En defensa del sindicalismo (Parte III)
Sindicalismo en la Administración Pública. El sindicato es la agrupación de trabajadores que sirve para organizarlos, representarlos y defenderlos (artículo 2 de la Ley 45 de 1967). En el sector público panameño se denominan de otra forma: asociaciones, y obtienen su personería como “organizaciones sin fines de lucro”.
En la década de los 40, se organizaron los primeros gremios docentes, que promovieron demandas reivindicativas. En los 60 surgieron los gremios médicos con igual gestión y en los 70, las asociaciones de empleados que luego se estructuraron en la FENASEP, que posee personería desde 1985; realizó diez congresos ordinarios donde sus dirigentes fueron electos y donde además se aprobaron las directrices generales de su accionar.
FENASEP y/o sus organizaciones miembros, han desarrollado 69 huelgas para presionar por sus reivindicaciones. Su gestión ha logrado el reintegro de 3,500 servidores públicos, con aproximadamente 18 millones de balboas en salarios caídos; la aprobación (junto a valientes legisladores como Milton Henríquez y Leandro Avila) de la legislación sobre carrera administrativa; capacitación profesional y/o sindical a más de seis mil funcionarios del Estado; demandó y obtuvo la inconstitucionalidad de la suspensión del derecho al XIIIer mes en 1991; organizó la primera marcha de protesta por lo derechos de los trabajadores después de la invasión de 1989, en marzo de 1990; coadyuvó a que la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenara a Panamá por violar los derechos humanos laborales de 270 trabajadores en 2001. Reclamó desde 1999 y obtuvo en 2006 por primera vez un salario mínimo legal para servidores públicos igual al del sector privado, beneficiando a 23,000 funcionarios. Participó de manera indirecta en la incorporación a carrera administrativa de 20,000 servidores públicos entre 2004 y 2009, con lo cual muchos de ellos tuvieron acceso a créditos financieros. Ha promovido varias demandas pendientes de fallo en la Corte Suprema, entre ellas la inconstitucionalidad de la Ley 43 de 2009 y ha impugnado más de seis mil destituciones desde julio de 2009.
Las asociaciones de servidores públicos organizan concursos de becas; deportes; programas de anteojos; póliza colectiva de vida; apoyos funerarios, etc. FENASEP por su parte forma parte de CONATO, de la Internacional de Servidores Públicos con 23 millones de afiliados en todo el mundo, y de la Confederación Sindical Internacional (168 millones de afiliados); es reconocida en la OIT como un organismo sindical nacional; participa en estructuras del Estado en representación de los trabajadores y opina sobre la realidad laboral y la vida nacional e internacional.
Sería necio buscar fórmulas legales que desconozcan el quehacer sindical de la FENASEP, salvo eufemismos basados en el prurito de no ver lo evidente: FENASEP es una organización sindical por definición y por su gestión, a la que se le debe respetar el derecho a la libertad sindical. Es una organización social de trabajadores, sólo que al servicio del Estado, pues los trabajadores tienen las mismas necesidades y derechos de organizarse, en la empresa privada o el Estado, desde hace ya muchas décadas.