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El proyecto de ley 442 y los derechos del niño


La suspensión de las consultas al proyecto de Ley No. 442 sobre salud sexual y reproductiva por iniciativa de los subcomisionados de la Comisión de Salud de la Asamblea Nacional bajo el argumento de estar suficientemente ilustrados y de que la mayoría de los planteamientos presentados son contra el proyecto, llama la atención sobre la forma de legislar en derechos humanos, familia, niñez y adolescencia en Panamá.

El proyecto no desconoce la patria potestad, más bien establece que el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos se hará sin menoscabo de ella. Se reafirman los deberes-derechos que la componen y se amplía el marco legal de su ejercicio abarcando lo referente al acompañamiento y educación en el ámbito sexual y de reproducción. Se ratifica el derecho de opinar de los niños y adolescente contenido en el Art. 12 de la Convención sobre los Derechos del Niño. Una consecuencia jurídica de esta normativa, es que puede representar un freno a prácticas abortivas sufridas por adolescentes propiciada por los familiares con repercusiones desastrosas en la vida de esas jóvenes.

Cuando la propuesta legal regula el derecho de decidir sobre la descendencia, no está legalizando el aborto, entendemos por su redacción que se trata de un asunto de planificación familiar. El derecho penal (Ley 14 de 2007) contempla el aborto provocado aún como delito. Tampoco se puede interpretar que se despenalizan las relaciones sexuales sostenidas por un adulto con un menor de edad, según el contenido del Art. 15 del proyecto cuando dice: "Se reconoce el derecho de las personas al ejercicio responsable de su sexualidad, respetando su integridad, autonomía, dignidad y a no ser sometidas a ninguna forma de abuso, tortura, mutilación o violencia sexual". El Art. 173 del nuevo Código Penal recoge como delito el acceso sexual con una persona mayor de 14 años y menor de 18, aún cuando ésta consienta, siempre y cuando haya una condición de ventaja.

Entendemos que esa iniciativa legislativa estaba procurando adecuarse a las observaciones finales emitidas el 30 de junio de 2004 por el Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas al segundo informe periódico remitido por Panamá sobre el tema de la salud de los adolescentes. El Comité dijo: "Si bien toma nota de la legislación aprobada (por ejemplo, la Ley No. 29 relativa a la salud y educación de las adolescentes embarazadas, de 2002) sobre la protección de las adolescentes embarazadas y el programa para una paternidad responsable, el Comité expresa su preocupación por la elevada prevalencia de embarazos e infecciones de transmisión sexual entre las adolescentes y la falta de medidas adecuadas para prevenir esos problemas. El Comité expresa también su preocupación por la falta de programas adecuados de salud reproductiva, educación sexual, planificación de la familia y salud mental".

El proyecto en la exposición de motivos hace énfasis en el alto porcentaje de embarazos de adolescentes en el país y en el apoyo de organismos internacionales, pero omitió hacer referencia a las recomendaciones especiales dadas por el Comité de los Derechos del Niño.

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