"Estado de Derecho y Estado bastardo"
En el pensamiento jurídico del célebre vienés Hans Kelsen, recogido fundamentalmente en su obra: Teoría Pura del Derecho, el Estado no puede existir sino en plena y directa correspondencia con un haz normativo jurídico. Decía el ex presidente de la Corte Suprema de Justicia, Dr. Juan Materno Vázquez (q.e.p.d.) que en Kelsen el Estado era como el Rey Midas dado que todo cuanto impactaba o tocaba se mutaba o convertía en oro. Así mismo, señalaba, acontece con el Estado: todo cuanto impacta o afecta en el desarrollo de sus funciones se convierte en pura normatividad jurídica, a partir de la cual desarrolla toda su actividad o funciones públicas. El Estado, al decir de Kelsen, es pura normatividad jurídica. Encuentra, en esta concepción llamada en la Filosofía del Derecho y en la Teoría General del Derecho como la Escuela Positivista, perfecto acomodo el aforismo latino que reza: dura lex sed lex, y que significa que "rigurosa o dura es la ley pero es la ley". Kelsen también es el autor, indubitable, de la llamada Pirámide Jurídica, conforme a la cual la Constitución Nacional se encuentra en el vértice de la misma siendo tan sólo superada o antecedida por la norma fundamental de la Pacta Servanda Sunt, que literalmente significa "lo pactado obliga o lo pactado es ley entre las partes".
En la historia del pensamiento jurídico, sobre todo en la tendencia positivista, el principio del imperio de la legalidad constituye el pilar fundamental sobre el que opera el Estado de Derecho. El Código de Ética Profesional del ejercicio de la abogacía en Panamá impone a los abogados el respeto y la defensa de dicho principio. Los jueces y magistrados también están obligados a la plena observancia del referido apotegma forense. La sociedad en general es recipiendaria de los efectos positivos o negativos que surjan como consecuencia de la vigencia o ineficacia del respeto a las leyes de la República.
La Escuela del Derecho Natural, sea en su concepción inmanentista, biológica, teológica, racional, etc., no ha podido todavía derrumbar el reino de gracia del Derecho Positivo. Tan es así que en España el más ferviente defensor del iusnaturalismo, Javier Hervada, profesor que es de la Universidad de Pamplona, ha terminado siendo consecuente -especie de confesión de mea culpa- con la norma jurídica legislada, diciendo que ésta no hace otra cosa que desarrollar las normas propias del Derecho Natural.
Habla en ese sentido de la positivación de los derechos naturales. Pero, pese al impresionante argumento del precitado autor, una cosa es cierta: Sigue reinando el Derecho Positivo del cual nos valemos jueces, abogado litigantes, magistrados, fiscales, etc. y por ello se pasea, haciendo estación, en las sentencias de los tribunales y de las más encumbradas y altas cortes de las naciones. No hay sentencia ni resolución judicial que valga o que para algo sirva si no lleva literalmente expresada la norma de derecho que le sirve de fundamento para negar o reconocer la pretensión jurídica deducida en un juicio, cualesquiera sea su naturaleza.
Las sentencias o los fallos sin fundamento jurídico positivo, es decir, el que reposa en las leyes y códigos de la República, no dejan de ser meros discursos, simples alegaciones, discurrir analítico sin ninguna fuerza normativa. Por ello Kelsen, de modo atinado, señalaba que la sentencia no era otra cosa que la norma jurídica individualizada; es decir, la aplicación de la norma como hipótesis jurídica al caso concreto.
De tal manera que el Estado de Derecho no puede funcionar sin el pleno respeto al principio del imperio de la legalidad. Si el Estado y las autoridades del Estado empiezan por soliviantar la norma jurídica vigente y eficaz, y tras los cuestionarios que siempre nacen al fragor de casos sonados o connotados, y si los jueces y los magistrados empiezan a cuestionar la validez de la norma para optar por consideraciones de tipo iusnaturalista, entonces sucumbe el imperio de la Ley y el Estado de Derecho se convierte en un organismo de perversión que estará al servicio de las pasiones y no de las razones jurídicas. El Estado, simple y sencillamente, deja de ser, de existir y corremos el riesgo de caer en el anarquismo que no reconoce ni autoridad ni leyes. Este sería el Estado bastardo, por cuanto reniega de su propia matriz: el derecho que lo alimenta y lo justifica. Por eso que sin jurisdicción no hay Estado. La jurisdicción es un elemento consustancial a la noción de soberanía.
Todo lo anterior habrá de servir como corolario ético jurídico en lo que guarda relación con algunos casos y situaciones que han mantenido a la opinión pública entretenida, entre tanto el hambre y el desempleo siguen haciendo de las suyas con nuestras gentes.
Los "Filisteos de la democracia", expresión acuñada por mi hermano Ramiro Guerra, también siguen haciendo de la suya, pues encaramándose en una supuesta hermenéutica legal, de la cual desconocen sus más elementales reglas y principios, quieren hacer ciencia docta jurídica -iuris docta scientia- sin ser ellos mismos capaces de conjeturar siquiera el pensamiento jurídico contemporáneo y a partir de allí hacer docencia sencilla y sincera, transparente y correcta con nuestro pueblo. Estos son verdaderos escribas y fariseos de la democracia. Entienden en sus mentes cortas que las cosas buenas del Estado de Derecho y de la Democracia deben de servir tan sólo para unos cuantos o pocos. Son cortos de perspectivas jurídicas y olvidan que el Estado de Derecho parte del principio, junto con el imperio de la legalidad, de que "todos somos iguales ante la Ley" y por ello merecemos igual trato. Ellos, por el contrario, dicen que las bondades de la ley no deben funcionar para todos sino para unos cuantos. Con semejante pensamiento destruyen la racionalidad y la logicidad del Estado de Derecho. ¡Pobres ignorantes! Mi hermano Ramiro los defiende diciendo que sí saben lo que hacen, sólo que hablan a través de sus egoístas intereses o pretensiones personales.
