Exoneración de la educación particular
El sólo hecho de que las escuelas públicas se preparan para recibir diez mil estudiantes que migrarán hacia sus hacinadas aulas desde los centros educativos particulares, a más de que es una pesadilla para las autoridades del ministerio del ramo, destaca la importancia en términos de subsidio, que asumen los padres que, teniendo derecho de acudir a la educación gratuita, opta por el sacrificio de la educación particular pagada.
Las mensualidades y derechos de ingreso no son baratos para nuestro medio. Los padres y acudientes suelen pagar por lo general entre B/.1,500 y B/.3,000 anuales por estudiante primario y hasta 50% más por los secundarios. Ni hablar de las universidades privadas que conllevan costos muy superiores, aunque módicos, si se les compara con otros países.
El argumento a favor de la deducibilidad es sencillo e irrebatible. Si la Constitución de la República da derecho a todo niño panameño a una educación gratuita y si éste, o mejor dicho sus padres, optan por pagarla a un centro privado, dejando un cupo libre para otro que pueda usarlo con el consiguiente ahorro para el Estado, lo menos que puede esperarse es que el gobierno devuelva al menos parte de lo así invertido por el primero, permitiéndole deducir los gastos de matrícula y las mensualidades.
En Estados Unidos se va incluso más lejos. Allá el gobierno, consciente de su ineficiencia, suele pagar a escuelas particulares para que atienda una cierta cuota de estudiantes que no caben en escuelas públicas, ahorrándose dinero en el proceso puesto que el costo por estudiante le sale más barato que si el propio gobierno se ocupa de proveer y mantener aulas, laboratorios, materiales, maestros y personal de apoyo.
Nos parece una excelente idea que debe echarse adelante en forma de una ley que deberá ser propuesta por un legislador o el propio ministerio del ramo. De ese modo, contribuiría a desahogar sus aulas y ahorrar costos que bien puede reinvertir en áreas más pobres de difícil acceso y en mejora de la calidad de la enseñanza.
Las mensualidades y derechos de ingreso no son baratos para nuestro medio. Los padres y acudientes suelen pagar por lo general entre B/.1,500 y B/.3,000 anuales por estudiante primario y hasta 50% más por los secundarios. Ni hablar de las universidades privadas que conllevan costos muy superiores, aunque módicos, si se les compara con otros países.
El argumento a favor de la deducibilidad es sencillo e irrebatible. Si la Constitución de la República da derecho a todo niño panameño a una educación gratuita y si éste, o mejor dicho sus padres, optan por pagarla a un centro privado, dejando un cupo libre para otro que pueda usarlo con el consiguiente ahorro para el Estado, lo menos que puede esperarse es que el gobierno devuelva al menos parte de lo así invertido por el primero, permitiéndole deducir los gastos de matrícula y las mensualidades.
En Estados Unidos se va incluso más lejos. Allá el gobierno, consciente de su ineficiencia, suele pagar a escuelas particulares para que atienda una cierta cuota de estudiantes que no caben en escuelas públicas, ahorrándose dinero en el proceso puesto que el costo por estudiante le sale más barato que si el propio gobierno se ocupa de proveer y mantener aulas, laboratorios, materiales, maestros y personal de apoyo.
Nos parece una excelente idea que debe echarse adelante en forma de una ley que deberá ser propuesta por un legislador o el propio ministerio del ramo. De ese modo, contribuiría a desahogar sus aulas y ahorrar costos que bien puede reinvertir en áreas más pobres de difícil acceso y en mejora de la calidad de la enseñanza.