El terrorismo y el Canal
El miércoles pasado se dieron a la publicidad las declaraciones hechas por el Jefe de las Fuerzas Navales del Comando Sur de los Estados Unidos (EU), almirante Vincent Smith, quien promueve la idea de organizar una fuerza multinacional hemisférica para defender el Canal ante posibles ataques terroristas, que como está planteada nos parece inaceptable e inconveniente a los intereses de la nación panameña.
La propuesta del Almirante Smith se fundamentaría, según su autor, en que el Canal de Panamá es la infraestructura más importante del continente, lo que lo convierte en blanco preferido de un ataque terrorista. Estas declaraciones se dieron al concluir la llamada "Operación Panamax 2004", realizada al margen de los mecanismos establecidos por la Organización de las Naciones Unidas y por la Organización de Estados Americanos. Los países participantes fueron Estados Unidos, Chile, Colombia, Honduras, Argentina, Perú y Panamá. México, siguiendo su tradicional posición, se limitó a enviar observadores. Igual posición adoptaron Ecuador y República Dominicana.
Sin entrar en las consideraciones expresadas por quienes sostienen que los arreglos regionales de limitada participación marcan el predominio de una nación sobre los demás países que forman parte de la región, es justo que expresemos nuestra preocupación por los efectos negativos que a nivel mundial ha causado una operación en que se presenta al Canal de Panamá como objetivo del terrorismo de nuestros días.
Desde luego no se puede dejar de considerar que el Art. 52 de la Carta de las Naciones Unidas reconoce la acción de los acuerdos u organismos regionales, cuyo fin sea entender en los asuntos relativos al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales y susceptible de acción regional siempre que dichos acuerdos u organismos y sus actividades sean compatibles con los Propósitos y Principios de las Naciones Unidas. También el artículo 51 de la misma Carta, consagra el derecho inmanente de legítima defensa el cual permite que sea ejercido colectivamente en una acción regional común para rechazar una agresión a uno o varios de los miembros del grupo regional. A este Principio se debió la concertación del Tratado de Asistencia Recíproca de Río de Janeiro (1947), el cual no respondió a las aspiraciones de los pueblos del continente americano durante la crisis de Atlántico Sur, en el caso de la soberanía de la República Argentina sobre las Islas Malvinas, que dio lugar a que Estados Unidos le otorgara prioridad en favor de Inglaterra a las estipulaciones del Tratado de la Organización del Atlántico Norte (OTAN).
La vulnerabilidad del Canal, a mi juicio, no es un hecho ligado a la aparición en el mundo del terrorismo internacional. La vulnerabilidad del Canal es una condición que pesa sobre su existencia desde que fue construido. Pese a todo, hace pocos días cumplió 90 años de estar prestando servicios de una eficiencia reconocida, de la cual emanan beneficios que merecen ser disfrutados por la generalidad del pueblo panameño, y a los cuales no se puede renunciar alegremente en beneficio de intereses extranjeros.
Reflexionar sobre la vulnerabilidad del Canal no podría pues servir de exorcismo intelectual en la cuestión que plantea el Almirante Smith. Lo que sí se plantea es si la propuesta del alto comando militar sería el mejor método, la mejor manera de conjurar las potenciales amenazas.
A este respecto, nos pueden servir de guía varias realidades que estamos comprometidos a tener presentes en la memoria gobernantes y gobernados, y a las cuales debo referirme.
El 11 de septiembre de 2001, cuando dos aviones atacaron las torres gemelas de Nueva York provocando su derrumbe; cuando otro avión golpeó un ala del Pentágono y un cuarto avión que estaba planeando golpear la Casa Blanca se estrelló en las afueras de una ciudad populosa en Pensilvania, todo el mundo comprendió que los terroristas quisieron demostrar que podían atacar los símbolos del poder económico, del poder militar y del poder político de Estados Unidos.
La brutalidad inédita de los ataques mencionados, con su terrible carga de muerte y destrucción, conmovió a todo el mundo y la condena fue general, de lo que existe constancia en una Resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
Dos años y medio más tarde, en marzo del año en curso, una ola de furia contra la participación del gobierno de José María Aznar en los planes y acciones sobre Irak, condenó a cientos de inocentes a morir en la estación madrileña de Atocha.
En la actual campaña presidencial de EU los opositores al Presidente Bush han puesto en duda la eficiencia de la política gubernamental para contrarrestar la amenaza del terrorismo sobre los intereses estadounidenses en el exterior y sobre la propia seguridad de la población y territorio americanos.
