El Artículo 9 de la Ley 42 de 2007
La Ley 42 de 2007, por medio de la que se reformaron las leyes 14 de 1993 sobre el Transporte Público de Pasajeros y la 34 de 1999, sobre el tránsito y transporte terrestre, fue producto de las presiones de algunos grupos organizados de usuarios del transporte público de pasajeros y de los medios de comunicación social de todo tipo, como consecuencia de la tragedia del 23 de octubre de 2006, que no deja todavía de mantener sacudida a la conciencia nacional. Lo anterior, la muerte horrenda de 18 de los mas de un millón de panameños que desafortunadamente tienen que usar a diario, las trampas de muertes que llamamos buses, que murieron consumidos por las llamas, cuando uno de esos se incendió por negligencia e imprudencia de su dueño y de su conductor y también de un sistema, que ha colapsado.
Tan pronto se conoció la tragedia, el entonces presidente de la república públicamente dio instrucciones a los funcionarios de su gobierno competentes en la materia de tránsito y transporte, para que se tomaran las medidas necesarias para acabar de una vez por todas con el fracasado sistema de transporte público de pasajeros, que desde la dictadura militar hasta la fecha, ha causado tanto luto dolor y sufrimiento al sufrido pueblo panameño. Esos funcionarios fueron incapaces de cumplir con el trabajo que se les encomendó, porque a la fecha, a punto de cumplirse tres años de la horrenda tragedia, nada ha cambiado.
En nuestra opinión no fue la mejor ley, los diputados de la Asamblea Nacional, así lo quisieron, pero por lo menos creó una posibilidad para que, algún gobierno con los pantalones bien puestos y que de verdad quiera un “cambio”, pueda comenzar a acabar con la anarquía en que vive la clase transportista de nuestro país.
El párrafo segundo del artículo 9 de la citada ley 42, que modifica el artículo 36 de la ley 14 de 1993, faculta a la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre, para cancelar, en cualquier momento, los certificados de operación o los cupos cuando, entre otras causales, se produzca la suspensión parcial o total del servicio sin causa justificada. Es decir lo que hicieron muchos transportistas el pasado martes 11 de agosto, porque no se hace lo que a ellos les da la gana. En el pasado gobierno se presentó en varias ocasiones ésta causal, pero las autoridades competentes miraron para otro lado. Estamos seguros que con el gobierno de el “cambio”, no sucederá lo mismo, porque en cada ocasión en que se anuncia o se produce un paro del transporte, se atenta contra la Seguridad Nacional.
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