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El Tratado de la Neutralidad Permanente del Canal


La comunidad nacional, en las últimas semanas, ha venido observando con honda preocupación, el conflicto laboral que vienen protagonizando los pilotos y la administración del Canal. Tengo la impresión, de que ambas partes han venido cometiendo errores. Por un lado, si bien es cierto que las consecuencias de este conflicto fundamentalmente laboral, compromete los intereses de los usuarios de la vía acuática , los pilotos debieron servirse de algunos sectores internos con la suficiente influencia en la sociedad civil, para facilitar algunas avenidas extra procidementales que condujeron a encontrar algunas fórmulas conciliatorias o en su efecto, complementariamente o no, respetar las reglas del juego que contienen las normas jurídicas que regulan los conflictos laborales en el Canal de Panamá, e incluso esperar , si fuera el caso, el laudo de un Tribunal Arbitral. Por otro lado, también el Gobierno no ayuda en nada con estar haciendo insinuaciones, en el sentido de que estos trabajadores (los pilotos), le hacen el juego a intereses que no corresponden con el interés nacional. Tanto el Sr. Presidente, el Dr. Ernesto Pérez Balladares y su ministro, Dr. Eduardo Ritter, han incurrido en estos errores.
Albergamos la esperanza, de que ambas partes, hagan un esfuerzo (administración y pilotos), para dirimir los problemas laborales que los mantienen en pugnas y contradicciones, todo por el bien del país y de todos los panameños.
A propósito del conflicto laboral citado, me ha llamado la atención de que algunos, tal vez por falta de conocimiento, han traído a colación el Tratado de la Neutralidad Permanente del Canal y del funcionamiento del Canal de Panamá, para señalar, que de acuerdo con este instrumento tratadil, dado el hecho de que la navegación por el Canal se viera afectada por un conflicto laboral, dicha situación pudiera dar lugar a una intervención manu-militari por parte de los Estados Unidos, en el Canal de Panamá para normalizar el funcionamiento de la vía acuática. Los panameños jamás , desde el punto de vista jurídico ni de ningún otro, podemos aceptar tal criterio.
El Derecho Internacional Público rechaza cualquier intervención de un estado en los asuntos internos de otro estado. Para nosotros resulta un artificio jurídico, pretender desligar el territorio que comprende el Canal de Panamá del resto de la geografía nacional. Una intervención norteamericana en el Canal de Panamá es una intervención en el territorio patrio. Además de lo anterior, el original tratado de neutralidad , no el adicionado por la reserva del senador Dennis de Concini, que abre esa posibilidad, no autoriza al gobierno de Estados Unidos a intervenir en el Canal de Panamá, con el pretexto de normativizar su funcionamiento. En ese sentido, siempre hemos compartido las opiniones del Dr. Miguel Antonio Bernal y del fallecido jurista nacional Dr. Julio Linares, que oportunamente señalaron, que las adiciones y enmiendas, como la del senador citado, que se adicionaron al Tratado de la Neutralidad Permanente del Canal, nunca fueron aprobadas en el plebiscito del 23 de octubre de 1977, de acuerdo con lo que mandaba el artículo 274 de la Constitución Nacional. Nosotros los panameños no podemos darle ningún valor jurídico a las mismas, repetimos, no fue aprobada por el pueblo panameño. Para que dicha reserva, que modifica sustancialmente los artículos IV y V del Tratado mencionado, hubiera tenido existencia jurídica, el fallecido general Omar Torrijos debió haberla sometido para su aprobación, a un segundo evento plebiscitario y no se hizo. Razón, tuvo entonces, el Dr. Julio Linares, quien señaló, que las mismas (las modificaciones y adiciones) adolecían de un vicio existencial relativo a la falta de un correcto y adecuado acto de voluntad, tal como lo señalaba el artículo 274 de la Carta Magna.
Señalar que los Estados Unidos, por razones propias del orden doméstico interno, verbigracia, un conflicto laboral, tiene el derecho de intervenir en el Canal de Panamá, con el pretexto de normalizar su funcionamiento, es errado y los panameños no podemos aceptar esa visión de los efectos del Tratado de Neutralidad Permanente del Canal. Insistimos, históricamente, el pueblo panameño, aprobó este tratado sin las reservas y enmiendas adicionadas posteriormente por el Senado norteamericano. Reiteramos, Panamá no puede aceptar ningún tipo de intervención militar de los Estados Unidos en el territorio nacional.

101 años de Panamá América

 
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