El subsidio a los partidos políticos
En la óptica del pueblo (3 de cada 5 ciudadanos no pertenecen a ninguno) los partidos políticos son sólo grupos de intereses que luchan por conquistar o retener el poder, para su beneficio propio. Eso explica la poca estimación que la comunidad le tiene a los políticos y a sus organizaciones.
Ello explica, también, el rechazo que muchos compatriotas han expresado al subsidio que, por disposición legal, recibirán los partidos políticos que participen en la contienda electoral de 1999.
Ese mecanismo de financiamiento no existía en Panamá, donde la actividad política siempre ha sido financiada por los propios partidos o por los dueños de éstos.
Aunque el sistema de subsidios, que funciona con efectividad en muchos países, en parte pretende librar a los partidos del control de los caciques adinerados, el ciudadano común rechaza que del presupuesto del Estado se puedan destinar 15 millones de balboas, para sufragar la actividad electoral de los políticos. Desde su punto de vista y tomando en cuenta nuestras pasadas experiencias, encuentro muy justificado ese rechazo.
Los partidos políticos, según nuestro sistema jurídico, tienen entre sus deberes fundamentales orientar, formar y organizar la opinión pública y, como contrapartida algunos derechos y privilegios, entre ellos, el de recibir subsidios para el desarrollo de sus actividades, pero como no han cumplido sus deberes, con la mismas eficiencia con que usan de sus privilegios, no debe extrañar la resistencia ciudadana ante el tema de los subsidios.
Sin embargo, sin desconocer el fundamento de los temores ciudadanos y, sobre todo, por entenderlos, creo que es oportuno hacer algunas precisiones que podrían ayudar a aclarar varias ideas erróneas sobre los verdaderos alcances de este mecanismo de financiamiento.
Contrario a lo que se ha difundido, a los partidos no se les entregarán 15 millones de balboas, para que los gasten libremente en la campaña de 1999. Es más, después de dar un primer vistazo al proyecto que han preparado los magistrados del Tribunal Electoral, para reglamentar la aplicación y distribución del subsidio, más bien serán éstos los que decidirán cuándo, cómo y en qué podrán los partidos pretender gastar esos fondos.
Antes que nada, aclaro que si el subsidio total fuera de 15 millones, para la campaña de 1999, los partidos podrían recibir solamente el 40% de ese total, como avance preelectoral, o sea, la suma de 6 millones. El 60% restante, o sea, 9 millones, los llamados pagos postelectorales, los recibirán durante los cinco años siguientes a las elecciones, pero solamente los partidos que subsistan.
Para demostrar que los partidos estarán a merced del Tribunal en sus posibilidades de acceder al subsidio, baste señalar en este primer comentario sobre el tema, algunos de los aspectos que vienen en el proyecto de reglamentación, como por ejemplo:
1) El Tribunal es el que dará a conocer, en el decreto de convocatoria a las elecciones, el monto total del subsidio que será aplicable a las mismas (artículo 1 del proyecto).
2) Sólo será dentro de los 30 días siguientes a la apertura del proceso electoral (previa para el 2 de noviembre de 1998) que el Tribunal determinará cuál es el monto al que puede pretender cada partido político (artículo 1 del proyecto).
3) El pago preelectoral sólo sería procesado y pagado dentro de los 60 días siguientes, después que haya quedado en firme la postulación para Presidente y Vicepresidentes de la República (artículo 4 del proyecto).
4) La lista de los llamados gastos justificables es considerablemente restringida y su ampliación requiere, como muchos otros aspectos, de aprobaciones previas, filtros y auditorías por parte del Tribunal Electoral (artículos 5 y 11 del proyecto).
Como dije, las anteriores son apenas observaciones preliminares encaminadas a señalar que el subsidio estatal a los partidos no es ninguna panacea, pues su monto y las dificultades que ya se apuntan en el proyecto de su reglamentación y control por el Tribunal Electoral, pueden convertirlo en una ilusión o en una camisa de fuerza, en vez de un instrumento para mejorar la contribución de los partidos al perfeccionamiento de nuestra democracia.