Las realidades enunciadas nos obligan a pensar que el terrorismo es ciego, o más precisamente insensible a las víctimas de sus actos; no lo es en cuanto a los fines que persiguen y no parece juicioso creer que golpea sin importarle qué bandera enarbola, ni la circunstancia que escoge para actuar. En muchas ocasiones he leído que autores norteamericanos de estudios y reflexiones sobre el gigantesco problema del terrorismo, coinciden en señalar que cualquier cooperación internacional que no obtenga su legitimidad en un compromiso planetario tiene muy relativas opciones de ser eficaz. Esto equivale a decir que sólo en el seno de las Naciones Unidas podrían buscarse y encontrarse los posibles mecanismos de cooperación contra el terrorismo internacional.
El mundo ha desarrollado una conciencia ética contra el terrorismo, sobre todo cuando éste ha presentado facetas reducidas a una simple expresión de la delincuencia nihilista.
Panamá no debe perder de vista estos aspectos y no me parece que haya otro ámbito ni otro foro mejor que las Naciones Unidas para intentar una acción multinacional que se traduzca en la seguridad del Canal panameño. Esa seguridad, a juicio del Dr. Harmodio Arias, descansa en la neutralidad permanente de la vía interoceánica, como tuve ocasión de destacarlo en el Prólogo que escribí a la reedición con motivo del Centenario de su libro "El Canal de Panamá, un Estudio en Derecho Internacional y Diplomacia". Allí expresé que en su riguroso análisis de los Tratados que establecen la neutralización del Canal, inclusive el de 1903, el Dr. Arias señala con la mayor severidad que "los intereses nacionales de la República de Panamá dependen vitalmente de esta cuestión que la República necesariamente tiene que mostrarse aprensiva en lo referente a la posición final en que el Canal pueda ser colocado".
"Sería ruinoso para Panamá, a juicio del Doctor Arias, que la ruta interoceánica funcione sin gozar de los beneficios de la neutralidad". Su conclusión al respecto es que "cuando la República concertó la Convención de 1903 fue en el entendimiento de que el Canal estaría a salvo de hostilidades, aún en el caso de que los Estados Unidos fueran parte en el conflicto".
Con visión geopolítica y desde una posición puramente jurídica, Harmodio Arias ahondó en la naturaleza, causa y consecuencia del régimen de neutralización aplicable a las vías marítimas. Su comparación de los canales de Suez y Panamá en lo que concierne al status jurídico de los mismos, puso de relieve la importancia que tenía entonces y tiene en nuestros días, el régimen de neutralidad permanente del Canal de Panamá.
La propuesta del Almirante Smith se fundamentaría, según su autor, en que el Canal de Panamá es la infraestructura más importante del continente, lo que lo convierte en blanco preferido de un ataque terrorista. Estas declaraciones se dieron al concluir la llamada "Operación Panamax 2004", realizada al margen de los mecanismos establecidos por la Organización de las Naciones Unidas y por la Organización de Estados Americanos. Los países participantes fueron Estados Unidos, Chile, Colombia, Honduras, Argentina, Perú y Panamá. México, siguiendo su tradicional posición, se limitó a enviar observadores. Igual posición adoptaron Ecuador y República Dominicana.
Sin entrar en las consideraciones expresadas por quienes sostienen que los arreglos regionales de limitada participación marcan el predominio de una nación sobre los demás países que forman parte de la región, es justo que expresemos nuestra preocupación por los efectos negativos que a nivel mundial ha causado una operación en que se presenta al Canal de Panamá como objetivo del terrorismo de nuestros días.
Desde luego no se puede dejar de considerar que el Art. 52 de la Carta de las Naciones Unidas reconoce la acción de los acuerdos u organismos regionales, cuyo fin sea entender en los asuntos relativos al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales y susceptible de acción regional siempre que dichos acuerdos u organismos y sus actividades sean compatibles con los Propósitos y Principios de las Naciones Unidas. También el artículo 51 de la misma Carta, consagra el derecho inmanente de legítima defensa el cual permite que sea ejercido colectivamente en una acción regional común para rechazar una agresión a uno o varios de los miembros del grupo regional. A este Principio se debió la concertación del Tratado de Asistencia Recíproca de Río de Janeiro (1947), el cual no respondió a las aspiraciones de los pueblos del continente americano durante la crisis de Atlántico Sur, en el caso de la soberanía de la República Argentina sobre las Islas Malvinas, que dio lugar a que Estados Unidos le otorgara prioridad en favor de Inglaterra a las estipulaciones del Tratado de la Organización del Atlántico Norte (OTAN).
