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El ajuste salarial por inflación


El 26 de junio de 2008, la Asamblea Nacional aprobó en primer debate un proyecto ley que procura ajustar los salarios con el nivel de la inflación que se registre en el país. Este ha sido divulgado como Indexación Salarial y consta de cuatro elementos sustanciales: Primero, establece la inflación en base al índice anual de precios de la canasta básica alimentaria oficial. Segundo, el ajuste salarial abarcaría a todos los asalariados del país, y también a los pensionados y jubilados. Tercero, el marco temporal para aplicar tal ajuste sería en forma anual, al inicio de cada año calendario en relación con la inflación del año anterior. Y, cuarto, la responsabilidad de gestión institucional se le asigna a la tripartita Comisión Nacional de Salario Mínimo, ntegrada por delegados de los sectores empresarial, laboral y gubernamental con la participación adicional de otras tres entidades públicas afines a tal quehacer, como son: Estadísticas y Censos de la Contraloría General de la República, el Ministerio de Economía y Finanzas, y la Autoridad de Protección Al Consumidor y Defensa de la Libre Competencia.

Tal proyecto platea interrogantes difíciles de abordar y resolver. Al menos tres llaman la atención. En primer lugar, no se consideran otros indicadores inflacionarios que tiene mayores impactos sobre el poder adquisitivo de los trabajadores panameños que la canasta básica. En ese sentido, más importante sería estructurar un índice combinado que incorpore elementos de los índices de precios al por mayor y de importación que, como cuestión de fondo, resultan ser más importantes para el ajuste buscado, pues cubren una mayor cantidad de bienes y servicios indispensables.

Lo segundo es relativo a extender la cobertura incorporando a los jubilados y pensionados al propuesto régimen de ajuste salarial. Generalmente, la política salarial es atinente a trabajadores y producciones activas lo que permite el traspaso de los costos del ajuste a los precios de venta al mercado y, además, con los efectos multiplicadores se viabiliza las estabilidades de las empresas y las finanzas públicas.

La regulación de pensiones y jubilaciones no sólo es un asunto independiente, sino que incluirlas debilita la viabilidad del ajuste, toda vez que obliga replantear regulaciones más complejas, que se trasladan al marco de la seguridad social y las finanzas públicas. Tampoco queda muy claro el destino final de algunas políticas laborales importantes hoy vigentes, como son: las negociaciones de contrataciones colectivas; la fijación del salario mínimo oficial; y el cumplimiento de aumentos salariales pactados entre el Estado y diversos gremios profesionales.

En Panamá, en los últimos años, están ocurriendo diversas manifestaciones de inflación que, con raíces internacionales y locales, deterioran constantemente el poder adquisitivo de los trabajadores.

El movimiento obrero organizado con claridad y paciencia ha vendido planteando sus demandas al respecto. El empresariado local, si bien debe actuar con cautela, también debe comprender que ya es innegable un aumento salarial general que al menos recupere el deterioro de los años 2005-08; ajuste que también les beneficiaría con la expansión del mercado interno y el mayor crecimiento.

Sabido es que se trata de una legislación extraordinaria y como tal debe ser tratada. Lo ideal es que el Estado organice y proponga metas nacionales que viabilicen y legitimen la programación de políticas laborales y salariales de largo alcance. Así no es la realidad aquí y la nación aún carece de los enfoques y consensos desarrollistas para ello. Una legislación basada en enfoques cortoplacistas, parcializados y utilitaristas sólo traerá más complicaciones.

Ciertamente, no debe evadirse el tema y su debate nacional, pero hay que abordarlo con enfoques integrales, socio-económicamente equilibrados y con alcances de largo plazo. A mi juicio, ese es el camino real o seguro.

101 años de Panamá América

 
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