El Corredor Sur y las concesiones administrativas
La conclusión de los trabajos del Corredor Sur es oportuna para señalar algunos infortunios del proceso de licitación y ejecución de la obra que deben servir de lección para futuros proyectos de infraestructura bajo la modalidad de concesión administrativa. En primer lugar, hay que recordar no hubo mayor interés de inversionistas ya que la concurrencia fue pobre. Sólo cuatro empresas precalificaron para la construcción del Corredor Sur y luego de declararse desierta la primera convocatoria, en la segunda sólo se presentaron el consorcio mexicano-costarricense Meco, Santa Fe y Gutsa y la mexicana ICA.
Las propuestas resultaron disímiles ya que el pliego de cargos estaba plagado de generalidades. La comisión evaluadora de las propuestas, integrada por los funcionarios del Ministerio de Obras Públicas y profesionales independientes, favoreció a ICA, decisión que fue fuertemente criticada ya que la propuesta de dicha empresa estaba condicionada a que se garantizara el tránsito de vehículos, cosa que no estaba contemplada en el pliego y era contraria a la ley. Al adjudicarle el acto público a ICA, la comisión evaluadora hizo caso omiso a la condición de ICA, quedando también excluida del contrato firmado en agosto de 1996.
La propuesta original de ICA partía de la vía Aquilino de la Guardia hacia la vía Cincuentenario, para luego llegar hasta Tocumen vía la Ernesto T. Lefevre, Chanis, y Las Acacias. Tres años y medio después concluye la obra principal, es decir, el Corredor Sur, pero por un recorrido y con unas estructuras y facilidades distintas a lo originalmente planteado. Aunque el contrato de concesión contempla un incremento en los rellenos marinos originalmente previstos en caso de que se excediesen las indemnizaciones requeridas por las expropiaciones de tierras para la construcción de la vía (cosa que en efecto ocurrió), el mismo no estipula las consecuencias por los cambios en el recorrido y otros ajustes estructurales. Por lo tanto, el gobierno ahora tendrá que conceder más rellenos y negociar las implicaciones de los ajustes adicionales.
Finalmente, hay que señalar que todavía queda por comprobarse que el pago de los peajes pactados y el desarrollo urbanístico denominado Punta Pacífica, resultarán suficientes para resarcir a la constructora ICA Panamá S.A. por sus inversiones en el proyecto del Corredor Sur. Sólo con el transcurrir del tiempo se sabrá las consecuencias en caso que resulten insuficientes. En fin, para futuras obras que utilicen la modalidad de concesión administrativa habrá que definir mejor los términos y condiciones para su realización, para así evitar los inconvenientes que enfrentados y que sin duda enfrentaremos en el caso ICA.
Las propuestas resultaron disímiles ya que el pliego de cargos estaba plagado de generalidades. La comisión evaluadora de las propuestas, integrada por los funcionarios del Ministerio de Obras Públicas y profesionales independientes, favoreció a ICA, decisión que fue fuertemente criticada ya que la propuesta de dicha empresa estaba condicionada a que se garantizara el tránsito de vehículos, cosa que no estaba contemplada en el pliego y era contraria a la ley. Al adjudicarle el acto público a ICA, la comisión evaluadora hizo caso omiso a la condición de ICA, quedando también excluida del contrato firmado en agosto de 1996.
La propuesta original de ICA partía de la vía Aquilino de la Guardia hacia la vía Cincuentenario, para luego llegar hasta Tocumen vía la Ernesto T. Lefevre, Chanis, y Las Acacias. Tres años y medio después concluye la obra principal, es decir, el Corredor Sur, pero por un recorrido y con unas estructuras y facilidades distintas a lo originalmente planteado. Aunque el contrato de concesión contempla un incremento en los rellenos marinos originalmente previstos en caso de que se excediesen las indemnizaciones requeridas por las expropiaciones de tierras para la construcción de la vía (cosa que en efecto ocurrió), el mismo no estipula las consecuencias por los cambios en el recorrido y otros ajustes estructurales. Por lo tanto, el gobierno ahora tendrá que conceder más rellenos y negociar las implicaciones de los ajustes adicionales.
Finalmente, hay que señalar que todavía queda por comprobarse que el pago de los peajes pactados y el desarrollo urbanístico denominado Punta Pacífica, resultarán suficientes para resarcir a la constructora ICA Panamá S.A. por sus inversiones en el proyecto del Corredor Sur. Sólo con el transcurrir del tiempo se sabrá las consecuencias en caso que resulten insuficientes. En fin, para futuras obras que utilicen la modalidad de concesión administrativa habrá que definir mejor los términos y condiciones para su realización, para así evitar los inconvenientes que enfrentados y que sin duda enfrentaremos en el caso ICA.