Ello explica, también, el rechazo que muchos compatriotas han expresado al subsidio que, por disposición legal, recibirán los partidos políticos que participen en la contienda electoral de 1999.
Ese mecanismo de financiamiento no existía en Panamá, donde la actividad política siempre ha sido financiada por los propios partidos o por los dueños de éstos.
Aunque el sistema de subsidios, que funciona con efectividad en muchos países, en parte pretende librar a los partidos del control de los caciques adinerados, el ciudadano común rechaza que del presupuesto del Estado se puedan destinar 15 millones de balboas, para sufragar la actividad electoral de los políticos. Desde su punto de vista y tomando en cuenta nuestras pasadas experiencias, encuentro muy justificado ese rechazo.
Los partidos políticos, según nuestro sistema jurídico, tienen entre sus deberes fundamentales orientar, formar y organizar la opinión pública y, como contrapartida algunos derechos y privilegios, entre ellos, el de recibir subsidios para el desarrollo de sus actividades, pero como no han cumplido sus deberes, con la mismas eficiencia con que usan de sus privilegios, no debe extrañar la resistencia ciudadana ante el tema de los subsidios.
Sin embargo, sin desconocer el fundamento de los temores ciudadanos y, sobre todo, por entenderlos, creo que es oportuno hacer algunas precisiones que podrían ayudar a aclarar varias ideas erróneas sobre los verdaderos alcances de este mecanismo de financiamiento.
Contrario a lo que se ha difundido, a los partidos no se les entregarán 15 millones de balboas, para que los gasten libremente en la campaña de 1999. Es más, después de dar un primer vistazo al proyecto que han preparado los magistrados del Tribunal Electoral, para reglamentar la aplicación y distribución del subsidio, más bien serán éstos los que decidirán cuándo, cómo y en qué podrán los partidos pretender gastar esos fondos.
Antes que nada, aclaro que si el subsidio total fuera de 15 millones, para la campaña de 1999, los partidos podrían recibir solamente el 40% de ese total, como avance preelectoral, o sea, la suma de 6 millones. El 60% restante, o sea, 9 millones, los llamados pagos postelectorales, los recibirán durante los cinco años siguientes a las elecciones, pero solamente los partidos que subsistan.
Para demostrar que los partidos estarán a merced del Tribunal en sus posibilidades de acceder al subsidio, baste señalar en este primer comentario sobre el tema, algunos de los aspectos que vienen en el proyecto de reglamentación, como por ejemplo:
1) El Tribunal es el que dará a conocer, en el decreto de convocatoria a las elecciones, el monto total del subsidio que será aplicable a las mismas (artículo 1 del proyecto).
2) Sólo será dentro de los 30 días siguientes a la apertura del proceso electoral (previa para el 2 de noviembre de 1998) que el Tribunal determinará cuál es el monto al que puede pretender cada partido político (artículo 1 del proyecto).
3) El pago preelectoral sólo sería procesado y pagado dentro de los 60 días siguientes, después que haya quedado en firme la postulación para Presidente y Vicepresidentes de la República (artículo 4 del proyecto).
4) La lista de los llamados gastos justificables es considerablemente restringida y su ampliación requiere, como muchos otros aspectos, de aprobaciones previas, filtros y auditorías por parte del Tribunal Electoral (artículos 5 y 11 del proyecto).
Como dije, las anteriores son apenas observaciones preliminares encaminadas a señalar que el subsidio estatal a los partidos no es ninguna panacea, pues su monto y las dificultades que ya se apuntan en el proyecto de su reglamentación y control por el Tribunal Electoral, pueden convertirlo en una ilusión o en una camisa de fuerza, en vez de un instrumento para mejorar la contribución de los partidos al perfeccionamiento de nuestra democracia.