El Estado de Derecho: Democrático-Constitucional
El Estado de derecho, vino a representar un extraordinario avance cuando se le compara con el medioevo, que daba cuenta de un estado balcanizado, fragmentado y que respondía a núcleos de intereses fraccionados y en una etapa superior, a un estado controlado por formas absolutista de control y ejercicio del poder. La Revolución Francesa dio forma a una nueva forma de estado, pletórica de un plexus axiológico, que resaltaba como valores supremos, la libertad, la igualdad y la fraternidad. En este contexto histórico, el estado reivindica para así, como nota distintiva, para algunos, ficción jurídica, el de presentares, ya no respondiendo a intereses particulares, sino como interlocutor y representante de los intereses generales de la sociedad. Con la revolución francesa , se abre el camino para constitución del estado sustentando en la normas legales y con la revolución norteamericano, en normas supremas consagradas en una carta fundamental, La evolución continua, al estado de naturaleza liberal-individual, se sobrepone un estado que se dota de una carta de naturaleza social , fundamentalmente bioética, que prioriza la dignidad e integridad del ser humano
En ese sentido, el Estado de derecho. Constitucional, es garantía de libertad , derechos sociales y certeza jurídica, de que el orden normativo , tiene que ser fuente de paz, sosiego y respeto a la democracia. Con relación a esta temática, el orden jurídico, sustentado en la herencia francesa de la seguridad legal, ha devenido insuficiente para los lograr la concreción de valores fundamentales para la convivencia humana., sobre todo cuando esa legalidad, viene perforada de ilegalidad, de derecho arbitrario, que como tal, no es derecho. Soy partidario de la corriente doctrinal, que apunta a señalar que la Constitución por si misma es vinculante
El orden jurídico y normativo, se sustenta en columnas , que no pueden ser vulneradas por el legislador, verbigracia, como aquella, de que las leyes, en su retroactividad no pueden afectar derechos adquiridos o la que señala que una ley no puede elevar a tipo penal, una conducta anterior o la que señala que los funcionarios públicos sólo pueden hacer lo que la ley lo manda hacer. Hay muchos otros, de la cuales no se puede prescindir, ya que constituyen condiciones necesarias para la existencia de un Estado de derecho, sobre todo si se califica como democrático y constitucional.