Espacios públicos usurpados
El abuso sobre la usurpación de espacios públicos debe terminarse. La nueva directora de la Autoridad del Transito y Transporte Terrestre tiene la oportunidad de ponerle fin a esta audaz y fatídica práctica. Las vías públicas, tal cual lo indica su propio nombre, son de uso público. Ninguna persona puede adquirir sobre ellas, o parte de ellas, el derecho de ocupación exclusiva fuere como arrendataria o propietaria.
En virtud de que ni el propio Estado puede dar en arrendamiento ni vender los espacios públicos, mediante Decreto No.1628 del 16 de agosto de 1995, de la Alcaldía de Panamá, se estableció la eliminación de todos los estacionamientos exclusivos o privados y se fijó una multa de B/.500.00 o arresto por el no pago a quienes persistieran en la práctica de apoderarse de ellos.
En virtud de que nuestra propia Constitución Nacional determina que en Panamá no habrán fueros ni privilegios, instamos a la nueva directora de la ATTT a que haga valer el imperio de la ley.