Errónea posición
Convenimos con la señora secretaria del Consejo Nacional de Transparencia contra la Corrupción en que ella no tiene jurisdicción para investigar o condenar por la comisión de ese delito. Su oficina es eminentemente un organismo para descubrir y denunciar los casos de que tenga conocimiento. Lo que no compartimos es que en un caso de corrupción como el del contubernio entre altos funcionarios del Ministerio de Educación con parientes, amigos y compadres, todos ellos reciban su protección.
Arguye la señora de ese organismo que si las empresas favorecidas con los contratos de remoción de la fibra de vidrio en diversos colegios cumplieron con el procedimiento, desde el punto de vista de la ley no hay objeción ni margen para señalar irregularidades. No obstante, el caso es que no estamos atacando la forma en que las empresas per se fueron constituidas, sino el modo en que sus respectivos empresarios firmaron contratos sin el requisito de la licitación, y medraron con el cobro de precios excesivos por millones de balboas. Entre los vergonzosos casos de corrupción de ese contubernio, figura el de un colegio al cual dos empresas cobraron la misma suma por haber hecho el mismo trabajo. Evidentemente, una lo hizo y cobró, y la otra cobró sin hacerlo. Allí hay un acto de corrupción y de malversación de fondos. En consecuencia, no tiene asidero eso de que desde el punto de vista de la ley no hay objeción conforme declaró la señora secretaria.