El PDC y PRD eran y son socios
En todos los medios, los analistas que apoyan el pacto entre el dúo familiar Yanes-Arias Calderón/Arosemena y los legisladores del PRD, pretenden vendernos la historieta que se trata de uno loable entre enemigos tradicionales para desinfectar de rencores e higienizar la Asamblea. Lo cierto es que habrán sido enemigos en apariencia y verbo demagógico, pero socios en las mañosidades que mayormente han beneficiado al PRD y concedido ñapa del poder al PDC.
La historia de la asociación de marras entre el PDC y PRD se remonta a 1983 cuando el ilustre jurisconsulto y demócrata Dr. Arnulfo Escalona Ríos, recurre al presidente De La Espriella para que vete la fórmula fraudulenta que habían aprobado los braceros diestros de la FFDD en el Consejo Nacional de Legislación. Como resultado de la gestión del Dr. Escalona, se logró instituir una fórmula racional y matemática para el reparto proporcional de escaños en los circuitos plurinominales. Sin embargo, no fue aplicada en las elecciones de 1984 por designio del Estado Mayor, a ello colaboró el PDC que, como expertos del maniqueísmo, protestaba el fraude presidencial a toda voz, mientras se aprobaba, tras cuerda, el deleznable acuerdo de sala 102, para asegurar un par de curules al PDC a cambio de permitirle un montón de ilegítimas al PRD.
En 1988 los braceros diestros del militarismo, modificaron el ordinal concerniente al reparto por el segundo residuo (el primero es por el 1/2 cuociente) con una fórmula aberrante que decía restar los votos cuando realmente recontaba e inflaba. Me ahorro analizar la fórmula de marras, pues su tinte demencial impide prestarle raciocinio. Solamente el trío del TE podría explicar cómo aplicaron tan descabellada fórmula en la adjudicación de escaños en 1990.
En 1993, el entonces legislador Camilo Brenes - creyendo ilusamente que el PDC, por los resultados de la coaccionada elección de 1989, era ya un partido de mayoría - propone y logra modificar el ordinal 4 del artículo 282 del Código Electoral, concerniente al reparto por residuo del mecanismo universal del cuociente electoral o del mayor residuo. La inconstitucional y fraudulenta fórmula de Brenes permitía que en el reparto por la última ronda del segundo residuo se simularán los votos válidos a los partidos, que son equivalentes al número de votantes, substituyéndolos por las preferencias a los candidatos que se destinan, de acuerdo al método de votación instituido de voto único a lista partidista cerrada y preferencias no bloqueadas de candidatos, al reordenamiento de la precedencia determinada por el partido en la papeleta, para así proclamar al candidato que representaría el escaño adjudicado al partido. La fórmula desvaliosa de Brenes benefició al PRD en 1994 con 11 escaños ilegítimos, mientras que su PDC descubrió que era un partido de minoría extrema cuando se tuvo que conformar con un escaño en el más pudiente de los circuitos.
Hay no quedó todo, el nuevo presidente elegido por la decisión de 32 de cada 100 panameños, además de premiar a los magistrados del TE con los nombramientos de sus cónyuges, también designa al PDC Sossa como procurador para compensarlo de la curul que le correspondía en el 8-7 y donada a Weber y a una connotada PDC en Embajada. Ante demanda enclenque de inconstitucionalidad de un candidato PRD contra dos resoluciones del TE, el procurador Sossa la refutó en una vista plagada de falsedades. No hubo protesta del PDC, cuyo dictatorzuelo es de todos conocidos ha salido hoy en defensa disimulada de la medida de encarcelamiento vs periodista de El Siglo, cuando en charla extensa y desconsiderada para agenda de la reunión en el Salón Bolívar, le comunicó al observador de la OEA que estaba a favor de la cárcel por los delitos vs el honor.
