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Enanismo tributario


CONSTANTEMENTE se afirma que "todo el mundo debe pagar impuestos", por lo que "de la muerte y los impuestos, nadie se escapa", adagio del que en Panamá muchos tratan de escapar para dar validez al principio de que "la excepción confirma la regla". Los impuestos son los recursos con que cuenta el Estado para costear los servicios y obras que requiere la sociedad para su bienestar y desarrollo. Sin esos recursos sería imposible que el Estado preste servicios de salud, educación, viviendas para los menos favorecidos y construya carreteras.
Como quiera que todos usamos o aprovechamos los servicios y obras públicas, es necesario que todos paguemos impuestos (incluyendo a los usuarios de zonas libres o procesadoras, etc.). El impuesto sobre la renta (I/R) es uno de esos recursos financieros con que cuenta el Estado. En Panamá está fundamentado en una concepción amplia del ingreso, pues no importa si el mismo se origina en bienes de capital, servicios, trabajo, etc. También, se ha estructurado en forma escalonada, de manera que a mayor ingreso mayor impuesto a pagar. Hacer realidad esta premisa, incita a quienes tienen más ingresos a buscar alternativas -unas lícitas y otras ilícitas- para pagar menos impuesto o, simplemente, para eludirlo.
Decir que "gravar los gastos de representación es aumentarle la tributación a quienes los reciben", es un sofisma. La obligación existe desde la existencia del Código Fiscal (lit. a), art. 696). Tal afirmación es, además, una "confesión de parte" de una "elusión" del I/R o de poseer un "patrimonio no justificado", o de incurrir en "defraudación fiscal" u "omisión de pago"; figuras jurídicas que reflejan la ostentación de un patrimonio ilegítimo, superior a los ingresos declarados. Por ejemplo, los contrabandistas tienden a ocultar sus ventas, pues tienen que ocultar el acto ilícito de contrabando. Quienes prestan servicios al bajo mundo de los delitos de lavado de dinero, del narcotráfico, etc., también tienen motivos para ocultar la fuente de sus ingresos y/o a su clientes. Estas fuentes de ingresos o las relaciones habidas entre estas personas quedan al descubierto cuando el I/R se complementa con el ITBMS, dado que el cliente requerirá de la respectiva factura en donde conste el ITBMS pagado para poder -a su vez- aplicárselo como "crédito fiscal" o deducción del I/R. El ITBMS, entonces, permite al Fisco no sólo conocer la fuente de los ingresos del contribuyente, sino identificar a un posible (nuevo) contribuyente, o a un posible emisor, defraudador o contrabandista. En consecuencia, si todos exigieran la factura por los bienes o servicios recibidos, no habría competencia desleal, ni víctimas de especuladores ("con factura o sin factura"), se controlaría mucho más el contrabando y la defraudación, y todo mundo pagaría sus impuestos como debe ser. Aquí es donde el Cálculo Alternativo del Impuesto sobre la Renta viene a jugar un papel importante, porque si se declara al tenor de las normas legales no debería pagarse este último.
Quienes se oponen a la norma alternativa, al ITBMS o a la efectiva imposición de los "Gastos de Representación", quieren seguir ocultando sus verdaderos ingresos, la fuente de los mismos, la identificación de sus clientes, y seguir disfrutando a sus anchas de fueros y privilegios. Ellos quieren que el resto de la sociedad, especialmente los asalariados, siga cargando con un mayor sacrificio fiscal, provocado, precisamente, por quienes teniendo plena capacidad tributaria han evitado pagar sus impuestos. Estos "enanos fiscales" incluyen a los socios del "Club de Exonerados", quienes son gigantes para todo lo demás.

101 años de Panamá América

 
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