El pliego de cargo
Hace algún tiempo inserté en mi columna La Gazapera (que ya no se publica como tal, sino que ahora viene ocasionalmente adjunta a otros mensajes de "La Carta de Panamá") lo siguiente: Gazapo oficial. "MEF venderá pliegos de cargos de licitaciones" dice el titular. (El Panamá América 26 de enero, 2000) Ya antes había yo mencionado que "PLIEGO DE CARGOS" refiriéndose al PLIEGO DE ESPECIFICACIONES o lista de requisitos, es totalmente erróneo. Ni siquiera la costumbre lo puede santificar pues de lo que se trata no es de cargos.
No se puede confundir cargos con especificaciones ni con requisitos bajo circunstancia alguna. Claro que no debía sorprendernos que la Dirección General de Contrataciones Públicas del Ministerio de Economía y Finanzas no sepa la diferencia pues ellos, como buenos funcionarios, en su ignorancia, no se atreven a cambiar nada por temor a equivocarse y, al igual que robots, siguen la tradición copiando lo que siempre se ha hecho antes. Los funcionarios de otras entidades estatales no se diferencian mucho de los mencionados.
Las entidades oficiales y todas las que invitan para licitar, ofrecen entregar, a veces en venta y a veces sin cargo, un documento denominado PLIEGO DE CARGOS. Pregunté a varios amigos la razón por la que se utilizaba este nombre para lo que en realidad es un PLIEGO DE ESPECIFICACIONES y LISTA DE REQUISITOS. Uno me dijo honestamente que, a pesar de ser abogado, no tenía la más remota idea de la razón para que se utilizara este nombre. Pregunté a otro, ingeniero constructor, y éste me dijo no sabia el por qué, pero que siempre se había utilizado ese término y nadie se atrevía a cambiarlo por temor a causar confusión entre los licitantes que ya estaban acostumbrados al mismo. A varios otros formulé la misma pregunta, y recibí sendas respuestas como las relatadas.
No pude determinar quien fue el primero que utilizó este documento dándole esta denominación. Pero quienquiera que hubiera sido lo hizo muy probablemente en una época en que nadie sabía si existía un término para denominar a ese documento. Cuando ese primero dijo que el documento se llamaba PLIEGO DE CARGOS, nadie estaba en condiciones de objetarlo ni de proponer uno más apropiado.
Si analizamos ese nombre, encontramos primero lo de PLIEGO. En esto no tenemos problema, aunque en estos días o muy próximamente, la información dejará de ir en un papel, de modo que "pliego" no parecer que va a seguir siendo un elemento muy apropiado de ese nombre. Mas, probablemente, optarán por llamarle LISTA o algo parecido.
Y entonces entramos en el aspecto más descriptivo de lo que el documento pretende ser. Desde luego no se debía denominar DE CARGOS, pues no estamos tratando de cargos sino de la descripción de las características que la obra para la cual se invita a licitar, deberá tener. Cargos puede ser cualquiera cosa menos especificaciones o características. ¿Qué alternativas tenemos a disposición?
Tenemos, en primer lugar, ESPECIFICACIONES con la cual se sabrá a primera vista que se trata de las medidas y características que habrá de tener la obra del caso a fin de que el licitante sepa lo que se espera de él. Por lo tanto, por lógica, el nombre del documento hasta ahora conocido como PLIEGO DE CARGOS, debiera llamarse PLIEGO DE ESPECIFICACIONES.
Una opción que podríamos considerar sería la de CARACTERISTICAS, y por tanto, PLIEGO DE CARACTERISTICAS, que sin duda alguna describe el documento muchísimo mejor que el trillado y absurdo PLIEGO DE CARGOS.
Claro está que es muy poco probable que los ministros que debieran ordenar el cambio lean esto, y si lo leen, se salgan de esa posición tan cómoda como introducir cambios como el propuesto sin que su propia inseguridad le juegue una mala pasada. En otras palabras, apreciados lectores, "al pan, pan y al vino, vino". jmhandal@cableonda.net
No se puede confundir cargos con especificaciones ni con requisitos bajo circunstancia alguna. Claro que no debía sorprendernos que la Dirección General de Contrataciones Públicas del Ministerio de Economía y Finanzas no sepa la diferencia pues ellos, como buenos funcionarios, en su ignorancia, no se atreven a cambiar nada por temor a equivocarse y, al igual que robots, siguen la tradición copiando lo que siempre se ha hecho antes. Los funcionarios de otras entidades estatales no se diferencian mucho de los mencionados.
Las entidades oficiales y todas las que invitan para licitar, ofrecen entregar, a veces en venta y a veces sin cargo, un documento denominado PLIEGO DE CARGOS. Pregunté a varios amigos la razón por la que se utilizaba este nombre para lo que en realidad es un PLIEGO DE ESPECIFICACIONES y LISTA DE REQUISITOS. Uno me dijo honestamente que, a pesar de ser abogado, no tenía la más remota idea de la razón para que se utilizara este nombre. Pregunté a otro, ingeniero constructor, y éste me dijo no sabia el por qué, pero que siempre se había utilizado ese término y nadie se atrevía a cambiarlo por temor a causar confusión entre los licitantes que ya estaban acostumbrados al mismo. A varios otros formulé la misma pregunta, y recibí sendas respuestas como las relatadas.
No pude determinar quien fue el primero que utilizó este documento dándole esta denominación. Pero quienquiera que hubiera sido lo hizo muy probablemente en una época en que nadie sabía si existía un término para denominar a ese documento. Cuando ese primero dijo que el documento se llamaba PLIEGO DE CARGOS, nadie estaba en condiciones de objetarlo ni de proponer uno más apropiado.
Si analizamos ese nombre, encontramos primero lo de PLIEGO. En esto no tenemos problema, aunque en estos días o muy próximamente, la información dejará de ir en un papel, de modo que "pliego" no parecer que va a seguir siendo un elemento muy apropiado de ese nombre. Mas, probablemente, optarán por llamarle LISTA o algo parecido.
Y entonces entramos en el aspecto más descriptivo de lo que el documento pretende ser. Desde luego no se debía denominar DE CARGOS, pues no estamos tratando de cargos sino de la descripción de las características que la obra para la cual se invita a licitar, deberá tener. Cargos puede ser cualquiera cosa menos especificaciones o características. ¿Qué alternativas tenemos a disposición?
Tenemos, en primer lugar, ESPECIFICACIONES con la cual se sabrá a primera vista que se trata de las medidas y características que habrá de tener la obra del caso a fin de que el licitante sepa lo que se espera de él. Por lo tanto, por lógica, el nombre del documento hasta ahora conocido como PLIEGO DE CARGOS, debiera llamarse PLIEGO DE ESPECIFICACIONES.
Una opción que podríamos considerar sería la de CARACTERISTICAS, y por tanto, PLIEGO DE CARACTERISTICAS, que sin duda alguna describe el documento muchísimo mejor que el trillado y absurdo PLIEGO DE CARGOS.
Claro está que es muy poco probable que los ministros que debieran ordenar el cambio lean esto, y si lo leen, se salgan de esa posición tan cómoda como introducir cambios como el propuesto sin que su propia inseguridad le juegue una mala pasada. En otras palabras, apreciados lectores, "al pan, pan y al vino, vino". jmhandal@cableonda.net