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El salario mínimo: ¿Por qué esperar dos años?


Después de que el Gobierno Nacional llenó el vacío que produjo la falta de acuerdo entre el sector empresarial y los trabajadores, cabe preguntarse: ¿Debemos esperar dos años, para repetir el mismo proceso?
Los patronos, como es fácil suponer, considerarán que han obtenido una victoria, aunque afirmen, para el consumo externo, que la nueva escala de los salarios mínimos les impone enormes sacrificios. Y los trabajadores, como también es fácil suponer, considerarán, en este caso sin falsas apariencias, que sus aspiraciones no fueron satisfechas y, como ya lo han anunciado, convocarán a acciones de protesta.
Para ser justo, hay que reconocer que los salarios mínimos están muy por debajo del ingreso necesario para llevar una vida decorosa. Y si a ese hecho agregamos que su incremento se ha dado en una relación inversa al aumento de los costos de vida, habría que concluir que los trabajadores siguen siendo los que llevan la peor parte. Pero, por muy justificada que puedan ser las protestas de los trabajadores, su causa no ganará si ellas se transforman en acciones de fuerza que afecten negativamente la estabilidad social. Sin embargo, tampoco sería justo pedirles que buenamente se resignen a posponer sus aspiraciones.
Lo importante, a mi juicio, es que el tema no se considere cerrado, sino todo lo contrario.
El sistema legal vigente, que dispone la revisión del salario mínimo cada dos años no es un marco suficiente para garantizar su mejoramiento, por cuanto, hasta ahora, se ha entendido que revisión no es sinónimo de aumento. Si el salario mínimo, por disposiciones constitucional, debe garantizar la cobertura de las necesidades básicas del trabajador y su familia, es obvio que la revisión periódica debiera asegurar, como mínimo, su adecuación al aumento del costo de la vida.
Para poder avanzar en el tema de la fijación de salarios mínimos cónsonos con el costa de la vida, hay que retomar, literalmente, el artículo 62 de la Constitución Política y darle aplicación. Esa norma dispone que mediante una ley se establezca "la manera de ajustar periódicamente el salario o sueldo mínimo, con el fin de cubrir las necesidades normales de su familia (del trabajador), mejorar su nivel de vida, según las condiciones particulares de cada región y de cada actividad económica".
El mecanismo actual que deja abierta la posibilidad de que la revisión concluya sin el aumento del salario mínimo debe ser sustituido por una disposición legal que fije los parámetros que produzcan su incremento en forma automática. El contenido de esa ley, en vez de ser determinada por los Organos Ejecutivo y Legislativo, debiera ser el resultado del consenso entre trabajadores y empleadores.
Para poder llegar a un consenso sobre una ley que establezca los parámetros para la fijación automática del salario mínimo, es imprescindible que tanto los trabajadores como los patronos, decidan cambiar sus estrategias actuales. Los patronos deben ser conscientes de que el salario mínimo no debe estancarse por otros dos años y los trabajadores, a su vez, deben comprender que el camino para materializar sus aspiraciones no puede ser la confrontación, sino la negociación.
La principal responsabilidad, insisto, para abrir una nueva etapa de diálogo entre las fuerzas productivas, corresponde a los dirigentes de los patrones y de los trabajadores. Pero si de ellos no parte la iniciativa de volver a la mesa de negociación, el Gobierno bien podría asumir el papel de promotor del diálogo entre ellos.
Los trabajadores, es importante registrarlo, al cancelar la huelga que habían anunciado para el 26 de julio, han dado un paso importante para allanar el camino hacia un entendimiento. Sería prudente que el sector empresarial aprovechara el momento para hacer una manifestación orientada a la reapertura del diálogo con el sector laboral.
La coyuntura es propicia para establecer las bases que prevengan volver al patrón de las confrontaciones cada dos años. Ojalá que no se desaproveche.

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