Yo prefiero pensar que la ignorancia los ha victimizado. Por último, de rigor jurídico es observar que el Derecho Positivo sólo puede ser superado tras su rancio ontologismo, por jueces y magistrados que profesen la verticalidad de la justicia y de la equidad reconocida en el sistema de libertades y garantías constitucionales y demás pactos y convenios internacionales sobre derechos humanos.
En la historia del pensamiento jurídico, sobre todo en la tendencia positivista, el principio del imperio de la legalidad constituye el pilar fundamental sobre el que opera el Estado de Derecho. El Código de Ética Profesional del ejercicio de la abogacía en Panamá impone a los abogados el respeto y la defensa de dicho principio. Los jueces y magistrados también están obligados a la plena observancia del referido apotegma forense. La sociedad en general es recipiendaria de los efectos positivos o negativos que surjan como consecuencia de la vigencia o ineficacia del respeto a las leyes de la República.
La Escuela del Derecho Natural, sea en su concepción inmanentista, biológica, teológica, racional, etc., no ha podido todavía derrumbar el reino de gracia del Derecho Positivo. Tan es así que en España el más ferviente defensor del iusnaturalismo, Javier Hervada, profesor que es de la Universidad de Pamplona, ha terminado siendo consecuente -especie de confesión de mea culpa- con la norma jurídica legislada, diciendo que ésta no hace otra cosa que desarrollar las normas propias del Derecho Natural.
Habla en ese sentido de la positivación de los derechos naturales. Pero, pese al impresionante argumento del precitado autor, una cosa es cierta: Sigue reinando el Derecho Positivo del cual nos valemos jueces, abogado litigantes, magistrados, fiscales, etc. y por ello se pasea, haciendo estación, en las sentencias de los tribunales y de las más encumbradas y altas cortes de las naciones. No hay sentencia ni resolución judicial que valga o que para algo sirva si no lleva literalmente expresada la norma de derecho que le sirve de fundamento para negar o reconocer la pretensión jurídica deducida en un juicio, cualesquiera sea su naturaleza.
Las sentencias o los fallos sin fundamento jurídico positivo, es decir, el que reposa en las leyes y códigos de la República, no dejan de ser meros discursos, simples alegaciones, discurrir analítico sin ninguna fuerza normativa. Por ello Kelsen, de modo atinado, señalaba que la sentencia no era otra cosa que la norma jurídica individualizada; es decir, la aplicación de la norma como hipótesis jurídica al caso concreto.
De tal manera que el Estado de Derecho no puede funcionar sin el pleno respeto al principio del imperio de la legalidad. Si el Estado y las autoridades del Estado empiezan por soliviantar la norma jurídica vigente y eficaz, y tras los cuestionarios que siempre nacen al fragor de casos sonados o connotados, y si los jueces y los magistrados empiezan a cuestionar la validez de la norma para optar por consideraciones de tipo iusnaturalista, entonces sucumbe el imperio de la Ley y el Estado de Derecho se convierte en un organismo de perversión que estará al servicio de las pasiones y no de las razones jurídicas. El Estado, simple y sencillamente, deja de ser, de existir y corremos el riesgo de caer en el anarquismo que no reconoce ni autoridad ni leyes. Este sería el Estado bastardo, por cuanto reniega de su propia matriz: el derecho que lo alimenta y lo justifica. Por eso que sin jurisdicción no hay Estado. La jurisdicción es un elemento consustancial a la noción de soberanía.
Todo lo anterior habrá de servir como corolario ético jurídico en lo que guarda relación con algunos casos y situaciones que han mantenido a la opinión pública entretenida, entre tanto el hambre y el desempleo siguen haciendo de las suyas con nuestras gentes.
Los "Filisteos de la democracia", expresión acuñada por mi hermano Ramiro Guerra, también siguen haciendo de la suya, pues encaramándose en una supuesta hermenéutica legal, de la cual desconocen sus más elementales reglas y principios, quieren hacer ciencia docta jurídica -iuris docta scientia- sin ser ellos mismos capaces de conjeturar siquiera el pensamiento jurídico contemporáneo y a partir de allí hacer docencia sencilla y sincera, transparente y correcta con nuestro pueblo. Estos son verdaderos escribas y fariseos de la democracia. Entienden en sus mentes cortas que las cosas buenas del Estado de Derecho y de la Democracia deben de servir tan sólo para unos cuantos o pocos. Son cortos de perspectivas jurídicas y olvidan que el Estado de Derecho parte del principio, junto con el imperio de la legalidad, de que "todos somos iguales ante la Ley" y por ello merecemos igual trato. Ellos, por el contrario, dicen que las bondades de la ley no deben funcionar para todos sino para unos cuantos. Con semejante pensamiento destruyen la racionalidad y la logicidad del Estado de Derecho. ¡Pobres ignorantes! Mi hermano Ramiro los defiende diciendo que sí saben lo que hacen, sólo que hablan a través de sus egoístas intereses o pretensiones personales.
Yo prefiero pensar que la ignorancia los ha victimizado. Por último, de rigor jurídico es observar que el Derecho Positivo sólo puede ser superado tras su rancio ontologismo, por jueces y magistrados que profesen la verticalidad de la justicia y de la equidad reconocida en el sistema de libertades y garantías constitucionales y demás pactos y convenios internacionales sobre derechos humanos.