y que la gente (y las autoridades) las conocen y las aceptan. En cierto sentido, la reforma penal debe generar cambios en el entorno institucional, porque si ese entorno no reacciona favorablemente, entonces el sentido y la finalidad del proyecto podrían caerse.
Hay mucho que explicar, muchas orientaciones que dar. No se trata de dejar caer algunos nombres porque así no se habrá ganado nada. No hay que mencionar demasiado a Ferrajoli, porque no faltará quien diga que este señor es italiano y no se puede trasladar para acá. Tampoco hay que abusar de la mención fría de los conceptos, porque si uno se intenta apoyar en el núcleo garantista del cambio propuesto, alguien dirá que eso del garantismo funciona en el clima templado de las estepas europeas, pero no en las tierras cálidas de bosques húmedos tropicales. Hay que evitar a toda costa que estas sean las argumentaciones para descalificar la reforma.
Los diputados tienen la misión de mantener la altura del debate, pero dependerá de la calidad de la participación ciudadana lo que finalmente se logre avanzar. En el fondo, lo que se está reformando es la sociedad.

101 años de Panamá América

 
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