La vulnerabilidad del Canal, a mi juicio, no es un hecho ligado a la aparición en el mundo del terrorismo internacional. La vulnerabilidad del Canal es una condición que pesa sobre su existencia desde que fue construido. Pese a todo, hace pocos días cumplió 90 años de estar prestando servicios de una eficiencia reconocida, de la cual emanan beneficios que merecen ser disfrutados por la generalidad del pueblo panameño, y a los cuales no se puede renunciar alegremente en beneficio de intereses extranjeros.
Reflexionar sobre la vulnerabilidad del Canal no podría pues servir de exorcismo intelectual en la cuestión que plantea el Almirante Smith. Lo que sí se plantea es si la propuesta del alto comando militar sería el mejor método, la mejor manera de conjurar las potenciales amenazas.
A este respecto, nos pueden servir de guía varias realidades que estamos comprometidos a tener presentes en la memoria gobernantes y gobernados, y a las cuales debo referirme.
El 11 de septiembre de 2001, cuando dos aviones atacaron las torres gemelas de Nueva York provocando su derrumbe; cuando otro avión golpeó un ala del Pentágono y un cuarto avión que estaba planeando golpear la Casa Blanca se estrelló en las afueras de una ciudad populosa en Pensilvania, todo el mundo comprendió que los terroristas quisieron demostrar que podían atacar los símbolos del poder económico, del poder militar y del poder político de Estados Unidos.
La brutalidad inédita de los ataques mencionados, con su terrible carga de muerte y destrucción, conmovió a todo el mundo y la condena fue general, de lo que existe constancia en una Resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
Dos años y medio más tarde, en marzo del año en curso, una ola de furia contra la participación del gobierno de José María Aznar en los planes y acciones sobre Irak, condenó a cientos de inocentes a morir en la estación madrileña de Atocha.
En la actual campaña presidencial de EU los opositores al Presidente Bush han puesto en duda la eficiencia de la política gubernamental para contrarrestar la amenaza del terrorismo sobre los intereses estadounidenses en el exterior y sobre la propia seguridad de la población y territorio americanos.
Las realidades enunciadas nos obligan a pensar que el terrorismo es ciego, o más precisamente insensible a las víctimas de sus actos; no lo es en cuanto a los fines que persiguen y no parece juicioso creer que golpea sin importarle qué bandera enarbola, ni la circunstancia que escoge para actuar. En muchas ocasiones he leído que autores norteamericanos de estudios y reflexiones sobre el gigantesco problema del terrorismo, coinciden en señalar que cualquier cooperación internacional que no obtenga su legitimidad en un compromiso planetario tiene muy relativas opciones de ser eficaz. Esto equivale a decir que sólo en el seno de las Naciones Unidas podrían buscarse y encontrarse los posibles mecanismos de cooperación contra el terrorismo internacional.
El mundo ha desarrollado una conciencia ética contra el terrorismo, sobre todo cuando éste ha presentado facetas reducidas a una simple expresión de la delincuencia nihilista.
Panamá no debe perder de vista estos aspectos y no me parece que haya otro ámbito ni otro foro mejor que las Naciones Unidas para intentar una acción multinacional que se traduzca en la seguridad del Canal panameño. Esa seguridad, a juicio del Dr. Harmodio Arias, descansa en la neutralidad permanente de la vía interoceánica, como tuve ocasión de destacarlo en el Prólogo que escribí a la reedición con motivo del Centenario de su libro "El Canal de Panamá, un Estudio en Derecho Internacional y Diplomacia". Allí expresé que en su riguroso análisis de los Tratados que establecen la neutralización del Canal, inclusive el de 1903, el Dr. Arias señala con la mayor severidad que "los intereses nacionales de la República de Panamá dependen vitalmente de esta cuestión que la República necesariamente tiene que mostrarse aprensiva en lo referente a la posición final en que el Canal pueda ser colocado".
"Sería ruinoso para Panamá, a juicio del Doctor Arias, que la ruta interoceánica funcione sin gozar de los beneficios de la neutralidad". Su conclusión al respecto es que "cuando la República concertó la Convención de 1903 fue en el entendimiento de que el Canal estaría a salvo de hostilidades, aún en el caso de que los Estados Unidos fueran parte en el conflicto".
Con visión geopolítica y desde una posición puramente jurídica, Harmodio Arias ahondó en la naturaleza, causa y consecuencia del régimen de neutralización aplicable a las vías marítimas. Su comparación de los canales de Suez y Panamá en lo que concierne al status jurídico de los mismos, puso de relieve la importancia que tenía entonces y tiene en nuestros días, el régimen de neutralidad permanente del Canal de Panamá.