La aplanadora ilegítima del PRD, volvió a modificar el ordinal, pero añadiéndole frases que fortalecen su carácter fraudulento. Fue así que en los de 1999 lograron de 9 escaños ilegítimos. Mientras el filósofo del PDC guarda silencio porque, después de todo, la ecuación del dúo familiar se acomoda a la perfección a su descomedido apetito de poder.
La historia de la asociación de marras entre el PDC y PRD se remonta a 1983 cuando el ilustre jurisconsulto y demócrata Dr. Arnulfo Escalona Ríos, recurre al presidente De La Espriella para que vete la fórmula fraudulenta que habían aprobado los braceros diestros de la FFDD en el Consejo Nacional de Legislación. Como resultado de la gestión del Dr. Escalona, se logró instituir una fórmula racional y matemática para el reparto proporcional de escaños en los circuitos plurinominales. Sin embargo, no fue aplicada en las elecciones de 1984 por designio del Estado Mayor, a ello colaboró el PDC que, como expertos del maniqueísmo, protestaba el fraude presidencial a toda voz, mientras se aprobaba, tras cuerda, el deleznable acuerdo de sala 102, para asegurar un par de curules al PDC a cambio de permitirle un montón de ilegítimas al PRD.
En 1988 los braceros diestros del militarismo, modificaron el ordinal concerniente al reparto por el segundo residuo (el primero es por el 1/2 cuociente) con una fórmula aberrante que decía restar los votos cuando realmente recontaba e inflaba. Me ahorro analizar la fórmula de marras, pues su tinte demencial impide prestarle raciocinio. Solamente el trío del TE podría explicar cómo aplicaron tan descabellada fórmula en la adjudicación de escaños en 1990.
En 1993, el entonces legislador Camilo Brenes - creyendo ilusamente que el PDC, por los resultados de la coaccionada elección de 1989, era ya un partido de mayoría - propone y logra modificar el ordinal 4 del artículo 282 del Código Electoral, concerniente al reparto por residuo del mecanismo universal del cuociente electoral o del mayor residuo. La inconstitucional y fraudulenta fórmula de Brenes permitía que en el reparto por la última ronda del segundo residuo se simularán los votos válidos a los partidos, que son equivalentes al número de votantes, substituyéndolos por las preferencias a los candidatos que se destinan, de acuerdo al método de votación instituido de voto único a lista partidista cerrada y preferencias no bloqueadas de candidatos, al reordenamiento de la precedencia determinada por el partido en la papeleta, para así proclamar al candidato que representaría el escaño adjudicado al partido. La fórmula desvaliosa de Brenes benefició al PRD en 1994 con 11 escaños ilegítimos, mientras que su PDC descubrió que era un partido de minoría extrema cuando se tuvo que conformar con un escaño en el más pudiente de los circuitos.
Hay no quedó todo, el nuevo presidente elegido por la decisión de 32 de cada 100 panameños, además de premiar a los magistrados del TE con los nombramientos de sus cónyuges, también designa al PDC Sossa como procurador para compensarlo de la curul que le correspondía en el 8-7 y donada a Weber y a una connotada PDC en Embajada. Ante demanda enclenque de inconstitucionalidad de un candidato PRD contra dos resoluciones del TE, el procurador Sossa la refutó en una vista plagada de falsedades. No hubo protesta del PDC, cuyo dictatorzuelo es de todos conocidos ha salido hoy en defensa disimulada de la medida de encarcelamiento vs periodista de El Siglo, cuando en charla extensa y desconsiderada para agenda de la reunión en el Salón Bolívar, le comunicó al observador de la OEA que estaba a favor de la cárcel por los delitos vs el honor.
La aplanadora ilegítima del PRD, volvió a modificar el ordinal, pero añadiéndole frases que fortalecen su carácter fraudulento. Fue así que en los de 1999 lograron de 9 escaños ilegítimos. Mientras el filósofo del PDC guarda silencio porque, después de todo, la ecuación del dúo familiar se acomoda a la perfección a su descomedido apetito de poder.