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El honor en tiempos de cólera


El Procurador José Antonio Sossa ha aseverado repetidamente que el honor de los ciudadanos es sagrado para él. Sus razones tendrá para ser tan sensible al tema del honor, pero en la clara luz de la lógica es incomprensible cómo se puede tomar acción legal, inclusive mandar alguien a la cárcel, en base a algo tan subjetivo como lo es el honor. Por ejemplo, si a Ud. le roban algo, debe dar a las autoridades competentes detalles de lo que afirma le han sustraído. Si es un auto, debe dar la marca, año, modelo y placa. Todo lo anterior es objetivo. Pero el honor es un concepto abstracto. No se puede comprobar su existencia objetiva porque tiene por lo menos dos caras: la apreciación de su propio honor que tiene una persona y la opinión de esa persona que tengan otros.
Veamos el siguiente caso. La reputación del presidente Guillermo Endara estaba por el suelo cuando demandó al caricaturista Joaquín Carrasquilla en 1991. Daba lástima escuchar la ola de chistes que recorría el país, ridiculizando al mandatario. Es más, como desde su primer mes en el poder la imagen pública del mandatario estaba en entredicho, ofrecí en Panamá algunas versiones que daba la ciudadanía para explicar su comportamiento. La demanda contra el caricaturista fue retirada por el mandatario después de que éste aseguró que no tuvo intenciones de calumniar al gobernante, de injuriarlo ni de dañar su reputación. Pero en ese momento la reputación de Endara estaba muy mal parada. Si el caso hubiera llegado a un tribunal, ¿en base a cuál apreciación de la honra del presidente hubiera decidido el juez?
Otro caso es de Ernesto Pérez Balladares, hasta ahora el mandatario más propenso a entablar demandas por calumnia e injuria. Personaje destacado en la dictadura de los militares y sus socios civiles, fue severamente cuestionado en relación con escándalos pasados e incidentes suscitados durante su administración. Inclusive se asegura que Estados Unidos no le permite la entrada. Aunque no se puede afirmar que era o es poseedor de un honor generalmente reconocido, según mis cuentas ha presentado por lo menos 19 demandas relacionadas con su honor desde que asumió la presidencia en 1994.
Además de que el honor es un concepto subjetivo, no se debe proceder legalmente en base al honor de un funcionario porque éste tiene la obligación de responder a los cuestionamientos que se le hacen en cuanto a su desempeño como servidor público. He usado el título de un libro de García Márquez para enfatizar que todo funcionario vive "en tiempos de cólera" porque aceptar un cargo en el gobierno es aceptar la responsabilidad de responder ante el pueblo que paga su salario y comprender que se le harán críticas en el desempeño de sus funciones. El hecho de que algunas críticas debieran ser presentadas en una forma más ecuánime, usando mayor cuidado con las expresiones vertidas, no absuelve al funcionario de su responsabilidad de responder a tales cuestionamientos, ni le otorga el derecho de castigar con una demanda a quien lo cuestiona. Se da el caso también de que funcionarios dados a presentar demandas en defensa de su honor -por ejemplo Endara, Pérez Balladares y Sossa- han denigrado a sus críticos de una forma improcedente.
Mi estudio de las demandas por calumnia e injuria presentadas por funcionarios desde marzo de 1994 a marzo de 2002 comprueba que todas se relacionan con cuestionamientos que les han hecho con respecto al desempeño de sus labores como servidores del Estado. En el período mencionado presentaron demandas: tres presidentes, tres magistrados de la Corte Suprema, un procurador de la Nación, una procuradora de la administración, dos ministros y un viceministro, un contralor, 11 legisladores, un diputado del Parlamento Centroamericano, un embajador, cuatro alcaldes, un gobernador, un director de la Policía Nacional, tres funcionarios de la PTJ, un jefe de la Interpol, dos funcionarias del Sistema Penitenciario, un director de la Caja de Seguro Social, un director del INAC, dos funcionarios del MIDA y dos tesoreros municipales. Como hubo una tendencia por parte de algunos funcionarios de presentar múltiples denuncias -principalmente un presidente, un procurador y una alcaldesa- a por lo menos 103 asciende la suma de las demandas. El trámite legal de estas 103 demandas no sólo ha costado al erario una fortuna difícil de calcular, sino que ha dado lugar a repetidos abusos del poder y presiones intolerables sobre fiscales y jueces.
Con las demandas por calumnia e injuria que pretenden defender un concepto abstracto cuya existencia objetiva es imposible comprobar, los funcionarios obstaculizan la administración de justicia en un país en el cual la mitad de los reclusos han perdido su libertad sin ser juzgados. Hacen uso de la ley para perpetuar actitudes dictatoriales e inhiben el diálogo y la crítica que son esenciales a una democracia. Lejos de mantener el respeto por las autoridades y las instituciones de la Nación, las demandas presentadas por funcionarios en defensa de un supuesto honor desacreditan al Gobierno ante la opinión pública nacional e internacional.
(bperez@swcp.com)
Finalizo este artículo de opinión, recordando otro fallo de la Corte Suprema de Justicia, expedido el 19 de febrero de 1993 sobre el tema de libertad sindical: "... todo derecho propiamente tal, supone por parte de su titular, la facultad de su ejercicio (aspecto positivo), como la facultad de abstenerse de ejercitarlo (aspecto negativo)... no siendo posible... que la ley establezca mecanismos de sindicación forzosa, porque devendría en inconstitucional".
(rperez@sinfo.net)

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