Estados Unidos y la venta de "sus" propiedades
Recientes noticias han aparecido en Panamá sobre el interés del Gobierno de Estados Unidos (EE.UU.) de vender 29 de "sus" propiedades en el exterior, incluyéndose el edificio de la sede de su embajada en Panamá, localizada en la Avenida Balboa, ante su inminente traslado al área de Clayton. Esa "venta", simplemente, no se puede dar porque tal terreno no puede ser vendido.
Desde 1938, dichos terrenos fueron dados al mencionado gobierno en arrendamiento por la República de Panamá. Su propiedad nunca fue cedida, aunque la página web de la Embajada de EE.UU. en Panamá diga que "el terreno fue originalmente comprado por el gobierno de Estados Unidos luego rentado al gobierno de Panamá por un período de 999 años", siendo su costo "terreno y de la construcción de US$ 366.719.00".
Revisando la historia de la ese terreno en el Registro Público nos percatamos de que dicho inmueble sigue siendo propiedad de la República de Panamá, al haber sido dado en arrendamiento el 22 de noviembre de 1938 al gobierno estadounidense por espacio de 999 años y por un canon de arrendamiento de B/. 25.000.00 por ese tiempo; o sea B/. 25.02 por año. El total del terreno es de 4.851.14 metros cuadrados, es decir, la suma pagada anualmente por metro cuadrado en ese extensísimo período fue de B/. 0.005 por metro cuadrado, menos de un centavo de dólar por metro cuadrado.
El convenio internacional fue suscrito por el Dr. Narciso Garay como Secretario de Relaciones Exteriores y Comunicaciones del Gobierno de Panamá, hoy equivalente a Ministro de Relaciones Exteriores, en representación de nuestro país, y aprobado como Ley de la República por el Diputado Manuel Everardo Duque como Presidente de la Honorable Asamblea Nacional. Fue firmado por el señor Frank P. Corrigan, en representación del Gobierno de los Estados Unidos. La nueva sede fue ocupada desde el 2 de abril de 1942.
El Gobierno de Panamá, además de obligarse a dar en arrendamiento por ese extenso periodo de tiempo el valioso terreno, se obligó, de acuerdo a la Cláusula V del Contrato de Arrendamiento a realizar a su costo las siguientes mejoras públicas:
a) Extender la Avenida Balboa desde Calle 37 hasta la Calle 38 y atravesándola; b) Extender de la Calle 38 desde la Avenida Balboa, como queda extendida, hasta la Avenida Chile. c) Pavimentar de la Avenida Chile desde la Avenida Chile hasta la Avenida México, y d). Pavimentar de la Avenida Chile desde la Calle 37 hasta la Calle 38 y atravesándola.
En el contrato de arrendamiento también se estableció que "el ancho las extensiones mencionadas de la Avenida Balboa y de la Calle 38 no será menor que el ancho de las porciones de dicha avenida y dicha calle, respectivamente, existentes ahora, y el tipo de la construcción y pavimentación de dichas extensiones no será inferior al que ya se empleó en dicha construcción y pavimentación ya existentes". Adicionalmente, se estableció en dicho contrato de alquiler que "el Gobierno de Panamá conviene en prohibir la erección de líneas eléctricas de transmisión o de comunicación al descubierto o estructuras pertenecientes a tales líneas en la Avenida Balboa entre Calle 37 y Calle 38 o en Calle 38 entre la Avenida Chile".
Es evidente pues, que los B/. 25.000.00 recibidos en concepto de arrendamiento por Panamá, nuestro país los tuvo que pagar en exceso por todos los gastos que tuvo que asumir y que, durante el transcurso de tantos años, para ser precisos 69 años, más todas las otras limitaciones que con el tiempo se fueron agregando a dichas instalaciones a solicitud del gobierno norteamericano, como por ejemplo, el impedir se transitase en las calles aledañas a dicha embajada.
Lo anterior prueba que tales terrenos no pueden ser vendidos por el gobierno de EE.UU., porque no le pertenecen. Como panameño opino que, por el uso tan prologando que la embajada de ese país ha usado ese lugar, por el insignificante canon de arrendamiento que pagó, los mismos, como un gesto de solidaridad a una Nación que como Panamá tanto le ha servido, deben ser devueltos sin costo alguno a nuestro país. Creo que se le haría justicia.
gcochez@cableonda.net
Doris Ríos: "Es bueno que hagan el puente, porque nosotros los que utilizamos a diario la policlínica nos veremos beneficiados".
Desde 1938, dichos terrenos fueron dados al mencionado gobierno en arrendamiento por la República de Panamá. Su propiedad nunca fue cedida, aunque la página web de la Embajada de EE.UU. en Panamá diga que "el terreno fue originalmente comprado por el gobierno de Estados Unidos luego rentado al gobierno de Panamá por un período de 999 años", siendo su costo "terreno y de la construcción de US$ 366.719.00".
Revisando la historia de la ese terreno en el Registro Público nos percatamos de que dicho inmueble sigue siendo propiedad de la República de Panamá, al haber sido dado en arrendamiento el 22 de noviembre de 1938 al gobierno estadounidense por espacio de 999 años y por un canon de arrendamiento de B/. 25.000.00 por ese tiempo; o sea B/. 25.02 por año. El total del terreno es de 4.851.14 metros cuadrados, es decir, la suma pagada anualmente por metro cuadrado en ese extensísimo período fue de B/. 0.005 por metro cuadrado, menos de un centavo de dólar por metro cuadrado.
El convenio internacional fue suscrito por el Dr. Narciso Garay como Secretario de Relaciones Exteriores y Comunicaciones del Gobierno de Panamá, hoy equivalente a Ministro de Relaciones Exteriores, en representación de nuestro país, y aprobado como Ley de la República por el Diputado Manuel Everardo Duque como Presidente de la Honorable Asamblea Nacional. Fue firmado por el señor Frank P. Corrigan, en representación del Gobierno de los Estados Unidos. La nueva sede fue ocupada desde el 2 de abril de 1942.
El Gobierno de Panamá, además de obligarse a dar en arrendamiento por ese extenso periodo de tiempo el valioso terreno, se obligó, de acuerdo a la Cláusula V del Contrato de Arrendamiento a realizar a su costo las siguientes mejoras públicas:
a) Extender la Avenida Balboa desde Calle 37 hasta la Calle 38 y atravesándola; b) Extender de la Calle 38 desde la Avenida Balboa, como queda extendida, hasta la Avenida Chile. c) Pavimentar de la Avenida Chile desde la Avenida Chile hasta la Avenida México, y d). Pavimentar de la Avenida Chile desde la Calle 37 hasta la Calle 38 y atravesándola.
En el contrato de arrendamiento también se estableció que "el ancho las extensiones mencionadas de la Avenida Balboa y de la Calle 38 no será menor que el ancho de las porciones de dicha avenida y dicha calle, respectivamente, existentes ahora, y el tipo de la construcción y pavimentación de dichas extensiones no será inferior al que ya se empleó en dicha construcción y pavimentación ya existentes". Adicionalmente, se estableció en dicho contrato de alquiler que "el Gobierno de Panamá conviene en prohibir la erección de líneas eléctricas de transmisión o de comunicación al descubierto o estructuras pertenecientes a tales líneas en la Avenida Balboa entre Calle 37 y Calle 38 o en Calle 38 entre la Avenida Chile".
Es evidente pues, que los B/. 25.000.00 recibidos en concepto de arrendamiento por Panamá, nuestro país los tuvo que pagar en exceso por todos los gastos que tuvo que asumir y que, durante el transcurso de tantos años, para ser precisos 69 años, más todas las otras limitaciones que con el tiempo se fueron agregando a dichas instalaciones a solicitud del gobierno norteamericano, como por ejemplo, el impedir se transitase en las calles aledañas a dicha embajada.
Lo anterior prueba que tales terrenos no pueden ser vendidos por el gobierno de EE.UU., porque no le pertenecen. Como panameño opino que, por el uso tan prologando que la embajada de ese país ha usado ese lugar, por el insignificante canon de arrendamiento que pagó, los mismos, como un gesto de solidaridad a una Nación que como Panamá tanto le ha servido, deben ser devueltos sin costo alguno a nuestro país. Creo que se le haría justicia.
gcochez@cableonda.net
Doris Ríos: "Es bueno que hagan el puente, porque nosotros los que utilizamos a diario la policlínica nos veremos beneficiados".